FB 20160518 Al Ayto solicitud análisis agua depósito Carrascal copia .pdf
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Barrio de Carrascal
~ Zamora ~
AYUNTAMIENTO DE ZAMORA
CONCEJALÍA DE BARRIOS
Plaza de la Leña s/n
Palacio de Doña Urraca
Zamora
Dª Luisa Argüello Gómez, con DNI 71.014.115-M y domicilio a efecto de notificaciones
en la C/ Cortina del Baile nº 9, 49027 Carrascal, Zamora, como presidenta de la Asociación de
Vecinos del barrio de Carrascal, por medio del presente le manifiesta las siguientes
consideraciones y en base a ellas realiza solicitud en relación al agua potable suministrada
desde el depósito que abastece a este barrio.
• El día 24 de abril se hace saber al Sr. Concejal de Urbanismo, Medio Ambiente, Obras
y Salud Pública, que en el Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC),
dependiente del Ministerio de Sanidad, los datos sobre análisis en el depósito de este barrio
hacen referencia a los efectuados en los años 2004 unos y 2007 otros, en contraste con los datos
ofrecidos en el resto de la red de Zamora, que corresponden a los años 2015 y 2016.
• Manifestamos la extrañeza puesto que la legislación que regula los criterios
sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, Real Decreto 140/2003, señala de carácter
“OBLIGATORIO para todas las partes implicadas en el suministro de
agua”, “la utilización y suministro de datos en soporte informático
al SINAC”. Es más, añade que, “el gestor, el municipio y la autoridad
sanitaria velarán para que los datos generados en el autocontrol,
vigilancia sanitaria o control en el grifo del consumidor, estén
recogidos en el SINAC” (artículo 30).
• En esa fecha de 24 de abril se obtiene el compromiso por parte del Sr. Concejal de
comunicar a esta Asociación de Vecinos información sobre los análisis que se hayan realizado en
el mencionado depósito, sin que hasta la fecha esto se haya producido.
• Los días 8 y 10 de mayo medios de comunicación de la ciudad se hacen eco de esta
falta de actualización de datos en el Ministerio de Sanidad, y es el día 12 cuando también a través
de los medios, fuentes municipales manifiestan que eso es debido únicamente a una web
gubernamental no operativa, dato que evidentemente contraviene lo anteriormente expuesto
en cuanto a lo legislado por el RD 140/2003.
• Curiosamente, al día siguiente de haber aparecido la primera noticia en los medios
de comunicación sobre la falta de datos de análisis en el depósito de Carrascal, el SINAC parece
que repentinamente comienza nuevamente a ser operativo después de doce años de letargo
(solamente respecto a Carrascal), y en él empiezan a reflejarse datos referidos a análisis del día
9 de mayo, aunque cuatro días después aún no había concluido la actualización, concretamente
en lo referido a “Recuento de colonias a 22º” y “Clostridium perfringens”.
C/ Cortina del Baile nº 9. 49027 Carrascal de Duero
CIF: G49108798
@AVVCarrascal
~ Zamora ~
[email protected]
[email protected]
https://www.facebook.com/BarriodeCarrascaldeDuero.Zamora
Barrio de Carrascal
~ Zamora ~
Esta circunstancia, y el hecho de no aportar datos completos de un análisis previo y si
justamente los de uno de última hora, lleva a esta Asociación a solicitar:
• Fechas e información sobre la limpieza, desincrustación y desinfección realizadas en
el depósito de agua potable de Carrascal entre los años 2004 y 2016, según estipula el artículo
11.4 del ya citado Real Decreto:
“El gestor de los depósitos públicos o privados de la red
de abastecimiento o la red de distribución, cisternas, y el
propietario de los depósitos de instalaciones interiores, vigilará
de forma regular la situación de la estructura, elementos de
cierre, valvulería, canalizaciones e instalación en general,
realizando de forma periódica la limpieza de los mismos, con
productos que cumplan lo señalado en el artículo 9. La limpieza
deberá tener una función de desincrustación y desinfección,
seguida de un aclarado con agua.”
• Fechas e información de los análisis realizados en el depósito de Carrascal entre los
años 2004 y 2016, con expresión de los valores cuantificados referidos a los parámetros
microbiológicos y químicos a los que hace referencia el artículo 5 y el Anexo I del RD 140/2003:
“Criterios de calidad del agua de consumo humano.
El agua de consumo humano deberá ser salubre y limpia. A
efectos de este Real Decreto, un agua de consumo humano será
salubre y limpia cuando no contenga ningún tipo de microorganismo,
parásito o sustancia, en una cantidad o concentración que pueda
suponer un riesgo para la salud humana, y cumpla con los requisitos
especificados en las partes A y B del anexo I.”
Solicitud que realizamos al amparo del artículo 29 del RD antedicho:
“La información dada a los consumidores deberá ser puntual,
suficiente, adecuada y actualizada sobre todos y cada uno de los
aspectos descritos en este Real Decreto, a través de los medios
de comunicación previstos por cada una de las Administraciones
implicadas y los gestores del abastecimiento.”
Sin otro particular reciba un saludo en
Carrascal, a 18 de mayo de 2016
LUISA ARGÜELLO
Pta. de la A.VV. de Carrascal
C/ Cortina del Baile nº 9. 49027 Carrascal de Duero
CIF: G49108798
@AVVCarrascal
~ Zamora ~
[email protected]
[email protected]
https://www.facebook.com/BarriodeCarrascaldeDuero.Zamora
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