Reglamento CBTis 211 2013 .pdf
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Secretaría de Educación Pública
Subsecretaría de Educación Media Superior
Dirección General de Educación Tecnolígica Industrial
Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios No. 211
“José Miguel Guridi y Alcocer”
San Jorge Tezoquipan, Tlaxcala
Reglamento General de Alumnos
Versión 2013
DOMICILIO:
Av. Tlahuicole No. 6
San Jorge Tezoquipan, Mpio. Panotla, Edo. Tlaxcala
Teléfonos: (246) 467-21-20
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Contenido
Página
Generalidades.....................................................................................................................................................3
Título I. Los Derechos y Obligaciones.................................................................................................................4
Capítulo I.- Los Derechos ..................................................................................................................................4
Capítulo II.- Las Obligaciones ............................................................................................................................5
Título II. Las Normas Control Escolar .................................................................................................................6
Capítulo I.- Control Escolar ................................................................................................................................6
Capítulo II.- La Evaluación .................................................................................................................................7
Capítulo III.-La Reinscripción .............................................................................................................................8
Capítulo IV Servicio Social y Prácticas Profesionales.........................................................................................9
Título III. La Disciplina Escolar y Sanciones. ....................................................................................................10
Título IV. Artículos Transitorios .........................................................................................................................15
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Generalidades
Artículo 1. Es responsabilidad de toda institución educativa contribuir a la formación integral de
los alumnos. Bajo este sentido, el presente reglamento general de alumnos tiene como objetivo
fundamental mantener la convivencia de la comunidad estudiantil en un ambiente de fraternidad y
armonía, situación propicia para lograr una formación técnica profesional basada en disciplina y
responsabilidad de los requerimientos que demanda la sociedad para alcanzar estándares de
calidad.
La responsabilidad del cumplimiento del presente reglamento, está a cargo del personal directivo,
administrativo, docente, técnico, de apoyo e intendencia adscrito al Centro de Bachillerato
Tecnológico industrial y de servicios N° 211 “San Jorge Tezoquipan, Tlax.”; así mismo, del
personal de vigilancia de los accesos del plantel.
Artículo 2. Este reglamento es de observancia obligatoria para todos los alumnos del Centro de
Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios N° 211 “San Jorge Tezoquipan, Tlax.”, así como
para toda persona que se encuentre dentro del plantel.
Artículo 3. Toda violación a las disposiciones de este reglamento será motivo de una sanción
establecido en los artículos correspondientes al Título III. La Disciplina Escolar y Sanciones.
Artículo 4. Este reglamento se ejercerá por el Consejo Técnico Consultivo.
Artículo 5. Para los efectos del presente reglamento se entiende por D.G.E.T.I. a la Dirección
General de Educación Tecnológica Industrial.
Artículo 6. Para los efectos del presente reglamento se denomina Institución para referirnos al
Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios N° 211 “San Jorge Tezoquipan, Tlax.”
(C.B.T.i.s. No. 211).
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Titulo I. Los Derechos y Obligaciones
Capítulo I.- Los Derechos. Son derechos de los alumnos los siguientes:
Artículo 7. Tener igualdad de oportunidades para realizar su educación dentro de los lineamientos
de este reglamento y de acuerdo con los planes de estudio, programas y disposiciones que dicta la
Secretaria de Educación Pública.
Artículo 8. Recibir de la Institución la formación académica correspondiente a cada programa.
Artículo 9. Ser informados por sus profesores de los objetivos de sus materias, de los contenidos
que las conforman, los criterios de evaluación y calificaciones.
Artículo 10. Ser informados sobre las actividades académicas complementarias de conformidad
con el plan que cursen.
Artículo 11. Ser reconocidos por su desempeño académico, deportivo y/o cultural mediante el
otorgamiento de diplomas o reconocimientos.
Artículo 12. Hacer uso de manera respetuosa del derecho de petición ante los profesores y/o
autoridades del plantel, ya sea de forma oral o escrita.
Artículo 13. Ser respetado en su integridad física y moral por todos los miembros de la
comunidad escolar, así como recibir trato amable, digno y respetuoso del personal adscrito a la
Institución.
Artículo 14. Igualdad de oportunidades para el desarrollo integral de su formación como alumno
de esta Institución.
Artículo 15. Expresar libre y respetuosamente sus ideas y opiniones que contribuyan al buen
funcionamiento de la comunidad escolar.
Artículo 16. Recibir su credencial que lo acredite como alumno de la institución de acuerdo a los
requerimientos establecidos.
Artículo 17. Recibir asesoría del personal docente en aspectos académicos.
Artículo 18. Recibir orientación de personal administrativo en los trámites correspondientes.
Artículo 19. Recibir tutoría por el personal que le sea asignado por la Dirección de la Institución,
para tratar aspectos fundamentales que ameriten conforme a los programas exprofesos que
organice la Institución.
Artículo 20. Utilizar los servicios, instalaciones y equipamiento escolar de conformidad a las
normas que determinen las autoridades y de acuerdo a la demanda del servicio.
Artículo 21.
Institución.
Presentar de manera respetuosa queja o sugerencia a través del buzón de la
Artículo 22. Los demás que establecen la normatividad de la D.G.E.T.I.
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Capitulo II.- Las Obligaciones. Son obligaciones de los alumnos las siguientes:
Artículo 23.Cumplir con las disposiciones de la normatividad de la D.G.E.T.I. así como del
presente reglamento, comprometiéndose a su cabal observancia sin excepción, mediante su
aceptación al inscribirse.
Artículo 24. Comprometerse en el cumplimiento de las actividades establecidas en el calendario
escolar correspondiente.
Artículo 25. Asistir puntualmente y colaborar en todos los eventos que organice la Institución.
Artículo 26. Asistir de forma puntual a las clases en los horarios establecidos. Además deberá
asistir al 80% mínimo de hora-clase por cada periodo parcial para tener derecho a ser evaluado.
Artículo 27. Conducirse con respeto, decoro y justicia con las autoridades, personal docente,
administrativo, de apoyo y sus compañeros.
Artículo 28. Cubrir los requerimientos financieros y administrativos en forma puntual.
Artículo 29. Informar de los cambios de domicilio, correo electrónico y/o teléfono que realice.
Artículo 30. Portar su credencial de estudiante durante su estancia en la Institución y
mostrarla cuando le sea requerida por las autoridades, así como solicitar el refrendo
correspondiente.
Artículo 31. Participar en las actividades de simulacros y seguridad que promueva y determine la
Institución y la D.G.E.T.I.
Artículo 32. Portar el uniforme establecido con decoro dentro y fuera de la Institución.
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Título II. Las Normas de Control Escolar
Capítulo I.- Control Escolar
Artículo 33. Las materias son denominadas como:
a)
De asignatura: Son las que se cursan en cada uno de los semestres y forman parte
del “Componente de Formación Básica” y “Componente de Formación Propedéutica”.
b)
De submódulo: Son las propias de la carrera que se cursa y forman parte del
“Componente de Formación Profesional”.
c)
Módulo: Es la agrupación de los submódulos de la carrera.
Artículo 34. Es alumno quien se encuentra inscrito en el sistema de Control Escolar de la
Institución.
Artículo 35. El alumno tiene derecho a reinscribirse al semestre inmediato cuando:
a)
b)
c)
d)
Acredite todas las asignaturas y módulos cursados.
Adeude hasta dos asignaturas
Adeude un Submódulo.
Adeude una asignatura y un submódulo.
Artículo 36. Es alumno irregular quien tenga más de dos asignaturas reprobadas o una asignatura
y dos o más submódulos reprobados.
Artículo 37. Un alumno causa baja definitiva de la institución:
Por solicitud propia del alumno, padre o tutor legal.
Cuando al término de cinco años no haya logrado cumplir con la acreditación de todas
sus asignaturas y módulos.
Como medida disciplinaria del plantel (artículos descritos en el Título III. La Disciplina
Escolar y Sanciones).
Artículo 38. El alumno irregular deberá canjear su credencial de estudiante por una especial
cuando únicamente se encuentre recursando una o más materias.
Artículo 39. El alumno cuenta con 5 años para acreditar la totalidad de asignaturas y módulos de
la carrera que cursa.
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Capítulo II.- La Evaluación
Artículo 40. En el curso semestral se deberán presentar las tres evaluaciones parciales de
acuerdo al calendario escolar y en caso de no presentar alguna evaluación pasará de forma directa
a extraordinario ó recursamiento. La escala de calificaciones parciales es de 0 a 10 expresada en
números reales.
Artículo 41. La calificación final será el promedio de las tres calificaciones parciales, teniendo
como calificación mínima aprobatoria el seis (6).
Artículo 42. La escala de la calificación final será de 5 a 10, expresada en números enteros, la
cual se registrará en acta única.
Artículo 43. La calificación de los módulos es el promedio de las calificaciones de los submódulos,
ponderados de acuerdo a las horas clase semanales. Esta calificación es la que aparece en el
Historial Académico y en el Certificado.
Artículo 44. Las asignaturas tienen el siguiente proceso de evaluación:
Recursamiento
Semestral a
contraturno
Artículo 45. Para que el alumno se regularice en las asignaturas tiene como primera oportunidad
presentar un examen extraordinario, en caso de no aprobarlo, tendrá que solicitar un
recursamiento y así sucesivamente mientras no exceda los 5 años para concluir su bachillerato.
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Artículo 46. Los módulos/submódulos tienen el siguiente proceso de evaluación:
Artículo 47. Para que el alumno se regularice en los módulos y/o submódulos tiene como única
opción solicitar recursamientos mientras no exceda los 5 años para concluir su bachillerato.
Capitulo III.- La Reinscripción
Artículo 48. El alumno podrá reinscribirse al semestre inmediato superior cuando: cumpla lo
especificado en el artículo 35. Se autoriza el cambio de turno a alumnos que lo soliciten por escrito
argumentando los motivos y que sea a la misma especialidad, además de que:
a) Cumplan con un promedio de 9.0, o
b) Realicen una permuta con algún otro alumno interesado
Nota: Cualquier cambio queda sujeto a disponibilidad de lugares en el turno y especialidad
solicitada.
Artículo 49. El alumno irregular no podrá realizar el proceso de reinscripción al semestre
inmediato superior y solo podrá reinscribirse a recursamientos y/o exámenes extraordinarios.
Artículo 50. Un alumno que adeude asignaturas, solamente podrá solicitar y presentar un máximo
de tres exámenes extraordinarios en cada periodo establecido (Enero y Agosto).
Artículo 51. Un alumno podrá solicitar inscripción a cursos intersemestrales de máximo dos
asignaturas, dos módulos o la combinación de una asignatura y un módulo.
Artículo 52. Un alumno irregular podrá solicitar inscripción a cursos semestrales máximo 3
asignaturas, o 2 submódulos, o en su caso 1 asignatura y 1 módulo.
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Capítulo IV.- Servicio Social y Prácticas Profesionales
Artículo 53. Es obligatoria la realización del servicio social y las prácticas profesionales por parte
del alumno acorde a la carrera que cursa. Es responsabilidad del alumno acudir a la Oficina de
Servicio Social y Titulación y al Departamento de Vinculación con el Sector Productivo para
realizar en tiempo y forma su registro y trámite correspondiente para el inicio y término de los
mismos.
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Título III. La Disciplina Escolar y Sanciones
Artículo 54. Se entiende por DISCIPLINA ESCOLAR la observancia por parte de los alumnos del
presente reglamento de las buenas costumbres sociales, de la práctica de los principios y valores
elementales que permitan una educación integral formativa y la convivencia armónica de la
comunidad estudiantil.
Artículo 55. El alumno debe mostrar un trato respetuoso hacia la comunidad escolar de la
Institución y cualquier persona que se encuentre de visita, en caso de incumplimiento será
acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Citar al padre de familia
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y suspensión de
tres días hábiles
3ª INCIDENCIA
Suspensión de un año
Artículo 56. No fumar dentro de la Institución y sus áreas circunvecinas, en caso de incurrir
será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
2ª INCIDENCIA
3ª INCIDENCIA
Reporte por escrito
Citar a los padres de familia y Suspensión de una semana a
suspensión de tres días mediante través de un reporte por
reporte por escrito.
escrito. En caso de otra
incidencia,
causa
baja
definitiva.
Artículo 57. El alumno no deberá consumir bebidas alcohólicas de cualquier tipo y/o traer aliento
alcohólico dentro y en las inmediaciones de la Institución. En caso de incurrir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
2ª INCIDENCIA
3ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y solicitar Reporte por escrito, solicitar la Baja definitiva
la presencia del padre de presencia del padre de familia
y canalizar a una Institución de
familia
apoyo, además de suspensión
de tres días hábiles
Artículo 58. El alumno no deberá consumir o distribuir estupefacientes (cualquier tipo de droga),
en caso de incurrir será acreedor a:
Baja definitiva
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Artículo 59. Utilizar en forma adecuada las instalaciones, mobiliario y equipos para los fines
académicos que motivaron su creación. En caso de no cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Notificación por escrito a los padres
de familia, pago del daño y/o
formar parte del grupo de
mantenimiento
y
actividades
comunitarias en fines de semana
2ª INCIDENCIA
3ª INCIDENCIA
Pago del daño y/o formar parte Pago
del
daño
y
del grupo de mantenimiento y suspensión temporal de
actividades comunitarias
un año.
durante un semestre y solicitar
la presencia de
los
padres de familia
Artículo 60. Los alumnos deberán portar diariamente el uniforme escolar reglamentario con el
logotipo oficial de la Institución, para asistir a clases y eventos especiales o en periodos de
exámenes finales y extraordinarios. De lunes a Viernes se deberá portar el uniforme de gala;
excepto martes y jueves que de manera opcional está permitido el uso del uniforme deportivo,
en caso de incumplimiento será acreedor a:
No se le permitirá la entrada a la Institución hasta corregir la falta
Artículo 61. El alumno debe respetar las medidas de seguridad en las aulas, laboratorios y talleres
de la Institución, en caso de no cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención
verbal
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito
3ª INCIDENCIA
Presencia de los padres y
asignación de labor comunitaria
Artículo 62. Los alumnos deben participar y actuar organizada, solidaria y eficientemente ante
las situaciones de simulacros, emergencias de origen natural o humano que pudieran presentarse
en la Institución, en caso de no cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención
verbal
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito
3ª INCIDENCIA
Presencia de los padres y
asignación de labor comunitaria
Artículo 63. Es responsabilidad de los estudiantes cuidar el buen aspecto, aseo y conservación de
todas las instalaciones, mobiliario y equipo escolar que les brinda un servicio, así como contribuir
directamente al mejoramiento, equipamiento y desarrollo integral de la Institución, en caso de no
cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Notificación por escrito a los
padres de familia, pago del daño
y/o formar parte del grupo de
mantenimiento
y
actividades
comunitarias los fines
de
semana hasta por un mes.
2ª INCIDENCIA
3ª INCIDENCIA
Pago del daño y/o formar Pago del daño y suspensión
parte
del
grupo
de temporal de un año
mantenimiento y actividades
comunitarias por
un
semestre y solicitar
la
presencia de los padres de
familia
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Artículo 64. Como parte de su formación integral, los alumnos deben expresarse con vocabulario
apropiado que refleje el nivel social y cultural propio de la Institución. En caso de incumplimiento
será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención verbal
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y presencia de
los padres
3ª INCIDENCIA
Suspensión de tres días
Artículo 65. Respetar los objetos personales, útiles escolares y demás artículos de sus
compañeros como mochilas, bolsas, calculadoras, libros o demás artículos de valor; así como del
personal adscrito a la institución y personal externo que se encuentre de visita. En caso de no
cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Pago de daño, reporte por
escrito y presencia de los padres
2ª INCIDENCIA
Pago del daño y suspensión por un
año
3ª INCIDENCIA
Pago del daño y baja
definitiva
Artículo 66. Los alumnos deben abstenerse de participar en actividades sindicales, o de
naturaleza laboral concerniente al personal docente, administrativo, de apoyo o de servicios; en
caso de no cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y citar al
padre de familia
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y suspensión de
un año
3ª INCIDENCIA
Baja definitiva
Artículo 67. Los alumnos deben abstenerse de provocar y/o participar individual y colectivamente
en riñas y cualquier acto de violencia dentro de la Institución. En caso de no cumplir será acreedor
a:
1ª INCIDENCIA
Reporte por escrito, presencia
de los padres y suspensión tres
días hábiles
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y suspensión de
una semana o semestre, según lo
amerite el caso
3ª INCIDENCIA
Baja definitiva
Artículo 68. Los alumnos deben abstenerse de realizar acciones que desprestigian a la Institución
como entidad educativa. En caso de no cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y presencia
de los padres
2ª INCIDENCIA
Suspensión de tres días
3ª INCIDENCIA
Baja definitiva
Artículo 69. Queda estrictamente prohibido introducir o usar armas de fuego, instrumentos punzo
cortantes o cualquier otro que se considere peligroso y que pueda ocasionar daños a terceros. En
caso de no cumplir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Reporte por escrito, presencia de los
padres y suspensión de tres días
2ª INCIDENCIA
Suspensión de un año
3ª INCIDENCIA
Suspensión definitiva
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Artículo 70. No se permite introducir y utilizar en el aula aparatos electrónicos o artículos de
juego que se conviertan en distractores de sus tareas escolares. En caso de
incurrir será
acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Reporte por escrito
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y presencia
de los padres
3ª INCIDENCIA
Retención del artículo de juego por
un semestre
Artículo 71. Queda estrictamente prohibido utilizar el teléfono celular durante las horas de clase,
exámenes, talleres, laboratorios, espacios de estudio y eventos oficiales. En caso de incurrir será
acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención verbal y
retención de un día del aparato
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y retención
del aparato una semana
3ª INCIDENCIA
Retención del aparato por un
semestre
Artículo 72. Durante el horario asignado ningún alumno deberá permanecer fuera de las aulas,
laboratorios o talleres correspondientes; sin causa justificada. En caso de incurrir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención por escrito
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y presencia
de los padres
3ª INCIDENCIA
Suspensión temporal por un
año
Artículo 73. El alumno no deberá mostrar actitudes de pareja (exhibicionismo, besarse o
acariciarse) en cualquier lugar de la Institución, en caso de incurrir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención verbal
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y solicitar
la presencia de los padres
3ª INCIDENCIA
Reporte por escrito con suspensión
de tres días y realizar actividades
de labor comunitaria
Artículo 74. No se permite el acceso a la Institución si el alumno se presenta con alguno de los
siguientes aspectos:
Hombres: traer el cabello largo, coletas, trenzas, rastras, cortes y colores extravagantes,
percing, uñas largas y/o boca pintada.
Mujeres: traer el cabello teñido de colores extravagantes, percing y/o la boca y uñas
pintadas de negro.
En caso de incurrir será acreedor a:
No se le permite el acceso a la institución hasta corregir la falta
Artículo 75. El alumno no deberá usurpar identidad en exámenes. En caso de
acreedor a:
incurrir será
Baja definitiva
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Artículo 76. El alumno no deberá de traer ni exhibir material pornográfico o bajar de internet en
los laboratorios de cómputo talleres y/o biblioteca. En caso de incurrir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención
verbal
2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y solicitar
la presencia de los padres
3ª INCIDENCIA
Suspensión de una semana. Si
incurre en otra incidencia, causa
baja temporal de un año
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Título IV. Artículos Transitorios
Artículo 77. El presente reglamento entra en vigor a partir del semestre febrero-julio 2013 y
deroga todos los anteriores.
Artículo 78. Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Consejo
Técnico Consultivo.
Artículo 79. El presente reglamento está sujeto a cambio, previo acuerdo de las autoridades
correspondientes.
ATENTAMENTE
C.P. GUSTAVO PONCE RAMÍREZ
DIRECTOR
ING. MIGUEL GONZÁLEZ XOCHIPA
Jefe Depto. Servicios Escolares T/M
L.C. SARA IRMA MORALES VILLEDA
Jefe Depto. Servicios Docentes T.M.
DR. EDGAR HERNANDEZ ZAVALA
SUBDIRECTOR ACADÉMICO.
LEF. DAVID XOCHIPA MALDONADO
Jefe Depto. de Servicios Escolares T/V
LIC. ISRAEL HERNANDEZ LUMBRERAS
Jefe Depto. Servicios Docentes T.V.
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padres
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