FB 20150116 Propuestas a la modificación de la ordenanza general de subvenciones .pdf


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Federación Local de Asociaciones de Vecinos

D. Christoph Strieder, con NIE X-2605315, como Coordinador de la Federación Local de
Asociaciones de Vecinos “Asamblea Vecinal de Zamora”, en siglas AVZ y con domicilio a efectos
de notificaciones en el domicilio social de esta entidad, calle Fermoselle número 28, 49027
Zamora, por medio del presente y como mejor proceda:
EXPONE:
Que habiéndose acordado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Zamora, en sesión
ordinaria de 23 de diciembre de 2014 la aprobación inicial de la “Modificación de la ordenanza
general de subvenciones del Ayuntamiento de Zamora”, y habiéndose hecho público en el
Boletín Oficial de la Provincia de fecha 9 de enero de 2015 la apertura de un periodo de treinta
días para oír reclamaciones y/o sugerencias a la modificación citada.
SOLICITA:
Se tengan por presentadas las siguientes sugerencias, con el ruego de ser incorporadas
a la modificación de la ordenanza, sugerencias tendentes a conseguir una mayor transparencia
en el uso de fondos públicos que las Federaciones de Asociaciones de Vecinos (FAVE y AVZ)
reciben, así como para normalizar su uso en actividades que redunden en beneficio de los
vecinos:
1. Que las cuentas anuales que deben presentar las Federaciones de Vecinos, FAVEZA y
AVZ sean de carácter público y cuenten con difusión en la Web del Ayuntamiento de
Zamora. En el caso de las Asociaciones de Vecinos esta obligación es regulada por la
Ley Orgánica 2/2002 del Derecho de Asociación, que en su artículo 14.3 establece que
las cuentas de la asociación se aprobarán anualmente por la Asamblea General. De
esta forma todo socio de número y no sólo los órganos directivos tienen conocimiento
de la contabilidad y la posibilidad de aprobarla o reprobarla, no sucediendo de igual
manera con las obligaciones contables de las Federaciones, que en la actualidad son de
conocimiento único de los órganos directivos.
2. Que no se consideren subvencionables aquellos eventos y/o actividades de
consideración lúdica, festiva o de esparcimiento, abonadas total o parcialmente por
las Federaciones de Vecinos, dirigidas en su totalidad o preponderantemente hacia
sus propios órganos a hacia las juntas directivas de las Asociaciones de Vecinos.
Promoviendo de esta manera la utilización de fondos públicos para el uso normal del
mantenimiento burocrático de una Federación y especialmente en actividades para el
beneficio del conjunto de vecinos de esta ciudad.
Zamora, a 16 de enero de 2015

Christoph Strieder

C/ Fermoselle nº 28. 49027 Zamora

e-mail: [email protected]


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