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Título: Formato de Decretos
Autor: saco91
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA
AREA DE BIENESTAR SOCIAL.
Delegación de Servicios Sociales
CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROGRAMA DE
AYUDA A LA CONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CARMONA
1.- OBJETO
La presente Convocatoria tiene por objeto establecer el procedimiento para
acogerse ala contratación financiada con cargo al Programa de Ayuda a la
Contratación regulado en el Decreto Ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas
extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía
(BOJA Nº 85 de 3 de mayo de 2013).
2.- PERSONAS DESTINATARIAS
(artículos 7 y 8)
1º.- Las personas destinatarias del Programa de Ayuda a la Contratación son las
personas mayores de 18 años y menores de 65 años pertenecientes a una
unidad familiar que reúnan los siguientes requisitos:
a)
Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la
contratación financiada con cargo a este Programa se encuentren en situación de
demandante de empleo durante un período igual o superior a doce de los
últimos dieciocho meses.
b)
Que en el momento de la presentación de la solicitud para acogerse a la
contratación financiada con cargo a este Programa pertenezcan a una unidad
familiar donde concurran las siguientes circunstancias:
1º Que todos sus miembros tengan residencia efectiva en la ciudad de
Carmona y estén empadronados en el mismo domicilio como mínimo
desde el 1 de junio de 2012, a excepción de los menores nacidos,
adoptados o acogidos con posterioridad a esa fecha.
2º Que el importe máximo de los ingresos del conjunto de las personas que
forman la unidad familiar sea inferior a 1,5 veces el Indicador Público de
Renta de Efectos Múltiples (798,77€/mes). A tal efecto, se computarán
los ingresos de cualquier naturaleza que cada miembro de la unidad
familiar haya percibido durante los seis meses anteriores a la fecha
de presentación de la solicitud para acogerse a la contratación
financiada con cargo a este Programa.
c)
Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar en situación de
exclusión social o en riesgo de estarlo, acreditada mediante Informe Social de los
Servicios Sociales Comunitarios.
2º.- Los requisitos establecidos en el punto 1º deberán reunirse en el momento
de la presentación de la solicitud, a excepción del punto c) que será tramitado por
el propio Ayuntamiento (Servicios Sociales Comunitarios) una vez comprobado que
se cumplen los demás requisitos.
(artículo 8)
CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES
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C/ ANFITEATRO, 44- 41410. CARMONA (SEVILLA). TFNO: 954.14.38.03 - FAX: 954.19.14.40. WEB: http://www.carmona.org
e-mail: [email protected]
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA
AREA DE BIENESTAR SOCIAL.
Delegación de Servicios Sociales
3.- CONCEPTO DE UNIDAD FAMILIAR
A los efectos de la presente Convocatoria se considera unidad familiar la
constituida por la persona destinataria del Programa y, en su caso, su cónyuge no
separado legalmente o pareja de hecho inscrita y los hijos e hijas de uno u otro si
existieren, con independencia de su edad, así como en su caso las personas
sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda.
(artículo 7)
4.- PLAZO DE SOLICITUDES
Los impresos de solicitud estarán a disposición de las personas usuarias en el
Centro de Servicios Sociales Comunitarios del 28 de agosto al 11 de
septiembre (ambos incluidos).
Se entregará la solicitud y firmarán los anexos correspondientes, se les informará
sobre los requisitos y, asimismo, se les facilitará una cita previa con el día y la
hora a la que deberán acudir a estos Servicios Sociales Comunitarios, con toda la
documentación a aportar que les haya sido requerida.
Las solicitudes deberá presentarse conforme al modelo facilitado y serán
recogidas por una trabajadora social conforme a la cita previa (día y hora) que le
haya sido facilitada. (No se recogerá ninguna solicitud fuera de su cita).
5.-DOCUMENTACION
1º.- Las personas interesadas deberán presentar una sola solicitud así como los
anexos y documentación que se les indique en el Centro de Servicios Sociales.
6.- PROCEDIMIENTO
(artículo 9)
Una vez estudiadas la solicitudes y documentación aportada y que se acredite
que la persona solicitante forma parte de una unidad familiar en situación de
exclusión social o en riesgo de estarlo, se priorizará en la adjudicación de los
contratos financiados con cargo al Programa de Ayuda a la Contratación de la
siguiente forma:
1.- Que cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 8, pertenezcan a
unidades familiares en las que concurran por orden de prelación alguna/s de las
siguientes circunstancias:
a) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde todos
los miembros que tengan la consideración de población activa, hayan
permanecido inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo
durante los seis meses anteriores a la fecha de la solicitud.
b) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la
condición de familia numerosa de conformidad con a legislación vigente
c) Que entre los miembros de la unidad familiar haya, al menos, una persona
menor de edad.
d) Que la persona solicitante sea residente en Zona de Transformación Social.
e) Que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada
discapacidad superior al 33% o se encuentre en situación de dependencia.
f) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental
con, al menos , un hijo a cargo.
g) Que la persona solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar sea
víctima de violencia de género.
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h) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos,
dos hijos a cargo.
2.- Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen
unidades familiares con el mismo primer nivel de prelación, se procederá a
priorizar aquellas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de
prelación.
3.- Si nuevamente concurrieran situaciones de empate se estará al Informe que
emitan los Servicios Sociales Comunitarios sobre el orden de prelación,
considerando la intensidad y duración de las condiciones referidas.
7.-CRITERIOS DE EXCLUSIÓN
Quedarán excluidos aquellos solicitantes que no reúnan los requisitos establecidos
en el Decreto-Ley. (artículo 8).
Se entenderán desistidos de su solicitud aquéllas personas que no aporten toda la
documentación que les sea requerida para acreditar su situación.
7.-CONTRATACIÓN
El proceso de contratación queda supeditado al ingreso efectivo de las cantidades
asignadas por la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía al
Excmo. Ayuntamiento de Carmona a tal efecto.
Los contratos financiados con cargo al Programa de Ayuda a la Contratación se
realizarán conforme a la normativa laboral vigente; tendrán una duración
determinada entre 15 días y tres meses y su fin se concreta en el desarrollo de
actividades de especial interés para la comunidad.
10.- NORMATIVA DE APLICACIÓN
Decreto Ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la
lucha contra la exclusión social en Andalucía de la Consejería de Salud y Bienestar
Social. (Relativas al P.A.C. Pág. 32 a 36 del BOJA nº 85, de 3 de Mayo de 2013)
Corrección de errores del Decreto Ley 7/2013. BOJA nº 98 de 22 de mayo de 2013.
Orden de 28 de junio de 2013, por la que se aprueba la reasignación de créditos
del programa de ayudas a la contratación regulado por Decreto Ley 7/2013 de 30
de abril.
Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento
Administrativo Común.
Carmona, a 21 de Agosto de 2013
CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES
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C/ ANFITEATRO, 44- 41410. CARMONA (SEVILLA). TFNO: 954.14.38.03 - FAX: 954.19.14.40. WEB: http://www.carmona.org
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