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Decretos periodo 3-3/2015

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DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TRES
DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE

DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS
DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL QUINCE

DECRETO Nº 308 / 2015

DECRETO Nº 310 / 2015

VISTO:

VISTO:

Las Ordenanzas Nº 13/90 y Nº 07/97 sancionadas por el
Honorable Concejo Deliberante.

La Ordenanza Nº 01/2015 sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 12 de Marzo
del año Dos Mil Quince.-

Y CONSIDERANDO:
Que el Club Las Verbenas realiza anualmente el concurso de
Jardinería y se determina un premio al ganador de cada zona
designada a tal efecto, y la Municipalidad exime según
Ordenanza Municipal Nº 07/97 con el cien por ciento (100%)
de la tasa a la propiedad.

Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley
Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del
Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir
las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

POR ELLO y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE

DECRETA

DECRETA

Articulo: 1º

Articulo: 1º

EXIMASE al Sr. Héctor QUINTEROS del pago de la
contribución que incide sobre la Tasa a la propiedad, del
inmueble de Referencia Catastral C. 11, S.04, M. 044,
P.012, por ser merecedora al primer premio otorgado por el
club de Jardinería LAS VERBENAS.-

PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 01/2015 en todos y cada
uno de sus artículos por la cual se EXIME del Pago mínimo
de la Tasa de Agua Municipal a las siguientes Capillas: San
José, Fátima, Santa Cruz, San Roque y Parroquia Del
Carmen, debiendo abonar el excedente del medidor. Dichas
eximiciones corresponden para el Período 2015.-

Articulo: 2º
La presente eximición corresponde exclusivamente por el
término de un (1) año a partir del primero de Enero del año
Dos Mil Quince.
Articulo: 3º
COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia al centro de
cómputos, al Registro Municipal y ARCHÍVESE.
DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS TRES
DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
QUINCE

DECRETO Nº 309 / 2015
VISTO:
La r e nunc ia p r e se nta d a p o r e l Sr . M a r c e lo E r nesto
LAVORANO al cargo de Coordinador de la Secretaría de
Seguridad y Defensa Civil de La Cumbre.Y CONSIDERANDO:
Que el DEM, atendiendo a las razones expresadas, ha
decidido aceptar la misma; agradeciendo al Sr. Lavorano la
tarea desarrollada en dicho cargo.POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º
ACÉPTASE la renuncia presentada por el Sr. Marcelo
Ernesto LAVORANO al cargo de Coordinador de la
Secretaría de Seguridad y Defensa Civil de La Cumbre, a
partir del 16 de Marzo del año 2015.-.
Articulo: 2º
COMUNÍQUESE, publíquese, dese copia a la oficina de
contaduría al Registro Municipal y ARCHÍVESE.

Articulo: 2º
Comuníquese, P ublíquese, dese copia a las oficinas
correspondientes,al Registro Municipal y Archívese.DADO EN EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA
MUNICIPALIDAD DE LA CUMBRE, A LOS
DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL QUINCE

DECRETO Nº 311 / 2015
VISTO:
La Ordenanza Nº 02/2015 sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante de La Cumbre, con fecha 12 de Marzo
del año Dos Mil Quince.Y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al Art. 49, inc. 1º de la ley
Orgánica Municipal Nº 8.102, es atribución del
Departamento Ejecutivo promulgar, publicar y hacer cumplir
las ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.
POR ELLO y en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUMBRE
DECRETA
Articulo: 1º
PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 02/2015 en todos y cada
uno de sus artículos por la cual se EXIME a la Fundación
MANUEL MUJICA LAINEZ del pago que incide sobre la
Tasa Municipal del Servicio de Agua para el Período 2015,
lo correspondiente a la base y no al excedente de medidor, al
inmueble cuya denominación catastral es la Siguiente: Lote
B3 10-03-007-007 cuenta de agua Nº 22.Articulo: 2º
Comuníquese, Publíquese, desee copia a las oficinas
correspondientes al Registro Municipal y Archívese.-