20130521Acta aprobada Junta de Gobierno Local de 21 mayo 2013 .pdf
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Autor: PiGarrido
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ACTA NUMERO 21/13
SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO CELEBRADA EL DÍA VEINTIUNO DE MAYO DE DOS MIL TRECE
==============================
En la Sala de Comisiones, sita en la Casa Consistorial de esta Ciudad de Zamora, siendo
las diez horas y veinte minutos del día veintiuno de mayo de dos mil trece, bajo la Presidencia
del Primer Teniente de Alcalde, D. FELICIANO FERNÁNDEZ CUERDO, por ausencia de la
Ilma. Sra. Alcaldesa, y con asistencia de los señores siguientes:
TENIENTES DE ALCALDE: D. Francisco Javier González Hernández y D. Manuel
Roncero Garrote.
CONCEJALES: D. Pablo López Quevedo, D. Víctor López de la Parte, d. Jesús Alonso
Hernáez y D. Manuel Hernández Calvo.
Asistidos por el Interventor de este Ayuntamiento, D. Francisco Javier López Parada, y por
el Secretario de la Corporación, D. José María García Sánchez, se reunió la Junta de Gobierno
Local de este Excmo. Ayuntamiento para celebrar la sesión ordinaria correspondiente a este
día.
No asiste, habiendo justificado su ausencia, la Ilma. Sra. Alcaldesa.
PUNTO PRIMERO
APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR:
Declarada abierta la sesión por la Presidencia y conocido el borrador del acta de la
sesión anterior, correspondiente al día catorce de mayo de dos mil trece, la Junta de Gobierno
Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su
composición legal, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- Prestarle aprobación, y que se transcriba al Libro de Actas
correspondiente.
PUNTO SEGUNDO
CORRESPONDENCIA Y DISPOSICIONES OFICIALES:
La Junta de Gobierno Local queda enterada de las siguientes disposiciones oficiales:
-
-
Decreto 16/2013, de 9 de mayo, por el que se modifica el Decreto 82/2006,
de 16 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 16/2002, de
19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León, publicado en el Boletín
Oficial de Castilla y León nº 91, de 15 de mayo de 2013.
Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los
deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, publicada
en el Boletín Oficial del Estado nº 116, de 15 de mayo de 2013.
1
PUNTO TERCERO
LICENCIAS DE OBRA Y ACTIVIDADES URBANÍSTICAS:
a) Licencia de obra para Proyecto Reformado de vivienda unifamiliar en C/Conejo nº 2 c/v
Cuesta Pizarro, solicitada por D. José Luis Díez Pérez. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. JOSÉ LUIS DÍEZ PÉREZ, solicitando
concesión de licencia para Proyecto Reformado de vivienda unifamiliar en C/ Conejo nº 2 c/v
Cuesta Pizarro (Parcela Catastral 0682604), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de
los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal, y de
conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a D. JOSÉ LUIS DÍEZ
PÉREZ para Proyecto Reformado de vivienda unifamiliar en C/ Conejo nº 2 c/v Cuesta Pizarro
(Parcela Catastral 0682604), con estricta sujeción al Proyecto Reformado presentado, visado
por el Colegio Oficial de Arquitectos el 15 de octubre de 2012 y a la documentación anexa
presentada, visada el 16 de octubre y el 4 de diciembre de 2012, teniendo en cuenta lo
siguiente:
A
Las piezas decoradas y/o trabajadas de carácter histórico halladas durante el
proceso de derribo, que pudieran haber pertenecido a la Iglesia de San Simón,
serán integradas en la nueva edificación conforme la propuesta denominada 2B
en la documentación compulsada por el Servicio Territorial de Cultura de la Junta
de Castilla y León con fecha 6 de mayo de 2013, todo ello según el acuerdo de la
Comisión de Patrimonio de fecha 11 de abril de 2013, teniendo en cuenta que SE
COLOCARÁN A UNA ALTURA MÍNIMA DE 3,60 METROS DESDE LA RASANTE
según se determina en el artículo 39 de la Normativa del Plan General de Ordenación
Urbana aprobado definitivamente en julio de 2011
B
Así mismo, se tendrán en cuenta la recomendación impuesta por la Comisión Territorial
de Patrimonio Cultural en acuerdo de fecha 3 de febrero de 2011 sobre lo siguiente:
C
En relación con el tratamiento exterior del edificio se recuerda lo siguiente:
D
“Las chimeneas se rematarán al estilo tradicional, disminuyendo todo lo
posible el impacto visual.
Los aleros no sobrepasarán las dimensiones máximas establecidas en el
artículo 4.9 de las Ordenanzas del Plan Especial de Protección del
Conjunto Histórico.
Las chimeneas se rematarán con elementos que recuerden el “estilo
tradicional”.
Los laterales de la edificación que pudieran quedar vistos desde la vía pública
recibirán un tratamiento similar al de las fachadas exteriores.
La antena se situará en la zona de la cubierta menos visible desde la vía
pública.
Se prohibe la colocación en fachadas a vía pública de todo tipo de cableado,
contadores, cajas de protección y cualquier clase de mecanismo relativo a
instalaciones eléctrica, telefónica, de gas, etc...,.
Se tendrá en cuenta el cumplimiento de las alturas libres mínimas de las dependencias
establecidas en el artículo 71 de las Normas Urbanísticas Transitorias, recordando
2
especialmente que las cocinas garantizarán la altura libre de 2,50 metros.
E
Se recuerda que no se podré eliminar la dependencia prevista para el tendido de ropa.
F
En relación con las ventanas proyectadas en los baños y cocina que dan directamente
a una parcela colindante se recuerda que éstas no podrán ser tenidas en cuenta a los
efectos del cumplimiento de las condiciones mínimas de ventilación exigibles por la
normativa urbanística de aplicación.
G
En cuanto a las ventilaciones se estará a lo dispuesto en el DB HS 3,”Calidad del aire
interior”, recordándose expresamente lo siguiente:
La cocina deberá disponer de un sistema específico de ventilación con extracción
mecánica para los vapores y contaminantes de la cocción. Para ello debe
disponerse un extractor conectado de un conducto de extracción independiente de
los de la ventilación general de la vivienda que no puede utilizarse para la
extracción de aire de locales de otro uso (apartado 3.1.1.).
Todos los aseos y cuartos de baño deben disponen de aberturas de extracción
conectadas a conductos de extracción (apartado 3.1.1).
Las ventanas y puertas exteriores de las dependencias vivideras garantizarán una
superficie mínima practicable de 1/20 de la superficie útil de la dependencia
(apartado 4.4).
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
b) Licencia de obra para adecuación de local sin uso en C/Riego nº 36, solicitada por D.
Plácido Rodríguez Falcón. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. Plácido Rodríguez Falcón,
solicitando concesión de licencia de obra para adecuación de local sin uso en C/ Riego nº 36
(Parcela Catastral 08877 10) (EXPEDIENTE OM/86/2012), la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal,
y de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a D. PLÁCIDO
RODRÍGUEZ FALCÓN para adecuación de local sin uso en C/Riego nº 36 (Parcela Catastral
08877 10), con estricta sujeción al Proyecto BASICO y DE EJECUCIÓN presentado, visado por
el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales el 15 de junio de 2012 y a la
documentación complementaria visada el 9 de abril de 2013, bajo la dirección facultativa del
Ingeniero Técnico Industrial D. Rubén Rodríguez Rodrigo, debiendo tener en cuenta lo
siguiente:
A
El edificio se encuentra en el ámbito de aplicación del Plan Especial de Protección del
Conjunto Histórico y esté incluido en el Catálogo con un Nivel de Protección 3, por lo que
deben tenerse en cuenta tanto las condiciones de la ficha del Catálogo como las
establecidas en las Ordenanzas:
a
Deberá colocarse la carpintería en todos los huecos predefinidos y en el plano en el
que está colocada la carpintería del portal. No podrá utilizarse el gris grafito para la
carpintería exterior por ser este un color expresamente prohibido en el art. 4.12. Toda
la carpintería exterior, incluso la persiana de seguridad, debe ser de color
marrón igual a la carpintería del resto del edificio.
b
El hueco de acceso deberá cerrarse con carpintería en toda su altura, no pudiendo
colocar un zócalo ciego en las zonas laterales.
3
B
C
D
Se recuerda que en el momento de destinar el local a un uso concreto deberán solicitarse
las licencias correspondientes para el ejercicio de la actividad y para la realización de las
obras necesarias para la adecuación del local, y deberá justificarse:
a
La dotación mínima de servicios sanitarios, con su vestíbulo previo, conforme a la
ordenanza del Plan General vigente en su momento.
b
El cumplimiento de los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación DB
SI, seguridad en caso de incendio, DB SUA, seguridad de utilización y accesibilidad, y
cualquier otro que resulte de aplicación, con independencia de las justificaciones que
se aporten ahora.
c
El cumplimiento de cualquier otra normativa que resultase de aplicación en virtud del
uso del local.
Los plazos máximos de ejecución de las obras serán los siguientes: seis meses para el
inicio, seis meses de interrupción y DIECIOCHO meses para la finalización, contados
desde el día siguiente al de la notificación de la concesión de la Licencia Municipal de
Obras.
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000, tiene la
obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los efectos
del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada de la
licencia urbanística.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
c) Licencia de obra para reforma y ampliación de local sin uso en C/Sol nº 34, solicitada
por D. Juan José Pérez Lorenzo. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. JUAN JOSÉ PÉREZ
LORENZO, solicitando concesión de licencia para reforma y ampliación de local sin uso en C/
Sol nº 34 (Parcela Catastral 04890 39), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los
miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a D. JUAN JOSÉ
PÉREZ LORENZO para reforma y ampliación de local sin uso en C/ Sol nº 34 (Parcela
Catastral 04890 39), con estricta sujeción al Proyecto BASICO y DE EJECUCIÓN presentado,
visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el 11 de junio de 2010, bajo la dirección facultativa
de los arquitectos Dª. María José Duque Martín y D. Eduardo Aguirre Gutiérrez, debiendo tener
en cuenta lo siguiente:
A
B
C
La normativa urbanística que debe cumplirse, y con ella se ha revisado el proyecto, es la
Revisión del Plan General de Ordenación Urbana aprobada definitivamente en julio de
2011, y no las Normas Urbanísticas Transitorias.
En relación con el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DB SI,
seguridad en caso de incendio:
a
Para evitar el riesgo de propagación horizontal de incendio, los puntos de las
fachadas que no sean al menos EI 60, deben estar separados 50 cm en proyección
horizontal según se indica en el apartado 1 de la sección SI 2.
Se recuerda que en el momento de destinar el local a un uso concreto deberán solicitarse
las licencias correspondientes para el ejercicio de la actividad y para la realización de las
obras necesarias para la adecuación del local, y deberá justificarse:
a
El cumplimiento de las condiciones del uso de la Normativa del Plan General vigente
en su momento.
b
El cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad.
c
El cumplimiento de los Documentos Básicos del Código Técnico de la Edificación DB
4
D
E
F
SI, seguridad en caso de incendio, DB SUA, seguridad de utilización y accesibilidad, y
cualquier otro que resulte de aplicación, con independencia de las justificaciones que
se aporten ahora.
d
El cumplimiento de cualquier otra normativa que resultase de aplicación en virtud del
uso del local.
Para realizar la zanja y la acometida a la red de saneamiento municipal, deberá solicitarse
previamente la licencia de obra correspondiente.
Los plazos máximos de ejecución de las obras serán los siguientes: seis meses para el
inicio, seis meses de interrupción y DIECIOCHO meses para la finalización, contados
desde el día siguiente al de la notificación de la concesión de la Licencia Municipal de
Obras.
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000, tiene la
obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los efectos
del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada de la
licencia urbanística.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
d) Licencia de obra para Proyecto Reformado de vivienda unifamiliar y garaje en
C/Quebrada nº 6 y 8 y C/Rinconada, solicitada por Dª Mercedes Carretero Fernández.
ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de Dª. MERCEDES CARRETERO
FERNÁNDEZ, solicitando concesión de licencia para Proyecto Reformado de vivienda
unifamiliar y garaje en C/ Quebrada nº 6 y 8 y C/ Rinconada (Parcelas Catastrales 0491410 y
0491409) (EXPEDIENTE OM/35/2013), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los
miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad
con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- DENEGAR la Licencia Municipal de Obra para Proyecto
Reformado de vivienda unifamiliar y garaje en C/ Quebrada nº 6 y 8 y C/ Rinconada (Parcelas
Catastrales 0491410 y 0491409) solicitada por Dª. MERCEDES CARRETERO FERNÁNDEZ,
contenida en el Proyecto Reformado de vivienda y garaje visado por el Colegio Oficial de
Arquitectos el día 14 de marzo de 2013, porque con dicha obra se supera la edificabilidad que
el planeamiento asigna a la parcela y se sobrepasa la altura máxima establecida por el
planeamiento para la parcela en la Calle Rinconada, de conformidad con las siguientes
consideraciones técnicas:
Las modificaciones propuestas en el proyecto Reformado presentado repiten una
primera propuesta para la construcción del edificio que estaba contenida en el Proyecto
BÁSICO y de EJECUCIÓN de Vivienda y garaje visado por el Colegio Oficial de
Arquitectos el 17 de septiembre de 2012 (Expediente OM/137/2012) consistente en la
construcción de un volumen edificado cerrado en la denominada Planta Terraza que
según la Memoria del Proyecto presentado:
“Esta (la cubierta) pasa de ser plana a cubrirse en parte con la solución
constructiva de tabiquillos palomeros, siendo una zona no habitable” .
Esta solución no es admisible porque:
A.La cubrición de la terraza tal y como se describe en la documentación gráfica
presentada debe considerarse como superficie construida a tenor del Artículo 23 de la
Normativa de la Revisión del P.G.O.U que dice:
5
“Se entiende por superficie construida la del suelo de la edificación por planta,
delimitada por el perímetro exterior incluidos todas las escaleras y elementos
comunes. ..... Se excluye la superficie se suelo en la que la altura libre sea inferior a
1,50 metros.”
y debe considerarse una superficie computable pues no se encuentra en ninguna de las
excepciones establecidas en el Artículo 24 de la Normativa de la Revisión del P.G.O.U
(tiene en todos sus puntos una altura libre superior a 1,50 m).
Y puesto que la forma en que se propone cubrir la terraza debe considerarse una
superficie construida y computable (cualquiera que sea su uso), el edificio de Vivienda
Unifamiliar y garaje propuesto en el proyecto Reformado supera la edificabilidad que el
planeamiento asigna a la parcela.
B.La cubrición de la terraza tal y como se describe en la documentación gráfica
presentada sobrepasa la altura máxima establecida por el planeamiento para la calle
Rinconada medida con los criterios que establece el artículo 28.2.c de la Normativa de la
Revisión del P.G.O.U. al invadir el volumen cerrado propuesto la zona delimitada por la
bisectriz del ángulo que forman la prolongación de las alineaciones exteriores y la
alineación oficial de la parcela en la calle Rinconada.
Por lo que se concluye que la forma en que se propone cubrir la terraza sobrepasa la
altura máxima establecida por le planeamiento para esta parcela en el frente de la
calle Rinconada.
e) Rectificación de error material existente en el acuerdo adoptado por la Junta de
Gobierno Local celebrada el día 28 de febrero de 2012 en relación con la licencia de
obra para legalización y rehabilitación de cubierta de edificio sito en C/Herreros nº 13,
solicitada por D. Isaías Morán Cristóbal. ACUERDOS PROCEDENTES.Habiéndose detectado un error material en el acuerdo adoptado por la Junta de
Gobierno Local celebrada el día 28 de febrero de 2012, por el que se concedió Licencia de
obra para legalización y terminación de rehabilitación de cubierta de edificio sito en C/ Herreros
nº 13
solicitada
por
D.
ISAIAS
MORÁN
CRISTÓBAL
(Parcela
Catastral
0983080TL7908S0003JR), la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros
presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal, de conformidad con los
informes obrantes en el expediente, y con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992
de 26 de noviembre, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- RECTIFICAR de oficio el error material existente en el acuerdo
adoptado por la Junta de Gobierno Local celebrada el día 28 de febrero de 2012 en relación
con la licencia de obra para legalización de rehabilitación de cubierta de edificio sito en C/
Herreros nº 13 solicitada por D. ISAIAS MORÁN CRISTÓBAL, de acuerdo al informe técnico
emitido por el Sr. Arquitecto Técnico Municipal de fecha 14 de mayo de 2013 que rectifica su
informe anterior de fecha 27 de diciembre de 2011, que, en consecuencia, pasa a quedar
como sigue:
“1º.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra para legalización de las obras ejecutadas
y terminación de las obras pendientes de concluir de rehabilitación de cubierta de edificio sito
en C/ Herreros nº 13 (Parcela Catastral 0983080TL7908S0003JR) solicitada por D. ISAIAS
MORÁN CRISTÓBAL, con estricta sujeción al Proyecto presentado, visado por el Colegio
Oficial de Arquitectos el 27 de mayo de 2010 y a la documentación complementaria visada el
11 de abril y el 24 de octubre de 2011, bajo la dirección facultativa de los Arquitectos Dª. Greta
6
María Crespo Fernández y D. José Félix Baruque Agúndez, debiendo tener en cuenta lo
siguiente:
A
Las condiciones técnicas para concluir la obra son la estricta sujeción a la licencia de
obra y a la normativa de aplicación.
B
El plazo máximo para la realización de las obras será de 24 meses desde el día
siguiente al de notificación de la concesión de la licencia municipal de obras solicitada y
que no se podrá interrumpir por plazo superior a 6 meses.
C
Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de noviembre de 2000, tiene
la obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los
efectos del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia
autorizada de la licencia urbanística.
D
Se mantendrán el resto de las prescripciones contenidas en el acuerdo adoptado por la
Junta de Gobierno Local celebrada el día 28 de febrero de 2012.
2º.- Dar traslado de la resolución al Sr. Inspector Jefe de la Policía Municipal, para su
conocimiento y efectos oportunos, significándole que dicho acuerdo supone el levantamiento
de la Orden de Paralización acordada mediante Decreto de Alcaldía de fecha 17 de noviembre
de 2009.
PUNTO CUARTO
APROBACIÓN DE LAS BASES PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A
CLUBES DEPORTIVOS DE ZAMORA 2013. ACUERDOS PROCEDENTES:
Conocido el expediente seguido para la aprobación de las bases para la convocatoria
de subvenciones a Clubes Deportivos de Zamora 2013, la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal,
de conformidad con la propuesta formulada por el Sr. Concejal Delegado de Deportes, y con
los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar el Gasto por importe de 70.000 Euros para Subvenciones a
Clubes Opción 1ª con cargo a la aplicación presupuestaria 34001-48958 y de 35.000 Euros
para subvenciones a Clubes Opción 2ª con cargo a la aplicación presupuestaria 34001 48959.
SEGUNDO.- Aprobar la Convocatoria de Concurso Público en régimen de concurrencia
competitiva para la concesión de Subvenciones, reguladas por la Ordenanza General de
Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Zamora (BOP 9 de mayo de 2005), a:
-
Clubes Deportivos de Zamora para la realización de Actividades Deportivas durante el año
2013.
PUNTO QUINTO
PROPUESTA DE AMORTIZACIÓN TOTAL DE LA OPERACIÓN DE PRÉSTAMO
PERTECIENTE AL SEGUNDO TRAMO DEL PLAN DE PROVEEDORES SUSCRITA CON EL
BANCO CEISS EL 31 DE JULIO DE 2012. ACUERDOS PROCEDENTES:
Conoce la Junta de Gobierno Local la propuesta formulada por el Sr. Concejal
Delegado de Economía y Hacienda de fecha 17 de mayo de 2013, que literalmente transcrita
dice como sigue:
7
“En concordancia de lo dispuesto en el artículo 27 del Real Decreto Ley 4/2013 y el
informe de Intervención de 7 de febrero de 2013, se debe proceder a la amortización anticipada
de 1.827.533,98 euros, correspondientes a obligaciones pendientes de pago abonadas en el
marco del Real Decreto Ley 4/2012, y que contaban con financiación afectada. En este sentido,
se aprobó el Expediente de Incorporación de Remanentes de Créditos nº 45/2013.
Mediante Decreto de 8 de mayo de 2013 se aprobó una transferencia positiva a la
aplicación presupuestaria 01101 – 91102 “Amortización préstamo Plan de Proveedores” por
importe de 99.485,36 euros con objeto de completar la amortización total de la Operación de
Préstamo perteneciente al 2º tramo del Plan de Proveedores suscrita con el Banco CEISS el 31
de julio de 2012.
Por tanto, con objeto de proceder a la amortización total de la operación descrita, se
propone la autorización, disposición y reconocimiento de la obligación a favor de Banco CEISS
de la cantidad de 1.927.019,34 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 01101 – 91102.”
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste
mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- Aprobar en su integridad la propuesta anteriormente transcrita, y
que se siga la tramitación legal y reglamentaria establecida al efecto.
Con lo cual, no habiendo más asuntos de que tratar, ni teniendo nada que exponer los
Sres. Concejales, siendo las diez horas y treinta y cinco minutos, la Presidencia da por
terminada la sesión, extendiéndose la presente acta, de lo que yo, el Secretario, certifico, con
el visto bueno de la Ilma. Sra. Alcaldesa.
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