20130924 Acta aprobada Junta Gobierno Local Ayto. Zamora de 24 septiembre 2013 .pdf



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ACTA NUMERO 39/13
SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO CELEBRADA EL DÍA VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL TRECE

==============================

En la Sala de Comisiones, sita en la Casa Consistorial de esta Ciudad de Zamora, siendo
las diez horas y veinte minutos del día veinticuatro de septiembre de dos mil trece, bajo la
Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa-Presidenta, Dª ROSA MARÍA VALDEÓN SANTIAGO, y
con asistencia de los señores siguientes:
TENIENTES DE ALCALDE: D. Francisco Javier González Hernández y D. Manuel
Roncero Garrote.
CONCEJALES: D. Pablo López Quevedo, D. Víctor López de la Parte, D. Manuel
Hernández Calvo y D. Ángel Luis Crespo Encinas.
Asistidos por el Interventor de este Ayuntamiento, D. Francisco Javier López Parada, y por
el Secretario de la Corporación, D. José María García Sánchez, se reunió la Junta de
Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento para celebrar la sesión ordinaria correspondiente
a este día.
No asisten, habiendo justificado su ausencia, D. Feliciano Fernández Cuerdo y Dª
Rosario Rodríguez López.
PUNTO PRIMERO
APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR:
Declarada abierta la sesión por la Presidencia y conocido el borrador del acta de la
sesión anterior, correspondiente al día diecisiete de septiembre de dos mil trece, la Junta de
Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de
su composición legal, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- Prestarle aprobación, y que se transcriba al Libro de Actas
correspondiente.
PUNTO SEGUNDO
CORRESPONDENCIA Y DISPOSICIONES OFICIALES:
Se da cuenta de las siguientes disposiciones oficiales:
-

-

Decreto 60/2013, de 12 de septiembre, por el que se establece el calendario de
fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2014,
publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 180, de 18 de septiembre de
2013.
Orden FYM/764/2013, de 17 de septiembre, por la que se establecen los criterios
para la determinación de los ingresos familiares en actuaciones en materia de

1

vivienda en Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº
183, de 23 de septiembre de 2013.
PUNTO TERCERO
LICENCIAS DE OBRA Y ACTIVIDADES URBANÍSTICAS:
a) Licencia de obra para instalación de ascensor en C/Alfonso XII nº 2, solicitada por D.
José Luis Mozo Hernández, en rp. de LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE
CALLE ALFONSO XII Nº 2. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. José Luis Mozo Hernández en
representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE ALFONSO XII, Nº2,
solicitando concesión de licencia para instalación de ascensor en Calle Alfonso XII nº 2,
(parcela catastral 0883104) (Expediente OM/98/2013), la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal,
y de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a D. José Luis Mozo
Hernández en representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE ALFONSO
XII, Nº2 para instalación de ascensor en Calle Alfonso XII nº 2, (parcela catastral 0883104),
con estricta sujeción al Proyecto BASICO y DE EJECUCIÓN presentado, visado por el Colegio
Oficial de Arquitectos el 4 de julio de 2013, bajo la dirección facultativa de la arquitecta Dª.
Emma Martín Cobreros y de los arquitectos técnicos y/o aparejadores D. Buenaventura J.
González Prieto y D. Emilio González Prieto, debiendo tener en cuenta lo siguiente:

A

Se tendrá en cuenta lo resultante del informe arqueológico emitido por la Arqueóloga
Territorial del Servicio de Cultura de la Junta de Castilla y León de fecha 26 de agosto
de 2013 sobre lo siguiente:
1.-“El solar objeto del proyecto se sitúa intramuros del primer recinto
amurallado de la ciudad, formando parte del entramado medieval y en un
espacio neurálgico dentro del declarado Conjunto Histórico, en las
inmediaciones de la Plaza Mayor y la Plaza de Viriato, junto a dos singulares
edificios, que constituyen ejemplos señeros de la arquitectura civil: el Palacio
de los Condes de Alba y Aliste y la antigua Diputación.
2.- Los resultados y hallazgos materiales obtenidos en los trabajos
arqueológicos realizados en los solares aledaños, como el que ocupara el
antiguo Convento de la Concepción. donde hoy se levantan la Biblioteca
Pública y el Archivo Histórico Provincial y, en especial, el cercano del Teatro
Ramos Carrión, han puesto de manifiesto la existencia de una importante
actividad urbanísticas asociada a la construcción de casas señoriales y
palaciegas de época medieval y moderna.
3.- Dado que el proyecto requiere de la excavación del foso de ascensor, por
lo expresado, se considera necesario la realización de control arqueológico
por Técnico competente.”

B

Se recuerda que se instalará un dispositivo para que el ascensor en “espera” se
encuentre siempre en la planta baja, para con ello garantizar las mínimas condiciones
de iluminación de la escalera.

2

C

Se advierte que las puertas de los ascensores con su apertura no invadirán los
espacios de paso mínimo.

D

Los extintores se colocarán en las zonas que menos dificulten los recorridos de paso.

E

Se recuerda que no se proyecta ninguna intervención en las puertas de acceso al
portal, teniendo en cuenta, además, que el edificio está catalogado por el Plan Especial
de Protección del Conjunto Histórico (fichas AFS2) por lo que, en principio, no podrían
sustituirse las mismas.

F

Se advierte también que se prohíbe la colocación en fachadas a vía pública de todo
tipo de cableado, contadores, cajas de protección, etc...

G

Se extremarán las medidas de seguridad en la ejecución de la obra teniendo en cuenta
que se trata de la intervención en elementos comunes de un edificio habitado.

H

Se recuerda el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y
demolición.

I

Se advierte que esta Licencia Municipal no ampara la colocación de vallados con
ocupación de vía pública, contenedores..., debiendo solicitar para ello las
correspondientes autorizaciones que resultaren oportunas (Licencia Municipal de Obra
Menor, liquidación de las correspondientes tasas,...), contando con ellas antes de
proceder su colocación.

J

Las obras se iniciarán antes de los seis meses, no se interrumpirán por más de seis
meses y finalizarán antes de 24 meses contados desde el día siguiente de la
notificación de la Licencia Municipal de Obras solicitada.

K

Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000, tiene
la obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los
efectos del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia
autorizada de la licencia urbanística.

Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
b) Licencia de obra para Proyecto Básico de vivienda unifamiliar aislada en Paraje
“Valcabadino”, polígono 33, parcela 91-1, solicitada por Dª María Concepción
Domínguez Fernández y D. Emilio Benito Costa. ACUERDOS PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de Dª. Mª Concepción DOMINGUEZ
FERNÁNDEZ y D. Emilio BENITO COSTA, solicitando concesión de licencia para Proyecto
Básico de Vivienda Unifamiliar Aislada en Paraje “Valcabadino”, polígono 33 parcela 19-1,
la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría
absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Conceder a Dª. Mª Concepción DOMINGUEZ FERNÁNDEZ y D. Emilio
BENITO COSTA Autorización de Uso Excepcional en Suelo Rústico común, para Proyecto
Básico de Vivienda Unifamiliar Aislada en Paraje “Valcabadino”, polígono 33 parcela 19-1,
condicionada la vinculación del terreno al uso autorizado, debiendo hacer constar en el
Registro de la Propiedad su condición de indivisible, y las limitaciones impuestas por la

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autorización.
SEGUNDO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a Dª. Mª Concepción
DOMINGUEZ FERNÁNDEZ y D. Emilio BENITO COSTA para Proyecto Básico de Vivienda
Unifamiliar Aislada en Paraje “Valcabadino”, polígono 33 parcela 19-1, con estricta sujeción al
Proyecto BÁSICO de Vivienda Unifamiliar presentado el 31 de Julio de 2012, a la
Documentación modificada presentada el 10 de Abril de 2012, suscrito por D. Teodoro Chillón
Ramos como arquitecto y a la Documentación presentada el 28 de junio de 2013, debiendo
tener en cuenta lo siguiente:
A.-

Se trata de un Proyecto Básico por lo que las obras no se iniciarán hasta la aprobación
del correspondiente Proyecto de Ejecución.
Se recuerda que el proyecto de ejecución se acompañará del Estudio de Seguridad y
Salud según el Real Decreto 1627/1997 y del correspondiente Estudio de Gestión de
Residuos conforme al Real Decreto 105/2008 por el que se regula la producción y
gestión de los residuos de construcción y demolición.
Respecto a la obligación del promotor de presentar Estudio Acústico (Art. 28.1, epígrafe
1º de la Ley 5/2009 del Ruido en Castilla y León), indicar que el presente expediente
pudiera estar incluida en las excepciones del epígrafe 2º del referido Artículo (Texto
modificado por Ley 4/2012 de Medidas Financieras y Administrativas), por lo que deberá
aportarse un informe acústico elaborado por el proyectista en el que se describan los
impactos acústicos directos previstos en el emplazamiento elegido.

B.-

Se recuerda que los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento se resolverán
en la propia parcela sin conectar con las redes municipales. (Art. 202.2 de las Normas
Urbanísticas)
El proyecto de ejecución describirá las soluciones adoptadas relativas al abastecimiento,
saneamiento y tratamiento de aguas residuales. Se completará la Autorización
Administrativa del pozo puesto que la documentación presentada está incompleta.

C.-

Se recuerda que las ventanas de las piezas habitables deben tener una superficie
acristalada no inferior a 1/10 de la superficie útil de la pieza. (Art. 72.1. de la Revisión del
P.G.O.U.).

D.-

Deberá vincularse el terreno al uso autorizado haciendo constar en el registro de la
propiedad su condición de indivisible. (art. 308 del Reglamento de Urbanismo de Castilla
y León)

E.- Se le advierte que esta Licencia caducará, si no se presenta el Proyecto de Ejecución, en
TRES MESES, contados a partir del día siguiente al de notificación del presente acuerdo,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.e) de la Ordenanza Municipal de
Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de noviembre de 2000.
TERCERO.- Dar traslado de la Resolución, en relación con la Autorización de Uso
Excepcional en Suelo Rústico, a la Comisión Territorial de Urbanismo, para su conocimiento,
en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 307.4.a) del Reglamento de Urbanismo de
Castilla y León, modificado por Decreto 45/2009, de 9 de julio.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.

4

c) Licencia de obra para derribo de edificación y construcción de vivienda unifamiliar en
C/Río Adalia nº 9, solicitada por Dª Isabel González Blanco. ACUERDOS
PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de Dª. Isabel GONZÁLEZ BLANCO,
solicitando concesión de licencia para Derribo de edificación y Construcción de Vivienda
Unifamiliar en calle Río Adalia nº9, (Parcela Catastral 0596010) (Expediente OM/63/2013), la
Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría
absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- CONCEDER Licencia Municipal de Obra a Dª. Isabel GONZÁLEZ
BLANCO para Derribo de edificación y Construcción de Vivienda Unifamiliar en calle Río Adalia
nº9, (Parcela Catastral 0596010), con estricta sujeción al Proyecto BÁSICO y de EJECUCIÓN
de Vivienda Unifamiliar presentado (que contiene las obras de derribo de la edificación
existente) visado el 9 de Mayo de 2013 así como la documentación complementaria visada el 8
de Agosto de 2013 y al Estudio Acústico realizado por la Empresa SOLITEL, bajo la dirección
facultativa del arquitecto D. Fernando Girón Prada y de la arquitecta técnico y/o aparejadora Dª.
Begoña Domínguez de la Torre, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
A.-

Las obras de derribo se ejecutarán conforme lo especificado en el Proyecto.

B.-

El derribo se realizarán preferentemente a primeras horas de la mañana y se regará el
edificio convenientemente a fin de evitar la producción de polvo.
Deberá protegerse la fachada mediante lonas o redes a fin de garantizar la seguridad en
la vía pública.
Si fuera necesario retirar de la fachada instalación de alumbrado público, deberá ponerse
en contacto con la Oficina Municipal Obras Públicas y Mantenimiento.

C.-

Antes y durante la ejecución del derribo deberán adoptarse las suficientes medidas de
seguridad en relación con los edificios colindantes. Una vez terminado el derribo se
procederá a la reparación de los desperfectos ocasionados en las edificaciones
colindantes, debiendo proceder al revoco de las zonas cuyo acabado resultante no
garantice la protección ante la agresión de los agentes atmosféricos.
Deberá realizar las actuaciones necesarias para evitar la acumulación de aguas en el
solar y favorecer su evacuación.

D.-

Las obras de construcción de la obra nueva se ajustarán a las alineaciones y rasantes
oficiales.

E.-

En cumplimiento de las Normas reguladoras del uso Residencial Unifamiliar (Art. 72.1. de
la Normativa de la Revisión del P.G.O.U.) se recuerda que el tendido de ropa al aire libre
no será visible desde vía pública.

F.-

En cumplimiento de las Exigencias Básicas de Seguridad en caso de Incendio se
recuerda que la puerta de salida de la vivienda tendrá un ancho de paso no inferior a
0,80m.

G.-

Para el cumplimiento de las Exigencias Básicas de Seguridad de Utilización y
Accesibilidad se evitará el riesgo de atrapamiento en la puerta corredera del vestidor (DB
SUA 2.2).

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H.-

Se advierte que esta Licencia Municipal no ampara la colocación de vallados,
ocupación de vía pública y modificación o interferencias con el tráfico, debiendo
solicitar para ello las autorizaciones que resultaren oportunas (Licencia Municipal de
Obra Menor, liquidación de las correspondientes tasas,...), contando con ellas antes de
proceder su colocación.
A Para el estacionamiento de camiones durante el desescombro de lo derribado
se habilitará una zona destinada a tal efecto separada del tráfico peatonal
convenientemente señalizada de acuerdo con la Normas 8.3 “Señalización de
Obras” de la Instrucción de Carreteras y que deberá contar con el visto bueno de la
Policía Municipal.

I.-

Durante la ejecución de las obras se garantizarán los itinerarios peatonales en
condiciones de accesibilidad y seguridad según lo establecido en los artículos 39 y
siguientes de la Orden VIV/561/2010 de 1 de febrero por la que se desarrolla el
documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el
acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.

J.-

Se recuerda la obligación de dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición.
A En especial se indica que los residuos deberán ser transportados al vertedero
en vehículos especialmente adecuados a fin de que no se desprendan en la vía
pública.

K.-

Las obras se iniciarán antes de los seis meses, no se interrumpirán hasta su finalización
las obras de derribo y por más de seis meses las de construcción de obra nueva y
finalizarán antes de VEINTICUATRO MESES contados desde el día siguiente al de
notificación de la concesión de la Licencia Municipal de Obras solicitada.

L.-

Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000, tiene la
obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los
efectos del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada
de la licencia urbanística.

Igualmente, se hace constar que el solar donde se pretende llevar a cabo la
construcción, merece la calificación de URBANO y, si bien dispone de todos los Servicios
Urbanísticos a los que hace referencia el Art. 8 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen
del Suelo y Valoraciones, deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones:
En relación al abastecimiento de agua potable podrá mantener la acometida existente o
realizar nueva acometida a la tubería de fibrocemento de 80 mm. De diámetro existente en la
calle Río Adalia.
En relación al saneamiento de aguas residuales y pluviales podrá mantener la
acometida existente o realizar nueva acometida a la tubería de hormigón en masa de 30 cm.
Existente en la propia calle Río Adalia.
En relación a la pavimentación repondrá los pavimentos que se vean afectados por la
ejecución de las obras, reposición que se llevará a cabo con materiales y secciones
estructurales idénticas a las existentes en la actualidad.
Alumbrado.- Respecto de la instalación de alumbrado público, no tiene nada nuevo que

6

instalar, ya que el alumbrado existente que discurre por ambos lados de la calle de la parcela
es suficiente.
Sin embargo deberá tener en cuenta que previamente a la concesión de la licencia de
1º ocupación deberá restituirse la red aérea de alumbrado público que actualmente discurre por
su fachada, en las condiciones urbanísticas que se le impongan en la licencia de obra. Esto es,
si estuviera obligado a soterrar los cables, entonces realizará los trabajos de infraestructura
necesarios en la longitud de su fachada para que esto sea posible (canalización, arquetas de
registro y goteros en los extremos de la edificación empotrados en la fachada del mismo).
Posteriormente y en cualquiera de los casos, nuestra empresa de conservación municipal
procedería a la restitución del cableado a través de dicha infraestructura sin que ello suponga
coste adicional. Y lo mismo, para el caso que no teniendo la obligación urbanística, para
soterrar los cables, desee realizarlo como persona interesada y afectada. O sobre la fachada
de la nueva construcción.
Al mismo tiempo, deberá tener en cuenta que para la concesión de la licencia de
primera ocupación todas las redes de todos los servicios públicos (Iberdrola, Telefónica y
ONO), que discurran por su fachada han de encontrarse restituidas definitivamente bien sobre
la fachada, bien en subterráneo, de acuerdo con las prescripciones urbanísticas que al
respecto le pueden imponer.
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
d) Licencia de segregación de la parcela 129 del polígono 73 y de la parcela 163 del
polígono 74, solicitada por D. Victorio Escudero Oviedo. ACUERDOS
PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. Victorio Escudero Oviedo,
solicitando concesión de Licencia de Segregación de la Parcela 129 del Polígono 73 y de la
Parcela 163 del Polígono 74 (Expediente SG/7/2013), la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal,
y de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- CONCEDER a D. Victorio ESCUDERO OVIEDO las siguientes Licencias
de Segregación de las siguientes fincas:


La parcela 129 del polígono 73 con una superficie de 27.487 m² se divide por la
construcción de la Autovía de la Plata y la implantación de un canal de riego en tres
parcelas de 12.544 m², 10.699 m² y 567 m² correspondiendo 3.677 m² a la superficie
ocupada por la citada autovía.



La parcela 163 del polígono 74 con una superficie de 63.216 m² se divide por la
construcción de la Autovía de la Plata en dos parcelas de 4.410 m² y 46.878 m²
correspondiendo 11.928 m² a la superficie ocupada por la citada autovía.

SEGUNDO.- Deberá presentar ante el Excmo. Ayuntamiento copia del título en el que
se haya practicado la Segregación, una vez inscrita en el Registro de la Propiedad, en el plazo
máximo de DOS MESES (Artículo 14.5 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias
Urbanísticas).
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.

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PUNTO CUARTO
APROBACIÓN DEL PADRÓN DE AGUA CORRESPONDIENTE AL CUARTO BIMESTRE DE
2013. ACUERDOS PROCEDENTES:
Conoce la Junta de Gobierno Local el expediente seguido para la aprobación del
Padrón de Agua correspondiente al cuarto bimestre de 2013.
La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste
mayoría absoluta de su composición legal, a la vista de los informes emitidos, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar el Padrón de la Tasa de Agua, correspondiente al cuarto bimestre
de 2013 (julio-agosto), por un importe total de OCHOCIENTOS ONCE MIL CIENTO TRES
CON NOVENTA Y SEIS EUROS (811.103,96 €).
SEGUNDO.- Exponer al público el mencionado Padrón en las oficinas municipales,
durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente del anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia.
La exposición al público de los padrones producirá los efectos de notificación de las
liquidaciones de cuotas que figuren consignadas para cada uno de los interesados, pudiéndose
interponer contra dicho actos recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo en el
plazo de un mes, a partir del día siguiente al de finalización de exposición pública.
TERCERO.- Seguir con el resto de la tramitación legal y reglamentaria.
ASUNTOS DE URGENCIA
Por unanimidad y, por tanto, con la mayoría absoluta exigida en el art. 47.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, de conformidad con lo
dispuesto en los arts. 51 del Real Decreto Legislativo 781/1986, y 83 del vigente Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de
noviembre de 1986, se acuerda declarar la urgencia de los siguientes asuntos:
PUNTO QUINTO

PROPUESTA RELATIVA A DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN ACUERDO DE CESIÓN DE
CONTRATO “A.R.I.”. ACUERDOS PROCEDENTES.
Conocida la solicitud presentada por D. Francisco Agustín Pedrero García, en rp. de la
empresa VÍAS Y CONSTRUCCIONES S.A., por al que presenta la documentación requerida
en el acuerdo de autorización de cesión del “Contrato de obras del Area de rehabilitación
integral de edificios y anexo de urbanización del Area de Rehabilitación integral de la Obra
Sindical del Hogar, Grupos Ramiro Ledesma y Martín Alvarez”, de fecha 3 de septiembre de
2013, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes que reviste
mayoría absoluta de su composición legal, y de conformidad con los informes obrantes en el
expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Requerir a la empresa VÍAS Y CONSTRUCCIONES, S.A., con
C.I.F A
28017986, representada por D. Manuel Martín Abella cesionaria del contrato de la obra de
"REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS Y ANEXO DE URBANIZACIÓN DEL ÁREA
DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE LA OBRA
SINDICAL DEL HOGAR, GRUPOS
"RAMIRO LEDESMA" Y "MARTÍN ÁLVAREZ"", la
subsanación de la documentación
presentada mediante copias, debiendo presentar original o fotocopias compulsadas de la
misma, en el plazo de diez días hábiles desde la recepción de la notificación de esta

8

resolución, de conformidad con el artículo 71 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo
Común.
SEGUNDO.- Requerir a la empresa VÍAS Y CONSTRUCCIONES, S.A. con C.I.F
A-28017986,
representada
por
D.
Manuel
Martín
Abella
cesionaria
del
contrato de la obra de "REHABILITACIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS Y ANEXO
DE URBANIZACIÓN DEL ÁREA DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE LA OBRA
SINDICAL DEL HOGAR, GRUPOS "RAMIRO LEDESMA" Y "MARTÍN ÁLVAREZ"", para la
formalización del correspondiente contrato, de acuerdo con el artículo 156 del Real Decreto
Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
de Contratos del Sector Público, una vez subsanada la documentación solicitada dentro del
plazo
establecido
en
el
punto
primero.
TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo a la Empresa TÉCNICOS UNIDOS PARA LA
CONSTRUCCIÓN, S.A. y a la Empresa VÍAS Y CONSTRUCCIONES
S.A., cedente y
cesionario del referenciado contrato, a la Administración Concursal, a los Servicios Técnicos
correspondiente y a la Intervención Municipal a los efectos oportunos.

Con lo cual, no habiendo más asuntos de que tratar, ni teniendo nada que exponer los
Sres. Concejales, siendo las diez horas y treinta minutos, la Presidencia da por terminada la
sesión, extendiéndose la presente acta, de lo que yo, el Secretario, certifico, con el visto bueno
de la Ilma. Sra. Alcaldesa.

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