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Título: Microsoft Word - shcp3a
Autor: cgutierrez

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Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

1

TERCERA SECCION
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ANEXO 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.
Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020
“Trámites Fiscales”
Contenido
I.
II.

Definiciones
Trámites

13/CFF

Código Fiscal de la Federación.
Consulta sobre opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.
Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas con CURP.
Informe de fideicomisos del sector financiero.
Solicitud para la entrega del monto pagado por la adquisición de bienes que no pueden
entregarse al postor.
Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales.
Solicitud de generación y actualización de la Contraseña.
Solicitud de Devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.
Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR.
Solicitud de Devolución de saldos a favor del IVA.
(Se deroga).
Solicitud de Devolución de saldos a favor del IEPS, Crédito Diésel o biodiésel y sus
mezclas.
Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones.

14/CFF
15/CFF
16/CFF
17/CFF
18/CFF
19/CFF
20/CFF
21/CFF
22/CFF
23/CFF
24/CFF
25/CFF
26/CFF
27/CFF
28/CFF

(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
Aviso de compensación de saldos a favor del ISR.
(Se deroga).
(Se deroga).
Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS.
Aviso de compensación de cantidades a favor de otras contribuciones.
(Se deroga).

29/CFF

(Se deroga).

30/CFF

Aviso de compensación de saldos a favor del ISR, Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.
Aviso de compensación de saldos a favor del IVA, Grandes Contribuyentes
o Hidrocarburos.
(Se deroga).
Aviso de compensación de saldos a favor del IEPS, Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.

1/CFF
2/CFF
3/CFF
4/CFF
5/CFF
6/CFF
7/CFF
8/CFF
9/CFF
10/CFF
11/CFF
12/CFF

31/CFF
32/CFF
33/CFF

2

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

34/CFF

Aviso de compensación de contribuciones, Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

35/CFF

Aviso de compensación de saldos a favor del IETU, Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.

36/CFF

Aviso de compensación de saldos a favor del IDE, Grandes Contribuyentes
o Hidrocarburos.

37/CFF

Aviso de compensación de saldos a favor vía Internet, Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.

38/CFF

Consulta del trámite de devolución por Internet.

39/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas.

40/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de trabajadores.

41/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas del sector primario.

42/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC del representante legal, socios o accionistas de
personas morales y de enajenantes de bienes inmuebles a través de fedatario público por
medios remotos.

43/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas morales en la ADSC.

44/CFF

Solicitud del Formato para pago de contribuciones federales para contribuyentes inscritos
en el RFC.

45/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas morales a través de fedatario público por
medios remotos.

46/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de organismos de la Federación, de las entidades
federativas, de los municipios, organismos descentralizados y órganos constitucionales
autónomos.

47/CFF

Aclaración para subsanar las irregularidades detectadas o desvirtuar la causa por la que
se dejó sin efectos su Certificado de sello digital, se restringió el uso de su Certificado de
e.firma o el mecanismo que utiliza para efectos de la expedición de CFDI.

48/CFF

Aviso para llevar a cabo una fusión posterior.

49/CFF

Solicitud de inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades.

50/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC por escisión de sociedades.

51/CFF

(Se deroga).

52/CFF

(Se deroga).

53/CFF

(Se deroga).

54/CFF

(Se deroga).

55/CFF

Solicitud de autorización para pago a plazos flexibles durante el ejercicio de facultades de
comprobación.

56/CFF

(Se deroga).

57/CFF

(Se deroga).

58/CFF

Solicitud del formato para pago de contribuciones federales para personas no inscritas en
el RFC.

59/CFF

Aclaración cuando no es posible efectuar la transferencia electrónica y se advierta de la
consulta a la solicitud de devolución a través del Portal del SAT, que la misma tiene el
estatus de “abono no efectuado” o “solicitud de cuenta CLABE”.

60/CFF

(Se deroga).

61/CFF

(Se deroga).

62/CFF

(Se deroga).

63/CFF

(Se deroga).

64/CFF

Solicitud de e.firma del personal que realiza comisiones oficiales en el extranjero.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

3

65/CFF

(Se deroga).

66/CFF

(Se deroga).

67/CFF

(Se deroga).

68/CFF

Reporte y entrega de documentación por fedatarios públicos de inscripción en el RFC de
personas morales.

69/CFF

Informe de fedatarios públicos en materia de inscripción y avisos al RFC

70/CFF

Aviso de apertura de establecimientos y en general cualquier lugar que se utilice para el
desempeño de actividades.

71/CFF

Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.

72/CFF

Aviso de cierre de establecimientos y en general cualquier lugar que se utilice para el
desempeño de sus actividades.

73/CFF

Aviso de suspensión de actividades.

74/CFF

Aviso de reanudación de actividades.

75/CFF

Aviso de suspensión/reanudación de actividades de asalariados.

76/CFF

Aviso de cambio de denominación o razón social.

77/CFF

Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT o en la ADSC.

78/CFF

Aviso de corrección o cambio de nombre.

79/CFF

Aviso de cambio de régimen de capital.

80/CFF

Aviso de apertura de sucesión.

81/CFF

Aviso de cancelación en el RFC por cese total de operaciones.

82/CFF

Aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo.

83/CFF

Aviso de cancelación en el RFC por defunción.

84/CFF

Aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión.

85/CFF

Aviso de inicio de liquidación o cambio de residencia fiscal.

86/CFF

Aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades.

87/CFF

Aviso de inicio de procedimiento de concurso mercantil.

88/CFF

Aviso de incorporación al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario público
por medios remotos.

89/CFF

Aviso de desincorporación al esquema de inscripción en el RFC a través de fedatario
público por medios remotos.

90/CFF

Declaración y pago de derechos

91/CFF

(Se deroga).

92/CFF

(Se deroga).

93/CFF

(Se deroga).

94/CFF

Aviso de modificaciones al Registro de contador público inscrito y Sociedades o
Asociaciones de Contadores Públicos.

95/CFF

Aviso para presentar dictamen por enajenación de acciones, carta de presentación y
dictamen.

96/CFF

Informe de presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido
por contador público inscrito de los grandes contribuyentes.

97/CFF

Informe sobre estados financieros de contribuyentes obligados o que hubieren
manifestado su opción para el mismo efecto.

98/CFF

Informe de socios activos y del cumplimiento de la norma de educación continua o de
actualización académica.

99/CFF

Informe de certificación de Contadores Públicos Inscritos, con certificación vigente.

4

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

100/CFF

Solicitud de inscripción de Contador Público vía Internet.

101/CFF

Solicitud de registro de Sociedades o Asociaciones de Contadores Públicos vía Internet.

102/CFF

Consultas en materia de precios de transferencia.

103/CFF

Solicitud de autorización para pagar adeudos en parcialidades o diferido.

104/CFF

(Se deroga).

105/CFF

Solicitud de generación del Certificado de e.firma.

106/CFF

Solicitud de renovación del Certificado de e.firma.

107/CFF

Solicitud de revocación de los Certificados.

108/CFF

Solicitud del Certificado de sello digital.

109/CFF

Verificación de la autenticidad de los acuses de recibo con sello digital.

110/CFF

(Se deroga).

111/CFF

Solicitud de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación de
CFDI.

112/CFF

Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de CFDI.

113/CFF

Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de
CFDI.

114/CFF

Avisos del proveedor de certificación de CFDI.

115/CFF

Aviso de inicio o conclusión de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción
jurídica de la sociedad autorizada para operar como proveedor de certificación de CFDI.

116/CFF

Solicitud de devolución de la garantía presentada por el proveedor de certificación de
CFDI.

117/CFF

Solicitud de Certificado especial de sello digital (CESD) para operar como proveedor de
certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios a
personas físicas.

118/CFF

Aviso de que se ha optado por operar o continuar operando como proveedor de
certificación de expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios a
personas físicas.

119/CFF

(Se deroga).

120/CFF

(Se deroga).

121/CFF

(Se deroga).

122/CFF

Solicitud de reintegro del depósito en garantía.

123/CFF

Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas por medios electrónicos.

124/CFF

Solicitud de copias certificadas de declaraciones presentadas en formatos fiscales en
papel.

125/CFF

Solicitud de constancias de declaraciones y pagos.

126/CFF

Solicitud de verificación de domicilio.

127/CFF

Solicitud de constancia de inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas
en el RFC.

128/CFF

Aclaración de requerimientos de obligaciones omitidas.

129/CFF

(Se deroga).

130/CFF

(Se deroga).

131/CFF

(Se deroga).

132/CFF

Aclaración sobre créditos fiscales. Requerimiento de pago total por incumplimiento en el
pago a plazos.

133/CFF

Solicitud de disminución de multas para quienes tributan en el Régimen de Incorporación
Fiscal.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

5

134/CFF

Solicitud para la presentación, ampliación, sustitución de garantía del interés fiscal y
solicitud de avalúo (en caso de ofrecimiento de bienes) o avalúo practicado por personas
autorizadas.

135/CFF

Solicitud de cancelación de garantía.

136/CFF

(Se deroga).

137/CFF

(Se deroga).

138/CFF

Solicitud de programas (software).

139/CFF

Declaración de relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero
de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC (Forma
Oficial 96).

140/CFF

(Se deroga).

141/CFF

Aviso para renunciar a la presentación del dictamen fiscal.

142/CFF

Aviso que presenta el Contador Público Inscrito cuando el contribuyente no acepte o no
esté de acuerdo con el dictamen formulado.

143/CFF

(Se deroga).

144/CFF

Aviso que presentan las sociedades que inscriban en el registro o libro de acciones o
partes sociales a socios o accionistas personas físicas que no les proporcionen la
documentación necesaria para hacer la comprobación del impuesto a retener.

145/CFF

Aviso de modificación a la carta de crédito por ampliación o disminución del monto máximo
disponible o prórroga de la fecha de vencimiento.

146/CFF

Solicitud para dejar sin efectos el pago a plazos, en parcialidades o diferido.

147/CFF

(Se deroga).

148/CFF

(Se deroga).

149/CFF

Solicitud de condonación de multas.

150/CFF

Aclaración de adeudos fiscales reportados a buró.

151/CFF

Declaración Informativa para notarios públicos y demás fedatarios (DeclaraNOT en línea).

152/CFF

Informe que están obligadas a proporcionar las personas que lleven su contabilidad o
parte de ella utilizando registros electrónicos sobre sus clientes y proveedores, relacionada
con la clave del RFC de sus usuarios.

153/CFF

(Se deroga).

154/CFF

(Se deroga).

155/CFF

(Se deroga).

156/CFF

Informe y documentación que deberá contener la manifestación con la cual se desvirtúe la
presunción del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

157/CFF

Informe y documentación que deberán presentar los contribuyentes a que se refiere la
regla 1.5. para acreditar que efectivamente recibieron los servicios o adquirieron los bienes
que amparan los comprobantes fiscales que les expidieron o que corrigieron su situación
fiscal.

158/CFF

Solicitud de validación de la clave en el RFC a través de la CURP.

159/CFF

Solicitud de Devolución del IVA a contribuyentes del sector agropecuario.

160/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16
años.

161/CFF

(Se deroga).

162/CFF

Informe que deben remitir las instituciones de crédito y casas de bolsa a las autoridades
fiscales.

6

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

163/CFF

Informe de las cuentas, los depósitos, servicios, fideicomisos, créditos o préstamos
otorgados a personas físicas y morales.

164/CFF

Solicitud de instituciones de crédito para ser incluidas en el registro de emisoras de cartas
de crédito.

165/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de arrendadores de espacios (colocación de anuncios
publicitarios y/o antenas de telefonía).

166/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas con carácter de pequeños mineros.

167/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas enajenantes de vehículos usados.

168/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas con carácter de recolectores de
materiales y productos reciclables.

169/CFF

Aviso de suspensión de actividades de personas morales.

170/CFF

Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA generado por proyectos de inversión en
activo fijo.

171/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas que otorgan una servidumbre a
cambio de contraprestación periódica.

172/CFF

(Se deroga).

173/CFF

(Se deroga).

174/CFF

(Se deroga).

175/CFF

Solicitud de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación de
recepción de documentos digitales.

176/CFF

Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación de
recepción de documentos digitales.

177/CFF

Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación de
recepción de documentos digitales.

178/CFF

Avisos del proveedor de certificación de recepción de documentos digitales.

179/CFF

Aviso de inicio o conclusión de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción
jurídica de la sociedad autorizada para operar como proveedor de certificación de
recepción de documentos digitales.

180/CFF

Solicitud de devolución de la garantía presentada por el proveedor de certificación de
recepción de documentos digitales.

181/CFF

Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA para los contribuyentes que producen y
distribuyen productos destinados a la alimentación.

182/CFF

Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA para los contribuyentes que producen y
distribuyen medicinas de patente.

183/CFF

Aviso por parte de las asociaciones de intérpretes y actores, sindicatos de trabajadores de
la música y sociedades de gestión colectiva constituidas de acuerdo a la Ley Federal de
Derechos de Autor, para realizar el cobro por cuenta y orden de personas físicas que
tengan el carácter de agremiados, socios, asociados o miembros integrantes de las
mismas.

184/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas enajenantes de obras de artes
plásticas y antigüedades.

185/CFF

Solicitud de verificación de la clave en el RFC de los cuentahabientes de las Entidades
Financieras (EF) y Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAPS).

186/CFF

Consultas y autorizaciones en línea.

187/CFF

Solicitud de Reintegro.

188/CFF

Aviso para eximir de la responsabilidad solidaria.

189/CFF

Aviso de funcionarios autorizados para recibir requerimiento de pago.

190/CFF

Solicitud de registro como usuario de e.firma portable.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

7

191/CFF

Aviso de baja como usuario de e.firma portable.

192/CFF

Recurso de revocación en línea presentado a través de buzón tributario.

193/CFF

Aviso de cambios tecnológicos para los proveedores de certificación de recepción de
documentos digitales.

194/CFF

Aviso de cambios tecnológicos para los proveedores de certificación de CFDI.

195/CFF

Informe de envío de archivo de avisos a clientes sobre la cesación de actividades como
proveedor de certificación de CFDI.

196/CFF

Informe de envío de archivo de avisos a clientes sobre la cesación de actividades como
proveedor de certificación de recepción de documentos digitales.

197/CFF

Aclaración en las solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma.

198/CFF

Solicitud de reducción de multas y aplicación de tasa de recargos por prórroga.

199/CFF

Solicitud de reducción de multas y aplicación de tasa de recargos por prórroga cuando
resulta improcedente alguna compensación.

200/CFF

Solicitud de condonación a contribuyentes sujetos a facultades de comprobación.

201/CFF

Aviso para que los contribuyentes que prestan servicios parciales de construcción
destinados a casa habitación, sujetos a un procedimiento administrativo de ejecución,
apliquen el beneficio de la condonación de IVA y sus accesorios causados hasta el 31 de
diciembre de 2014.

202/CFF

Aviso para la obtención de la manifestación del prestatario de los servicios parciales de
construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

203/CFF

Informe mensual que deben presentar las personas físicas que presten servicios parciales
de construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

204/CFF

Aviso de aplicación del estímulo fiscal del IVA por la prestación de servicios parciales de
construcción de inmuebles destinados a casa habitación.

205/CFF

Solicitud de condonación de créditos fiscales a contribuyentes en concurso mercantil.

206/CFF

(Se deroga).

207/CFF

Solicitud de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación y
generación de CFDI para el sector primario.

208/CFF

Solicitud para obtener autorización para operar como proveedor de certificación y
generación de CFDI para el sector primario.

209/CFF

Solicitud del Certificado especial de sello digital (CESD) para operar como proveedor de
certificación y generación de CFDI para el sector primario.

210/CFF

Avisos del proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

211/CFF

Solicitud de renovación de autorización para operar como proveedor de certificación y
generación de CFDI para el sector primario.

212/CFF

Informe de envío de avisos a prestatarios sobre la cesación de actividades como
proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

213/CFF

Aviso de inicio de liquidación, concurso mercantil o acuerdo de extinción jurídica de la
persona moral autorizada para operar como proveedor de certificación y generación del
CFDI para el sector primario.

214/CFF

Aviso para dejar sin efectos la autorización para operar como proveedor de certificación y
generación de CFDI para el sector primario.

215/CFF

Informe de funcionarios autorizados para recibir requerimiento de pago.

216/CFF

Informe del consentimiento para ser inscrito en el RFC y habilitado para facturar por un
proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

217/CFF

(Se deroga).

218/CFF

Solicitud de ofrecimiento de garantía del interés fiscal para adeudos parcializados a través
de la modalidad de embargo de la negociación en la vía administrativa.

8

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

219/CFF

Inscripción o actualización en el RFC en el RIF a través de Empresas de Participación
Estatal Mayoritaria de la Administración Pública Federal.

220/CFF

Solicitud de generación de Certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor
de certificación de CFDI.

221/CFF

Solicitud de especificaciones técnicas para operar como proveedor de certificación de
expedición de CFDI.

222/CFF

Solicitud de validación y opinión técnica para operar como proveedor de certificación de
expedición de CFDI.

223/CFF

Aviso de acceso a la herramienta de monitoreo de proveedor de certificación de
expedición de CFDI.

224/CFF

Aviso para dejar de operar como proveedor de certificación de expedición de CFDI en el
que manifieste que es su voluntad ya no operar en el esquema establecido en la regla
2.7.2.14. de la RMF.

225/CFF

Solicitud de generación de Certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor
de certificación de recepción de documentos digitales.

226/CFF

(Se deroga).

227/CFF

Solicitud de generación de Certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor
de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

228/CFF

Aviso de consentimiento del contribuyente para compartir información fiscal a Nacional
Financiera y para que Nacional Financiera solicite información sobre las mismas a las
sociedades de información crediticia.

229/CFF

Solicitud de logotipo oficial para proveedores de certificación de CFDI.

230/CFF

Declaración informativa de operaciones relevantes.

231/CFF

Solicitud de inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades.

232/CFF

Aclaración de obligaciones de Fideicomisos no empresariales.

233/CFF

Consultas y autorizaciones en línea presentadas a través de organizaciones que agrupan
contribuyentes.

234/CFF

Solicitud de entrega de excedentes del producto del remate o adjudicación.

235/CFF

Solicitud de Inscripción en el RFC por las Sociedades por Acciones Simplificadas.

236/CFF

Solicitud de generación del Certificado de e.firma para las Sociedades por Acciones
Simplificadas.

237/CFF

Avisos que deben presentar los sujetos que entreguen premios en los sorteos fiscales.

238/CFF

Reporte Anexos 25 y 25-Bis de la RMF sin Cuentas Reportables (reporte en ceros).

239/CFF

Aviso sobre el número de identificación de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar
que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los
términos del Anexo 25 de la RMF.

240/CFF

Aviso de la institución fiduciaria, que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar, que
ejerce la opción prevista en el Anexo 25-Bis, Primera parte, Sección VIII, Subapartado
B(1)(e) de la RMF.

241/CFF

Aclaración para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del
cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como
Proveedor de Certificación de CFDI.

242/CFF

Aclaración para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del
cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como
proveedor de certificación de recepción de documentos digitales.

243/CFF

Aclaración para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del
cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como
proveedor de certificación y generación de CFDI para el sector primario.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

9

244/CFF

Solicitud de inicio de procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble
Tributación (Mutual Agreement Procedure, MAP por sus siglas en inglés).

245/CFF

Habilitación del buzón tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios
de contacto.

246/CFF

(Se deroga).

247/CFF

Solicitud de devolución de IVA en periodo preoperativo.

248/CFF

(Se deroga).

249/CFF

Solicitud de suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso en
términos del Convenio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno
de los Estados Unidos de América para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión
Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y su Protocolo.

250/CFF

Solicitud de modificación de la clave en el RFC asignada por el SAT.

251/CFF

Recurso de revocación exclusivo de fondo presentado a través de buzón tributario.

252/CFF

Aviso sobre abanderamiento y matrícula de embarcaciones y artefactos navales
mexicanos.

253/CFF

Solicitud de aclaración de la improcedencia de la liquidación emitida en términos del
artículo 41, fracción II del CFF.

254/CFF

(Se deroga).

255/CFF

Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la
RMF.

256/CFF

Solicitud de acceso al servicio público de consulta de verificación y autenticación de
e.firma.

257/CFF

(Se deroga).

258/CFF

Solicitud, renovación, modificación y cancelación de certificados de comunicación
conforme a los Anexos 25 y 25-Bis de la RMF.

259/CFF

Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas que elaboren y enajenen artesanías.

260/CFF

Consultas en línea que realicen las Dependencias o Entidades de la Administración
Pública Federal, a través de la e.firma de funcionario público competente.

261/CFF

Consultas en línea sobre la interpretación o aplicación de disposiciones fiscales.

262/CFF

Solicitud de validación y opinión técnica para operar como órgano certificador.

263/CFF

Solicitud de autorización para operar como órgano certificador.

264/CFF

Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para continuar operando
como órgano certificador.

265/CFF

Avisos de actualización de información de los órganos certificadores.

266/CFF

Solicitud para dejar sin efectos la autorización para operar como órgano certificador.

267/CFF

Aviso para presentar el informe de la certificación de los terceros autorizados.

268/CFF

Aviso de firma, modificación o rescisión de contratos celebrados entre los órganos
certificadores y los terceros autorizados.

269/CFF

Aviso de baja o remplazo del personal asignado a las certificaciones de terceros
autorizados.

270/CFF

Reportes estadísticos de los órganos certificadores.

271/CFF

Aviso por la inutilización, destrucción, pérdida o robo de libros o registros contables.

272/CFF

Solicitud de reimpresión de acuse de solicitud de devolución, aviso de compensación o
requerimiento.

273/CFF

(Se deroga).

274/CFF

(Se deroga).

275/CFF

Presentación de la copia certificada de la resolución emitida por autoridad competente y
dictamen por la transmisión de activos y pasivos derivada de una resolución emitida por
autoridad competente.

10

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

276/CFF

Documentación e información para desvirtuar la presunción de transmisión indebida de
pérdidas fiscales del artículo 69-B Bis del CFF.

277/CFF

Solicitud de validación y opinión técnica de programas informáticos para llevar controles
volumétricos.

278/CFF

Solicitud para obtener la autorización para operar como proveedor de equipos y
programas informáticos para llevar controles volumétricos, a que se refiere el artículo 28,
fracción I, apartado B, tercer y cuarto párrafos del CFF.

279/CFF

Solicitud para obtener la autorización para operar como proveedor del servicio de
verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas
informáticos para llevar controles volumétricos, a que se refiere el artículo 28, fracción I,
apartado B, tercer y cuarto párrafos del CFF.

280/CFF

Solicitud para obtener la autorización para operar como proveedor del servicio de emisión
de dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el
octanaje en el caso de gasolina, a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B,
tercer y cuarto párrafos del CFF.

281/CFF

Presentación de la garantía para las autorizaciones a que se refiere el artículo 28,
fracción I, apartado B, tercer y cuarto párrafos del CFF.

282/CFF

Solicitud de renovación de las autorizaciones a que se refiere el artículo 28, fracción I,
apartado B, tercer y cuarto párrafos del CFF.

283/CFF

Avisos de los proveedores autorizados en los términos del artículo 28, fracción I,
apartado B, tercer y cuarto párrafos del CFF.

284/CFF

Informe de envío de avisos a clientes sobre la terminación de la vigencia de las
autorizaciones a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B, tercer y cuarto
párrafos del CFF.

285/CFF

Avisos de los sujetos obligados en los términos del artículo 28, fracción I, apartado B del
CFF.

286/CFF

Aviso de certificación de los terceros autorizados.

287/CFF

(Se deroga).

288/CFF

(Se deroga).

289/CFF

(Se deroga).

290/CFF

Aviso sobre el RFC de la entidad que sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar.

291/CFF

Solicitud de autorización para considerar que no existe enajenación por la transmisión de
acciones de sociedades objeto de inversión en energía e infraestructura a otra persona
moral residente en México.

292/CFF

Aviso para optar por efectuar la retención del ISR e IVA a prestadores de servicio de
transporte terrestre de pasajeros o entrega de alimentos.

293/CFF

Aviso para asumir la obligación de pago del crédito fiscal a cargo de un ente público.

294/CFF

Solicitud del Formato para el pago de Contribuciones Federales con línea de captura para
la liquidación anticipada del adeudo con convenio de pago a plazos.

295/CFF

Aviso de actualización de socios o accionistas.

296/CFF

Aclaración para subsanar las irregularidades detectadas o desvirtuar la causa que motivó
que se le haya restringido temporalmente el uso del certificado de sello digital para la
expedición del CFDI en términos del artículo 17-H Bis del CFF.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

11

Impuesto Sobre la Renta.
1/ISR

Declaración informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a
$100,000.00.

2/ISR

Informe de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de
capital recibidos en efectivo.

3/ISR

Declaración de operaciones efectuadas a través de fideicomisos. (DIM Anexo 10).

4/ISR

Aviso para la determinación de la pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos
valor, cuando se adquieran o se enajenen fuera de la Bolsa de Valores.

5/ISR

Solicitud de opinión técnica del cumplimiento de requisitos tecnológicos para solicitar
autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles.

6/ISR

Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos utilizados en la adquisición de
combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.

7/ISR

Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como
emisor de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para
vehículos marítimos, aéreos y terrestres.

8/ISR

Aviso de actualización de datos de los emisores autorizados de monederos electrónicos
utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.

9/ISR

Solicitud de opinión técnica del cumplimiento de requisitos tecnológicos para solicitar
autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa.

10/ISR

Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa.

11/ISR

Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como
emisor de monederos electrónicos de vales de despensa.

12/ISR

Aviso de actualización de datos de los emisores autorizados de monederos electrónicos
de vales de despensa.

13/ISR

Solicitud de autorización para aplicar el régimen opcional para grupos de sociedades.

14/ISR

Aviso de desincorporación del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades cuando el
grupo pretenda dejar de aplicarlo.

15/ISR

Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles.

16/ISR

Avisos para la actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir
donativos deducibles.

17/ISR

Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles.

18/ISR

Solicitud de autorización para aplicar los donativos deducibles recibidos en actividades
adicionales.

19/ISR

Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos
recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.

20/ISR

Informe relativo a operaciones realizadas con partes relacionadas o donantes.

21/ISR

Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles de conformidad con el Convenio
para Evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre
la Renta, suscrito por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los
Estados Unidos de América.

22/ISR

Aviso para optar por determinar el impuesto sobre una base neta.

23/ISR

Solicitud de inscripción como retenedor por los residentes en el extranjero que paguen
salarios.

24/ISR

(Se deroga).

25/ISR

(Se deroga).

26/ISR

(Se deroga).

27/ISR

(Se deroga).

28/ISR

Informe sobre residentes en el extranjero (DIM Anexo 4).

12

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

29/ISR

Solicitud de autorización para disminuir pagos provisionales.

30/ISR

Aviso de opción para deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos o
indirectos de obras o de la prestación del servicio.

31/ISR

Aviso de constitución o cambios al fondo de creación de las reservas para pensiones,
jubilaciones y primas de antigüedad.

32/ISR

Aviso de transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones, jubilaciones y
primas de antigüedad de una institución a otra.

33/ISR

Aviso de incorporación al régimen opcional para grupos de sociedades cuando se
adquiera más del 80% de las acciones con derecho a voto de una sociedad.

34/ISR

Aviso de desincorporación de sociedades integradas del Régimen Opcional para Grupos
de Sociedades.

35/ISR

Aviso de presentación del registro de los documentos en los que conste la operación de
financiamiento correspondiente, en la Sección Especial del Registro Nacional de Valores e
Intermediarios a cargo de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

36/ISR

Aviso a través del cual se proporciona información relacionada con los títulos de crédito
colocados en un país con el que México tenga en vigor un tratado para evitar la doble
tributación.

37/ISR

Aviso de modificaciones a la información manifestada a través de la ficha de trámite
36/ISR.

38/ISR

(Se deroga).

39/ISR

Aviso múltiple para: Destrucción de mercancías que han perdido su valor. Donación de
mercancías que han perdido su valor. Bienes de activo fijo e inversiones que dejaron de
ser útiles. Donación de productos perecederos sujetos a fecha de caducidad. Convenios
con donatarias para recibir donativos del ISR.

40/ISR

Consulta de seguimiento para el contribuyente respecto de los Avisos de donación y
destrucción de mercancía que hubiere perdido su valor por deterioro u otras causas.

41/ISR

Aviso que presenta el contribuyente cuando los bienes dejen de ser útiles para obtener
sus ingresos.

42/ISR

(Se deroga).

43/ISR

Aviso que presenta el depositario de valores para quedar liberado de la obligación de
retener el ISR respecto a los ingresos provenientes de la enajenación de títulos de crédito.

44/ISR

Aviso por el cual las instituciones donatarias autorizadas para recibir donativos de ISR que
estén interesadas en recibir en donación los bienes ofrecidos por los contribuyentes,
manifiesten al donante su intención de recibir los bienes e informen el destino de los
mismos.

45/ISR

Solicitud de las Donatarias Autorizadas Asistenciales que estén interesadas en recibir en
donación los bienes ofrecidos por los contribuyentes.

46/ISR

Consulta de seguimiento a las solicitudes de las Donatarias Autorizadas Asistenciales que
estén interesadas en recibir en donación los bienes ofrecidos por los contribuyentes.

47/ISR

Aviso mediante el cual se asume voluntariamente la responsabilidad solidaria para calcular
y enterar el impuesto por operaciones financieras derivadas.

48/ISR

Aviso a través del cual se proporciona información de la operación financiera derivada
celebrada.

49/ISR

Aviso de designación de representante en México para no presentar dictamen fiscal
cuando la enajenación de acciones o títulos valor se encuentre exenta en términos de los
tratados para evitar la doble tributación.

50/ISR

Aviso que deberá presentar el residente en el extranjero que enajene acciones emitidas
por una sociedad residente en México, por la reorganización, reestructura, fusión, escisión
u operación similar que lleve a cabo.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

13

51/ISR

Aviso para proporcionar la información sobre las personas que optaron por adquirir
acciones o títulos valor, sin costo alguno o a un precio menor o igual al de mercado.

52/ISR

Aviso por el cual los contribuyentes que realicen proyectos de infraestructura productiva
mediante contratos de obra pública financiada, manifiestan que optan por considerar como
ingreso acumulable del ejercicio las estimaciones por el avance de obra.

53/ISR

Aviso que se deberá presentar en los meses de enero y febrero de cada año, respecto a la
opción de no retención del ISR por concepto del uso o goce temporal de bienes inmuebles
a residentes en los Estados Unidos de América.

54/ISR

Aviso relativo a deducciones de pérdidas por créditos incobrables.

55/ISR

Aviso por el cual las personas residentes en México informan que optan por aplicar lo
dispuesto en las fracciones I y II del artículo 182 de la Ley del ISR.

56/ISR

(Se deroga).

57/ISR

(Se deroga).

58/ISR

Solicitud de autorización para diferir el pago de ISR derivado de la reestructura a que se
refiere el artículo 161 de la Ley del ISR.

59/ISR

Solicitud de inscripción en el RFC como retenedor de personas físicas o morales
residentes en el extranjero que desarrollen actividades artísticas en territorio nacional
distintas de la presentación de espectáculos públicos o privados.

60/ISR

Avisos para la administración de planes personales de retiro.

61/ISR

Solicitud de autorización de sociedades de objeto múltiple de nueva creación.

62/ISR

(Se deroga).

63/ISR

(Se deroga).

64/ISR

Informe de intereses y enajenación de acciones del sector financiero.

65/ISR

Informe que deberán proporcionar las sociedades que componen el sistema financiero y
los organismos públicos federales y estatales que perciban intereses derivados de los
créditos hipotecarios.

66/ISR

Reporte trimestral sobre los pagos realizados a residentes en el extranjero por concepto
de intereses a la tasa de retención del 4.9 %.

67/ISR

Declaración informativa del monto de las aportaciones percibidas en fondos y cajas de
ahorro.

68/ISR

Aviso de enajenación de acciones derivada de una reestructuración internacional.

69/ISR

Solicitud de autorización para la liberación de la obligación de pagar erogaciones con
transferencia electrónica, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico.

70/ISR

Solicitud de autorización para deducir pérdidas que provengan de la enajenación de otros
títulos valor.

71/ISR

Aviso para no disminuir el costo de adquisición en función de los años trascurridos.

72/ISR

Aviso para deducir pagos por el uso o goce temporal de casa habitación e inversiones en
comedores, aviones y embarcaciones.

73/ISR

Aviso de que las acciones objeto de la autorización no han salido del grupo.

74/ISR

Declaración de depósitos en efectivo.

75/ISR

(Se deroga).

76/ISR

Solicitud para ratificar y/o solicitar la “Clave de Institución Financiera” para la presentación
de declaraciones de depósitos en efectivo.

77/ISR

(Se deroga).

78/ISR

Solicitud de autorización para enajenar acciones a costo fiscal.

79/ISR

(Se deroga).

80/ISR

(Se deroga).

14

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

81/ISR

Solicitud de resolución para deducir intereses por deudas contraídas con partes
relacionadas.

82/ISR

Informe sobre el estímulo fiscal aplicable por los contribuyentes que lleven a cabo
operaciones de maquila.

83/ISR

Aviso por el cual las empresas maquiladoras informan sobre la obtención de ingresos por
enajenación de bienes muebles e inmuebles.

84/ISR

(Se deroga).

85/ISR

Solicitud de autorización para considerar los activos en la proporción en que éstos sean
utilizados en la operación de maquila.

86/ISR

Solicitud de autorización para no aplicar las disposiciones del Título VI, Capítulo I de la Ley
del Impuesto sobre la Renta.

87/ISR

Aviso de continuación de vigencia o de contratación de nuevos financiamientos para
quienes hayan obtenido la autorización a que se refiere la ficha 86/ISR.

88/ISR

(Se deroga).

89/ISR

(Se deroga).

90/ISR

Aviso para asumir la obligación de retener el ISR que, en su caso, corresponda a los
intereses o las ganancias que provengan de las operaciones financieras derivadas de
deuda o de capital que se realicen a través de cuentas globales.

91/ISR

Aviso que presentan los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte
terrestre de carga federal que ejercen la opción de enterar el 7.5 por ciento por concepto
de retenciones de ISR, para quedar relevados de cumplir con la obligación de presentar la
declaración informativa correspondiente al ejercicio 2020.

92/ISR

Aviso que presentan los contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, ganaderas
o de pesca que ejercen la opción de enterar el 4 por ciento por concepto de retenciones de
ISR, para quedar relevados de cumplir con la obligación de presentar la declaración
informativa correspondiente al ejercicio 2020.

93/ISR

Aviso de las sociedades cooperativas de producción que realicen exclusivamente
actividades pesqueras o silvícolas, para dejar de observar el límite de 200 UMA.

94/ISR

Aviso que presentan los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte
terrestre foráneo de pasaje y turismo que ejercen la opción de enterar el 7.5 por ciento por
concepto de retenciones de ISR, para quedar relevados de cumplir con la obligación de
presentar la declaración informativa correspondiente al ejercicio 2020.

95/ISR

(Se deroga)

96/ISR

Aviso de opción para los adquirentes de vehículos de no efectuar la retención a que se
refiere el artículo 126, cuarto y quinto párrafo de la Ley del ISR.

97/ISR

Informe de los convenios celebrados con las donatarias, con las entidades federativas o
con los municipios, para donarles en forma periódica los bienes que hubieran perdido su
valor por deterioro u otras causas.

98/ISR

Informe de bienes que fueron entregados en donación con motivo de la celebración de
convenios con las donatarias, con las entidades federativas o con los municipios, así como
de aquéllos que, en su caso fueron destruidos.

99/ISR

(Se deroga).

100/ISR

Informe sobre el registro con la relación analítica de los conceptos que apliquen contra el
saldo contable de las reservas preventivas globales que tuvieron al 31 de diciembre de
2013, así como el monto del saldo contable de la reserva preventiva global pendiente por
aplicar al inicio y al final del ejercicio de que se trate.

101/ISR

(Se deroga).

102/ISR

(Se deroga).

103/ISR

Informe sobre deducción de reservas preventivas globales.

104/ISR

Informe de la relación analítica de créditos vencidos que sean enajenados.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

15

105/ISR

Aviso sobre la compra de acciones por un fideicomiso de inversión en energía e
infraestructura.

106/ISR

Aviso sobre los fideicomisos de inversión en energía e infraestructura.

107/ISR

Informe para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del
cumplimiento de requisitos tecnológicos del aspirante a emisor y emisor autorizado de
monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos
marítimos, aéreos y terrestres.

108/ISR

Informe para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del
cumplimiento de requisitos tecnológicos del aspirante a emisor y emisor autorizado de
monederos electrónicos de vales de despensa.

109/ISR

(Se deroga).

110/ISR

Aviso de adquisición de negociación RIF.

111/ISR

(Se deroga).

112/ISR

(Se deroga)

113/ISR

(Se deroga).

114/ISR

(Se deroga).

115/ISR

Aviso para prorrogar el plazo de reinversión de las cantidades recuperadas en pérdidas
por caso fortuito o fuerza mayor.

116/ISR

Declaración Informativa de los Regímenes Fiscales Preferentes.

117/ISR

Informe al Programa de Verificación en Tiempo Real.

118/ISR

Declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de
exportación (DIEMSE).

119/ISR

Aviso de control de cambios tecnológicos para emisor autorizado de monederos
electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos
y terrestres.

120/ISR

Aviso para dejar sin efectos la autorización para emitir monederos electrónicos utilizados
en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.

121/ISR

Aviso de control de cambios tecnológicos para emisor autorizado de monederos
electrónicos de vales de despensa.

122/ISR

Aviso para dejar sin efectos la autorización para emitir monederos electrónicos de vales de
despensa.

123/ISR

Aviso de desincorporación del Régimen Opcional para Grupos de Sociedades cuando la
integradora ya no pueda ser considerada como tal o deje de cumplir con requisitos para
serlo.

124/ISR

Autorización para excluir inversiones en activos nuevos de la limitante establecida como
requisito de los fideicomisos de inversión en energía e infraestructura

125/ISR

Aviso para optar por acumular la ganancia derivada de la enajenación de acciones
relacionadas con el desarrollo de inversión en infraestructura.

126/ISR

Aviso para la liberación de la obligación de pagar erogaciones con transferencias
electrónicas, cheque nominativo, tarjeta o monedero electrónico.

127/ISR

Aviso que se debe presentar del Acta de asamblea protocolizada con motivo de la
suscripción y pago de capital, una vez que se enajenan las acciones a costo fiscal.

128/ISR

Informes de transparencia relacionados con donativos recibidos por los sismos ocurridos
en México durante el mes de septiembre de 2017.

129/ISR

Aviso para ejercer la opción para publicar la información relativa al ISR diferido

130/ISR

Aviso previo de ajustes de precios de transferencia realizado en términos de la regla
3.9.1.4., primer párrafo de la RMF.

131/ISR

Declaración Anual Informativa Maestra de partes relacionadas del grupo empresarial
multinacional.

16

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

132/ISR

Declaración Anual Informativa local de partes relacionadas.

133/ISR

Declaración Anual Informativa país por país del grupo empresarial multinacional.

134/ISR

Aviso previo de ajustes de precios de transferencia realizado en términos de la regla
3.9.1.4., segundo párrafo de la RMF.

135/ISR

(Se deroga).

136/ISR

(Se deroga).

137/ISR

Autorización para que sociedades anónimas bursátiles o sociedades anónimas promotoras
de inversión bursátil sean objeto de inversión de un fideicomiso de inversión en energía e
infraestructura.

138/ISR

Autorización para que el remanente del patrimonio de los fideicomisos dedicados a la
adquisición o construcción de inmuebles se invierta en activos permitidos.

139/ISR

Información a que se refiere la fracción IV de la regla 3.21.3.6. de la RMF, para continuar
inscrito en el Registro de Fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de
inmuebles.

140/ISR

Aviso sobre la venta de acciones a un fideicomiso de inversión en energía e
infraestructura.

141/ISR

Aviso del ejercicio de la opción del anticipo del ISR diferido por la aportación de bienes
inmuebles a un fideicomiso dedicado a la adquisición o construcción de inmuebles.

142/ISR

Consulta en términos del artículo 34-A del CFF, realizadas por empresas con programa de
maquila bajo la modalidad de albergue.

143/ISR

Aviso por el que los residentes en el extranjero que realizan operaciones de maquila a
través de una empresa maquiladora de albergue informan que dejan de realizar sus
actividades de maquila.

144/ISR

Aviso para ejercer la opción a que se refiere el artículo 74-B de la Ley del ISR.
Impuesto al Valor Agregado.

1/IVA

Aviso del destino de los saldos a favor del IVA obtenidos por los organismos
descentralizados y concesionarios que suministren agua para uso doméstico.

2/IVA

Solicitud de reintegro de cantidades derivadas del programa de devoluciones de IVA a
turistas extranjeros.

3/IVA

Solicitud de devolución del IVA para misiones diplomáticas y organismos internacionales.

4/IVA

Aviso de exportación de servicios de filmación o grabación.

5/IVA

Avisos que presentan la fiduciaria y los fideicomisarios en el RFC para que la institución
fiduciaria expida comprobantes fiscales por cuenta de los fiduciarios del fideicomiso en el
que participa.

6/IVA

Consulta de claves en el RFC para determinar a sujetos exentos del IVA.

7/IVA

(Se deroga).

8/IVA

Declaración Informativa de operaciones con terceros (DIOT).

9/IVA

Informe de inicio de actividades.

10/IVA

Solicitud de acreditamiento de IVA no retenido.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

1/IEPS

Reporte trimestral de utilización de marbetes y/o precintos (Anexo 6 MULTI-IEPS).

2/IEPS

Solicitud anticipada de marbetes o precintos para importación de bebidas alcohólicas.

3/IEPS

Declaración sobre la lista de precios de venta de cigarros (MULTI-IEPS Anexo 7).

4/IEPS

Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales.

5/IEPS

Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas nacionales
(maquilador).

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

17

6/IEPS

Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas de importación
para adherirse en depósito fiscal (Almacén General de Depósito).

7/IEPS

Solicitud de ministración de marbetes y precintos de importación a los contribuyentes que
en forma ocasional importen bebidas alcohólicas de acuerdo a lo dispuesto en las reglas
1.3.1., 1.3.6. o 3.7.3. de las Reglas Generales de Comercio Exterior.

8/IEPS

Solicitud de ministración de marbetes y precintos de bebidas alcohólicas para adherirse en
el país de origen o en la aduana.

9/IEPS

Aviso de designación del representante legal para recoger marbetes o precintos.

10/IEPS

Aviso de cambio del representante autorizado para recoger marbetes o precintos.

11/IEPS

Solicitud para la sustitución de marbetes o precintos con defectos o la entrega de faltantes.

12/IEPS

Aviso de robo, pérdida, deterioro o no utilización de marbetes o precintos.

13/IEPS

Aviso del control de marbetes o precintos en la importación de bebidas alcohólicas.

14/IEPS

(Se deroga).

15/IEPS

Aviso de terminación anticipada o vigencia del contrato.

16/IEPS

Informe anual del IEPS y consumo por Entidad Federativa (MULTI-IEPS Anexo 8).

17/IEPS

Informe mensual del precio de enajenación de cada producto, del valor y del volumen de
enajenación por marca y del precio al detallista base para el cálculo del impuesto de
tabacos labrados (MULTI-IEPS Anexo 2).

18/IEPS

Informe del reporte trimestral de los registros de cada uno de los dispositivos que se
utilicen para llevar el control físico del volumen fabricado, producido o envasado (MULTIIEPS Anexo 9).

19/IEPS

Informe de los equipos de producción, destilación, o envasamiento (MULTI-IEPS Anexo 3).

20/IEPS

Reporte de inicio o término del proceso de producción, destilación o envasamiento
(MULTI-IEPS Anexos 4 o 5).

21/IEPS

Aviso de adquisición, incorporación, modificación o enajenación de equipos.

22/IEPS

Informe sobre el importe y volumen de compras y ventas (MULTI-IEPS Anexo 1).

23/IEPS

Solicitud de inscripción al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC.

24/IEPS

Aviso de cambio de domicilio o de apertura de lugar donde se fabrican, producen, envasan
o almacenan bebidas alcohólicas.

25/IEPS

Informe trimestral de litros producidos de bebidas con contenido alcohólico y cerveza de
más de 20° GL.

26/IEPS

(Se deroga).

27/IEPS

(Se deroga).

28/IEPS

(Se deroga).

29/IEPS

Aviso por fallas en los sistemas de cómputo.

30/IEPS

Aviso de asignación de clave para producir e importar nuevas marcas de tabacos
labrados.

31/IEPS

Aviso de renovación de la autorización y exhibición de la garantía para operar como
Proveedor de Servicio Autorizado (PSA) para juegos con apuestas y sorteos.

32/IEPS

(Se deroga).

33/IEPS

Solicitud de certificación como Proveedor de Servicios de Códigos de Seguridad en
cajetillas de cigarros.

34/IEPS

(Se deroga).

35/IEPS

Aviso para la actualización de datos del Proveedor de Servicios de Códigos de Seguridad
en cajetillas de cigarros, publicado en el Portal del SAT.

36/IEPS

Solicitud de Códigos de Seguridad para impresión en cajetillas de cigarros.

18

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

37/IEPS

Aviso de interrupción de la comunicación.

38/IEPS

(Se deroga).

39/IEPS

Solicitud de opinión técnica del cumplimiento de requisitos tecnológicos y de seguridad
para solicitar la autorización para operar como proveedor de servicios de códigos de
seguridad para imprimir en las cajetillas de cigarros.

40/IEPS

(Se deroga).

41/IEPS

Aviso exportación definitiva de bienes a que se refiere la fracción I, inciso J) del artículo 2
de la Ley del IEPS.

42/IEPS

Aviso de suscripción, modificación o revocación de contrato de prestación de servicios que
celebren los PSA con Operadores y/o Permisionarios.

43/IEPS

Aviso que deberán presentar los productores, fabricantes e importadores de cigarros y
otros tabacos labrados en el Portal del SAT para poder ingresar solicitudes de códigos de
seguridad.

44/IEPS

Aviso del operador o permisionario que opta por contratar los servicios de un Proveedor de
Servicio Autorizado (PSA).

45/IEPS

(Se deroga).

46/IEPS

Solicitud para obtener folios electrónicos para impresión digital de marbetes para bebidas
alcohólicas.

47/IEPS

Solicitud para informar las medidas de seguridad para la impresión digital de marbetes.

48/IEPS

Solicitud de folios electrónicos para impresión digital de marbetes.

49/IEPS

Reporte de uso de marbetes a través del Formato Electrónico de Marbetes (FEM)
obtenidos, utilizados, destruidos e inutilizados.

50/IEPS

Aviso de cambios tecnológicos para los proveedores de servicio de códigos de seguridad
en cajetillas de cigarros.

51/IEPS

Informe para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del
cumplimiento de requisitos tecnológicos del aspirante a proveedor de servicio de códigos
de seguridad en cajetillas de cigarros.

52/IEPS

Aclaración para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del
cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como
proveedor de servicio de códigos de seguridad en cajetillas de cigarros.

53/IEPS

Aviso de renovación de clave asignadas para producir e importar nuevas marcas de
tabacos labrados.

54/IEPS

Avisos para la actualización de datos de los productores e importadores de tabacos
labrados.

1/ISTUV

(Se deroga).

Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.
Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.
1/ISAN

Informe de clave vehicular de vehículos que serán enajenados.

2/ISAN

Solicitud de asignación de número de empresa para integrar la clave vehicular.

3/ISAN

Solicitud de los caracteres 4o. y 5o. correspondientes al modelo del vehículo para integrar
la clave vehicular.
Ley de Ingresos de la Federación.

1/LIF

Informe que debe presentarse para gozar del estímulo fiscal a que se refiere el artículo 16
de la LIF.

2/LIF

Informe de las altas y bajas que tuvo el inventario de los vehículos que utilicen el diésel
por el que se pagó el IEPS y por los que se realizará el acreditamiento, así como la
descripción del sistema de abastecimiento de dicho combustible.

3/LIF

Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal
que se otorga a los que adquieran o importen diésel o biodiésel y sus mezclas para su
consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente
al transporte público y privado de personas o de carga.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

19

4/LIF

Aviso mediante el cual se otorga un estímulo fiscal a las personas que realicen actividades
empresariales y que para determinar su utilidad puedan deducir el diésel o biodiésel y sus
mezclas que adquieran o importen para su consumo final, siempre que se utilice
exclusivamente como combustible en maquinaria en general.

5/LIF

Aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel en vehículos marinos
propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima posesión.

6/LIF

Aviso sobre la utilización de diésel exclusivamente para el abastecimiento de vehículos
marinos.

7/LIF

Aviso para la aplicación del estímulo fiscal por la utilización de diésel o biodiésel y sus
mezclas en maquinaria propiedad del contribuyente o que se encuentren bajo su legítima
posesión.

8/LIF

Informe de donativos otorgados a organizaciones o fideicomisos no autorizados para
recibir donativos.

9/LIF

Informe de donativos recibidos para la atención de desastres naturales.
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

1/LISH

Declaraciones provisionales mensuales de pago del derecho por la utilidad compartida.

2/LISH

Declaración anual de pago del derecho por la utilidad compartida.

3/LISH

Declaraciones mensuales de pago del derecho de extracción de hidrocarburos.

4/LISH

Declaraciones mensuales de pago del derecho de exploración de hidrocarburos.

5/LISH

(Se deroga).

6/LISH

Envío de la información del registro de los costos, gastos y tipos de hidrocarburos.

7/LISH

Solicitud de devolución de saldos a favor de IVA para contratistas.

8/LISH

Aviso de la notificación de los planes de desarrollo para la extracción de hidrocarburos
aprobados por la Comisión Nacional de Hidrocarburos para la determinación del IAEEH.

9/LISH

Solicitud de devolución del IVA en periodo
precontratistas de la industria de hidrocarburos.

10/LISH

Presentación de la información respecto a las áreas de asignación.

11/LISH

Declaración informativa de operaciones realizadas por cuenta de los integrantes del
consorcio petrolero.

preoperativo

para

contribuyentes

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican,
publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el
DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008.
1/DEC-1

(Se deroga).

2/DEC-1

(Se deroga).

3/DEC-1

(Se deroga).

4/DEC-1

(Se deroga).

5/DEC-1

Aviso de aplicación de los beneficios que confiere el Decreto por el que se establece un
estímulo fiscal a la importación o enajenación de jugos, néctares y otras bebidas.

Del Decreto que otorga facilidades para el pago de los impuestos sobre la renta y al valor agregado
y condona parcialmente el primero de ellos, que causen las personas dedicadas a las artes
plásticas de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares, publicado en el DOF el 31
de octubre de 1994 y modificado el 28 de noviembre de 2006 y 5 de noviembre de 2007.
1/DEC-2

Avisos, declaraciones y obras de arte propuestas en pago de los impuestos por la
enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares.

2/DEC-2

Aviso de las obras de arte recibidas en donación o entregadas a museos para su
exhibición y conservación.

3/DEC-2

Solicitud de prórroga para acudir a recoger las obras de arte plásticas asignadas a
entidades Federativas o a Municipios.

20

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

Del Decreto por el que se fomenta la renovación del parque vehicular del autotransporte, publicado
en el DOF el 26 de marzo de 2015.
1/DEC-3

(Se deroga).

2/DEC-3

(Se deroga).

3/DEC-3

(Se deroga).

4/DEC-3

(Se deroga).

5/DEC-3

(Se deroga).

6/DEC-3

(Se deroga).

7/DEC-3

(Se deroga).

Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas de los
Estados de Campeche y Tabasco, publicado en el DOF el 11 de mayo de 2016.
1/DEC-4

(Se deroga).

2/DEC-4

(Se deroga).

Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios electrónicos
de pago, publicado en el DOF el 08 de noviembre de 2018.
1/DEC-5

Aviso para participar en el sorteo “El Buen Fin” conforme al Decreto por el que se otorgan
estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.

2/DEC-5

Aviso para que se aplique la compensación permanente de fondos que deben presentar
las Entidades Federativas.

3/DEC-5

Presentación

del

comprobante

de

pago

a

la

Secretaría

de

Gobernación

de

aprovechamientos por premios no reclamados conforme al Decreto por el que se otorgan
estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos.
4/DEC-5

Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo
“El Buen Fin”.

5/DEC-5

Entrega de información que deben proporcionar las entidades participantes del sorteo
“El Buen Fin” respecto de los premios pagados por entidad federativa.

6/DEC-5

Se deroga.

Del Decreto por el que establecen estímulos fiscales a la gasolina y el diésel en los sectores
pesquero y agropecuario, publicado en el DOF el 30 de diciembre de 2015.
1/DEC-6

Informe del Padrón de Beneficiarios de Energéticos Agropecuarios y el Padrón de
Beneficiarios de Diésel Agropecuario.

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas
afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 7 de septiembre de 2017, publicado en el DOF el
11 de septiembre de 2017.
1/DEC-7

(Se deroga).

2/DEC-7

(Se deroga).

3/DEC-7

(Se deroga).

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

21

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas
afectadas que se indican por el sismo ocurrido el 19 de septiembre de 2017, publicado en el DOF
el 2 de octubre de 2017.
1/DEC-8

(Se deroga).

2/DEC-8

(Se deroga).

3/DEC-8

(Se deroga).

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas
afectadas que se indican por lluvias severas durante octubre de 2018, publicado en el DOF el 28 de
noviembre de 2018.
1/DEC-9

(Se deroga).

2/DEC-9

(Se deroga).

Del Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, publicado en el DOF el 31 de diciembre de
2018.
1/DEC-10

Solicitud para inscribirse en el Padrón de beneficiarios del estímulo para la región
fronteriza norte.

2/DEC-10

Aviso para darse de baja del Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza
norte.

3/DEC-10

Aclaración para desvirtuar la causa por la que se dejó sin efectos el aviso de inscripción en
el Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte.

4/DEC-10

Aviso para aplicar el estímulo fiscal del IVA en la región fronteriza norte.

5/DEC-10

Aviso para dar de baja el estímulo fiscal del IVA en la región fronteriza norte.

6/DEC-10

Informe al programa de verificación en tiempo real para contribuyentes de región fronteriza
norte.

Del Decreto mediante el cual se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican,
publicado en el DOF el 08 de enero de 2019.
1/DEC-11

Aviso para llevar a cabo la enajenación de acciones emitidas por una sociedad objeto de
inversión o efectuar la fusión entre una sociedad objeto de inversión y una sociedad de
propósito específico para la adquisición de empresas.

Del Decreto mediante el cual se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que se indican,
publicado en el DOF el 08 de enero de 2019.
1/DEC-11

Aviso para llevar a cabo la enajenación de acciones emitidas por una sociedad objeto de
inversión o efectuar la fusión entre una sociedad objeto de inversión y una sociedad de
propósito específico para la adquisición de empresas.
De la prestación de servicios digitales y de intermediación entre terceros

1/PLT

Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que proporcionen
servicios digitales.

2/PLT

Solicitud de generación del Certificado de e.firma para residentes en el extranjero que
proporcionen servicios digitales.

3/PLT

Solicitud de inscripción en el RFC de residentes en el extranjero que presten servicios
digitales de intermediación.

4/PLT

Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones para plataformas que
prestan servicios digitales de intermediación entre terceros.

5/PLT

Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA
e ISR.
Ley Federal de Derechos.

1/DERECHOS Aviso de la determinación del Derecho Extraordinario sobre minería.

22

(Tercera Sección)

I.

Definiciones

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

Para los efectos del presente Anexo se entiende por:
1.

CESD, el Certificado especial de sello digital.

2.

CFDI, el Comprobante Fiscal Digital por Internet o Factura Electrónica.

3.

CFF, el Código Fiscal de la Federación.

4.

CFPC, el Código Federal de Procedimientos Civiles.

5.

CLABE, la Clave Bancaria Estandarizada a 18 dígitos.

6.

CONFIS, las declaraciones informativas de Control Físico.

7.

Contraseña, clave secreta definida por el contribuyente con 8 caracteres alfanuméricos.

8.

Correo electrónico válido, se entenderá que es aquél que sea personal, que no corresponda a un
tercero y que cumpla con las siguientes características:
I.

El número de caracteres de la cuenta (antes de la @) debe ser al menos de 3.

II.

El dominio (a la derecha de la @) debe formarse por palabras de al menos 2 caracteres
separados por 1 punto.

III.

La última palabra después del último punto debe ser de 2 hasta 4 caracteres.

IV.

En el dominio debe de haber al menos 1 punto.

V.

Se permiten letras, números, guiones, excepto caracteres especiales como los acentos,
ñ, !#$%&\’*+-/=?^`{|}~, etcétera.

9.

CSD, el Certificado de sello digital.

10.

CURP, la Clave Única de Registro de Población a 18 posiciones.

11.

DeclaraNOT, la Declaración Informativa de Notarios Públicos y demás Fedatarios.

12.

DIM, Declaración Informativa Múltiple.

13.

DIMM, el Sistema de Declaraciones Informativas por Medios Magnéticos.

14.

DOF, el Diario Oficial de la Federación.

15.

DPA's, derechos, productos y aprovechamientos.

16.

e.firma Portable, medio de autenticación electrónico de los usuarios que cuenten con un Certificado
de e.firma, conformado por la Contraseña y una clave dinámica.

17.

e.firma la Firma Electrónica Avanzada que debe estar vigente.

18.

Escrito libre, aquel que reúne los requisitos establecidos por los artículos 18 y 18-A del CFF.

19.

FCF, el Formato para pago de contribuciones federales.

20.

FED, el Formato Electrónico de Devoluciones.

21.

GIIN, Número de Identificación de Intermediario Global por sus siglas en inglés Global Intermediary
Identification Number.

22.

IAEEH, el Impuesto por la Actividad de Exploración y Extracción de Hidrocarburos.

23.

IDE, el impuesto a los depósitos en efectivo.

24.

IDE-A, Declaración anual de Depósitos en Efectivo.

25.

IDE-M, Declaración mensual de Depósitos en Efectivo.

26.

IEPS, el impuesto especial sobre producción y servicios.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

27.

IETU, el impuesto empresarial a tasa única.

28.

INPC, el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

29.

ISAN, el impuesto sobre automóviles nuevos.

30.

ISR, el impuesto sobre la renta.

31.

ISTUV, el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos.

32.

IVA, el impuesto al valor agregado.

33.

LFD, la Ley Federal de Derechos.

(Tercera Sección)

23

34. LGSM, la Ley General de Sociedades Mercantiles.
35.

LIF, la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019.

36.

LISH, Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

37.

LSEM, la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

38.

Oficinas del SAT: las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente adscritas a la
Administración General de Servicios al Contribuyente.

39.

OV, el Órgano Verificador para garantizar y verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del
PSA.

40.

Portal del SAT y de la Secretaría, www.sat.gob.mx y www.shcp.gob.mx, respectivamente.

41.

PSA, el Proveedor de Servicio Autorizado para juegos con apuestas y sorteos.

42.

Reglamento de la LFPIORPI, Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

43.

RFA, la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la
misma se señalan para 2020.

44.

RFC, el Registro Federal de Contribuyentes.

45.

RIF, el Régimen de Incorporación Fiscal.

46.

RMF, la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

47.

SAT, el Servicio de Administración Tributaria y por RISAT, el Reglamento Interior del Servicio de
Administración Tributaria.

48.

Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

49.

SEM, el Servicio Exterior Mexicano.

50.

SRE, la Secretaría de Relaciones Exteriores.

51.

SIPRED, el Sistema de Presentación del Dictamen de estados financieros para efectos fiscales.

52.

UMA, la Unidad de Medida y de Actualización.

1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes
Para efectos de este Anexo se entenderá, salvo que se señale en el mismo lo contrario, por:
A.

Identificación oficial, cualquiera de las siguientes:

1.

Credencial para votar vigente, expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal
Electoral).

2.

Pasaporte vigente.

3.

Cédula profesional vigente.

4.

Licencia de conducir vigente y en el caso de menores de edad permiso para conducir vigente.

24

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

5.

En el caso de menores de edad, la credencial emitida por Instituciones de Educación Pública o
Privada con reconocimiento de validez oficial con fotografía y firma, o la Cédula de Identidad
Personal emitida por el Registro Nacional de Población de la Secretaría de Gobernación vigente.

6.

Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores vigente.

7.

Tratándose de extranjeros, documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad
competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio).

B. Comprobante de domicilio, cualquiera de los siguientes documentos:
1.

Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema
financiero, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que se
exhiba pagado.

2.

Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente, el mismo no deberá tener una
antigüedad mayor a 4 meses, tratándose de recibo anual deberá corresponder al ejercicio en curso,
no será necesario que se exhiba pagado.

3.

Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre
del contribuyente, el mismo no deberá tener una antigüedad mayor a 4 meses, no será necesario que
se exhiban pagados.

4.

Última liquidación a nombre del contribuyente del Instituto Mexicano del Seguro Social.

5.

Contratos de:
a)

Arrendamiento o subarrendamiento suscritos por el contribuyente, en ambos casos, el
arrendador o subarrendador deberá estar inscrito y activo en el RFC, y cuando el arrendador o
subarrendador sea una persona física tendrá que estar inscrito en el Régimen de
Arrendamiento y adjuntar al contrato copia simple de su identificación oficial.
En este caso, el contrato de arrendamiento deberá cumplir con las formalidades requeridas por
las disposiciones legales tales como nombre y firma de las partes que lo suscriben, el objeto del
contrato, las cláusulas y declaraciones a las que se sujetaran, por mencionar algunas.

b)

Prestación de servicios a nombre del contribuyente, en el que se incluya el uso de una oficina o
espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de 6 meses, acompañado del recibo de pago
que cumpla con los requisitos fiscales.

c)

Fideicomiso formalizado ante Fedatario Público.

d)

Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no deberá tener una
antigüedad mayor a 3 meses.

e)

Servicio de luz, teléfono o agua suscrito por el contribuyente, que no tenga una antigüedad
mayor a 2 meses.

6.

Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los Gobiernos Estatal,
Municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una
antigüedad mayor a 4 meses.

7.

Comprobante de alineación y número oficial emitido por el Gobierno Estatal, Municipal o su similar en
la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante deberá contener el domicilio
fiscal, con una antigüedad no mayor a 4 meses.

8.

Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad
de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante deberá contener el domicilio fiscal, con
una antigüedad no mayor a 4 meses, tratándose de pago anual deberá corresponder al ejercicio en
curso, no será necesario que se exhiban pagados.

Sábado 28 de diciembre de 2019
9.

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

25

En el caso de los asalariados y de los contribuyentes sin actividad económica, la credencial para
votar emitida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral) vigente.

10.

En el caso de inscripción en el RFC de personas morales extranjeras, podrán presentar la
Autorización de Oficina de Representación o Toma de Nota de Domicilio, expedidas por la Secretaría
de Economía, siempre que éstas contengan la información del domicilio en donde se llevarán a cabo
las actividades económicas. Este documento deberá ser expedido a nombre de la persona moral.

11.

Cédula de empadronamiento de mercados públicos expedida a nombre del contribuyente,
acompañada del formato de pago de derechos más reciente, el cual deberá exhibirse pagado.
Para los trámites que realicen las personas físicas, los comprobantes de domicilio podrán estar a
nombre de un tercero, excepto los previstos en los numerales 1, 4, 5 incisos c) y d) y 6 del presente
apartado, siempre y cuando cumplan con los requisitos respectivos.
La autoridad fiscal podrá aceptar para el trámite de inscripción en el RFC de una persona moral los
comprobantes de domicilio establecidos en los numerales 1, 2, 3, 5 incisos a), b), d) y e) del presente
apartado que se encuentren a nombre de uno de los socios o accionistas, siempre y cuando cumplan
con los requisitos previstos en dichos numerales, para cualquier otro trámite los comprobantes de
domicilio deberán estar a nombre de la persona moral.

C. Poderes, alguno de los siguientes documentos:
1.

Poder general para pleitos y cobranzas
Se entiende como el conferido sin limitación para realizar toda clase de gestiones de cobro que no
impliquen el ejercicio de actos de dominio o de administración, así como para atender controversias
(pleitos) a nombre de un poderdante, excepto que conforme a las disposiciones fiscales se requiera
una cláusula especial, a fin de defender algún interés jurídico. No aplicará para realizar trámites en el
RFC.

2.

Poder general para actos de administración
Se otorga para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas y será admisible
para efectuar cualquier trámite fiscal ante el SAT siempre y cuando se trate de gestiones
patrimoniales que no se traduzcan en la enajenación de la empresa o del bien otorgado para su
administración. No aplicará para ofrecer garantías o sustituirlas, designar bienes para embargo o
para sustituirlos, ni en los trámites de inicio de liquidación o liquidación total del activo.

3.

Poder general para ejercer actos de dominio
Se entiende como el conferido sin limitación alguna para que el apoderado tenga las facultades de
dueño y aplica para cualquier tipo de trámite fiscal, incluyendo aquellos actos jurídicos que pueden
realizarse con los poderes para actos de administración de bienes o para pleitos y cobranzas.

4.

Poderes especiales
Son aquellos que se otorgan cuando se quisiere limitar las facultades de los apoderados, es decir, se
consignarán las limitaciones.

1.3. Documentos públicos emitidos en el extranjero
Tratándose de documentos públicos emitidos por autoridades extranjeras, los mismos siempre
deberán presentarse legalizados o apostillados y acompañados, en su caso, de traducción al idioma
español por perito autorizado.

26

(Tercera Sección)

II.

Trámites

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

Código Fiscal de la Federación
1/CFF Consulta sobre opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.
Trámite
Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Gratuito
Las personas que quieran ser proveedores de cualquier autoridad, ente
público, entidad, órgano u organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y
Pago de derechos
Judicial, de la Federación, de las entidades federativas y de municipios,
Costo:
$
órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos, así como
cualquier persona física, moral o sindicato que reciban y ejerzan recursos
públicos federales, o ser beneficiarios/beneficiarias de estímulos y subsidios;
para realizar un trámite fiscal o de comercio exterior u obtener una
autorización en materia de impuestos.

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?
Personas físicas y morales.

¿Cuándo se presenta?
Cuando lo requiera.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT,
https://www.sat.gob.mx

a

través

de

buzón

tributario:

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
1. Ingrese a la siguiente ruta si es persona física: https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20777/consulta-tu-opinion-decumplimiento-de-obligaciones-fiscales
o
si
es
persona
moral
ingrese
a
la
siguiente:
https://www.sat.gob.mx/consultas/login/20430/consulta-tu-opinion-de-cumplimiento-de-obligaciones-fiscales-para-tu-empresa
2. Capture su RFC y su e.firma o Contraseña, seguido de Enviar.
3. De clic en el recuadro de “Consulta” y genere su informe de “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales”.
4. Imprima y conserve el Informe de opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
¿Qué requisitos debo cumplir?
No requiere presentar documentación.
¿Con qué condiciones debo cumplir?
Contar con Contraseña y e.firma.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

Trámite conclusivo.

No aplica.
Resolución del Trámite o Servicio



Positiva. - Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en
los numerales 1 a 10 de la regla 2.1.39.



Negativa. - Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los
numerales 1 a 10 de la regla 2.1.39.



Inscrito sin obligaciones. - Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC, pero no tiene obligaciones fiscales.

La obtención de la opinión es de forma inmediata y en línea; y no constituye resolución en sentido favorable.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite
información adicional

Plazo máximo para cumplir con
la información solicitada

Trámite conclusivo.

No aplica.

No aplica.
¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.



3 meses contados a partir del día de su emisión tratándose
del otorgamiento de subsidios o estímulos, siempre que la
opinión del cumplimiento sea positiva o inscrito sin
obligaciones fiscales, o bien



30 días naturales a partir de la fecha de emisión tratándose
de trámites fiscales, o autorizaciones en materia de
impuestos internos, comercio exterior, siempre que la
opinión del cumplimiento sea positiva.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

27

CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas

Quejas y denuncias



MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.



Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.




Correo electrónico: [email protected]



En el Portal del SAT:

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios



En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos
SARE, el horario de atención se adapta, por lo que
puede ser de 8:30 h hasta las 14:30 h.



Vía Chat: http://chatsat.mx/

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia



Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

Información adicional
No aplica.
Fundamento jurídico
Arts. 17-D, 32-D CFF; Reglas 2.1.30., 2.1.31., 2.1.39., 2.1.40 RMF.

2/CFF Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Trámite

Descripción del Trámite o Servicio

Servicio

Cuando su opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias
con las que no esté de acuerdo.

Monto
Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?
Personas físicas y morales.

¿Cuándo se presenta?
Cuando lo requiera.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal o a través de buzón
tributario.


Mi portal:
https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/Auth
Login/showLogin.action



Buzón tributario: www.sat.gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?


Portal del SAT:
1. Ingrese a la aplicación Mi portal con su RFC y Contraseña, seguido de iniciar sesión.
2. Seleccione sucesivamente las opciones: Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud.
3. Llene los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aclaración, eligiendo en el apartado de trámite una
de las siguientes etiquetas:


“RFC opinión del cumpl”, tratándose de aclaraciones de la situación fiscal en el padrón del RFC.



“Créditos (opinión del cumplim)”, tratándose de créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantías.



“Dec opinión del cumpl”, tratándose de presentación de declaraciones.



“Opinión del cumpl cero/CFDI”, tratándose de declaraciones presentadas en cero, pero con CFDI emitido.



“Opinión del cumpl 69-B CFF”, tratándose del listado definitivo del artículo 69-B cuarto párrafo del CFF.

4. En su caso, adjunte los archivos digitalizados en (.zip) que requiera para la presentación del trámite.
5. Envíe su trámite al SAT e imprima y conserve el acuse de recibo electrónico.


Buzón tributario:
1. Ingrese al Portal del SAT, en la parte superior derecha elija la opción buzón tributario.
2. Capture su RFC y su e.firma o Contraseña, seguido de enviar.
3. Elija el trámite que desea realizar, llenando los datos solicitados en el formulario electrónico.
4. En su caso, adjunte los archivos digitalizados en (.zip) que requiera para la presentación del trámite.
5. Envíe su trámite al SAT y obtenga el acuse de recibo electrónico.

28

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

¿Qué requisitos debo cumplir?
Adjuntar archivo digitalizado del soporte de la aclaración.
¿Con qué condiciones debo cumplir?


Contar con Contraseña.



Contar con e.firma, en caso de presentar el trámite por buzón tributario.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

Con el número de folio de su aclaración, a través de Mi No aplica.
portal, en el apartado de Consulta.

Resolución del Trámite o Servicio
Respuesta a su aclaración considerando que el sentido puede ser procedente o improcedente.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el Trámite o

Plazo máximo para que el

Plazo máximo para cumplir con

Servicio

SAT solicite información

la información solicitada

adicional
6 días hábiles.

Dentro del plazo de los 6 días

10 días hábiles.

hábiles.
¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Servicio?


Acuse de recibo de aclaración.



Cuando es procedente la aclaración, la opinión del

No aplica.

cumplimiento.
CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas



Quejas y denuncias

MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para



Estados Unidos y Canadá.



para otros países.

Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de




lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.



En el Portal del SAT:

denuncia


En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-o-

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios

Correo electrónico: [email protected]

Denuncias.

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03

Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

SARE, el horario de atención se adapta, por lo que
puede ser de 8:30 h hasta las 14:30 h.



Vía Chat: http://chatsat.mx/
Información adicional

El trámite es completamente en línea.
Fundamento jurídico
Art. 17-D CFF, Regla 2.1.39. RMF.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

29

3/CFF Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas con CURP
Trámite

Descripción del Trámite o Servicio

Servicio

Podrás inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) utilizando
únicamente tu CURP

Monto
Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?



Personas físicas a partir de 18 años de edad cumplidos
que cuenten con CURP y requieran inscribirse en el RFC
con o sin obligaciones fiscales.



Personas físicas menores de edad a partir de los 16 años Cuando lo requiera.
que cuenten con CURP y presten exclusivamente un
servicio personal subordinado (salarios) desde su
inscripción y hasta que cumplan 18 años.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO



Ingresa al Portal del SAT:



Selecciona el apartado “Trámites del RFC” y posteriormente la opción “Obtén tu RFC con la Clave Única de Registro de
Población (CURP)”



Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información.
¿Qué requisitos debo cumplir?

No requiere presentar documentación.
¿Con qué condiciones debo cumplir?
Contar con CURP.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación
para emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?
Trámite conclusivo

No

Resolución del Trámite o Servicio
Al confirmar la solicitud, obtiene la cédula de identificación fiscal con la clave de RFC que le fue asignada.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio
Trámite conclusivo.

Plazo máximo para que el SAT solicite
información adicional
Trámite conclusivo.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
Solicitud de inscripción
Contribuyentes.



Acuse único de inscripción al Registro Federal de
Contribuyentes que contiene Cédula de Identificación
Fiscal y código de barras bidimensional (QR).

Registro

Federal

Trámite conclusivo.

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?



al

Plazo máximo para cumplir
con la información solicitada

de Indefinido.

30

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas

Quejas y denuncias



MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.



Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.




Correo electrónico: [email protected]



En el Portal del SAT:

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios



En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos SARE,
el horario de atención se adapta, por lo que puede ser de
8:30 h hasta las 14:30 h.

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia



Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

Vía Chat: http://chatsat.mx/
Información adicional


Llenar el formulario electrónico de inscripción que se encuentra en el Portal del SAT, proporcionando los datos que se
solicitan.



Si te inscribiste con obligaciones fiscales, deberás acudir a cualquier ADSC o Módulo de Servicios Tributarios, dentro de los
treinta días siguientes para tramitar la Contraseña o e.firma, o bien, tratándose de contribuyentes del RIF, tramitarlas de
conformidad con lo establecido en las fichas de trámite 105/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma” y
7/CFF “Solicitud de generación y actualización de la Contraseña”.



No deberán acudir los contribuyentes que por su régimen o actividad económica no estén obligados a expedir
comprobantes fiscales.
Fundamento jurídico

Arts. 27 CFF; 22 Reglamento del CFF; Reglas 2.4.6., 2.4.14.. RMF.

4/CFF Informe de fideicomisos del sector financiero
Trámite

Descripción del Trámite o Servicio

Servicio

Las persona morales que participen como fiduciarias en fideicomisos en los que
se generen ingresos, deberán de presentar información relacionada con cada
uno de dichos fideicomisos.

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

Monto
Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Cuándo se presenta?

Personas morales: organizaciones e instituciones del sector
Cada año, a más tardar el 15 de febrero.
financiero y los órganos públicos federales y estatales.
¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT,
https://www.sat.gob.mx

a

través

de

buzón

tributario:

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
Para presentar la declaración informativa deberá:
1.

Ingrese al Portal del SAT, elija Empresas, seleccione la opción “Declaraciones”, seguido de “Informativas”, elija “Presenta tu
información de fideicomisos del sector financiero”.

2.

Descargue el programa validador de fideicomisos, localizado en el apartado de contenidos relacionados.

3.

Concentre la información en un archivo de texto.

4.

Encripte el archivo y fírmelo con su e.firma vigente.

5.

Copie el archivo sin extensión .txt en un disco compacto y etiquételo con su RFC, el tipo de información que presenta y el
ejercicio que reporta.

6.

Entregue la información ante la Administración Central de Declaraciones y Pagos de la Administración General de
Recaudación, ubicada en “Torre Caballito”, Avenida Reforma, Número 10, Piso 18, Colonia Tabacalera, Alcaldía
Cuauhtémoc, C.P. 06030, Ciudad de México.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

31

¿Qué requisitos debo cumplir?


Presentar escrito libre en dos tantos, el cual deberá tener por lo menos los siguientes requisitos:


La denominación o razón social y el domicilio fiscal manifestado en su clave del RFC.



Señalar la autoridad a la que se dirige y el propósito de la promoción.



La dirección de correo electrónico para recibir notificaciones.

La entrega de la información debe realizarse a través de la(s) persona(s) facultada(s) por las organizaciones obligadas,
para tal efecto.


Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo (original).



Generar dos archivos, uno con extensión .txt y otro sin extensión, este último se debe guardar en disco compacto.

Aún y cuando se haya enviado la información en ejercicios anteriores se deberá, enviar a la cuenta de correo electrónico
[email protected] la siguiente información de las personas facultadas:


Nombre(s) de la(s) persona(s) facultada(s).



Imagen escaneada por ambos lados de la identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado
de Definiciones de este Anexo (en formato jpeg o gif con resolución de 300x300 ppp).
¿Con qué condiciones debo cumplir?

Contar con e.firma y con Contraseña, en caso de que el trámite se presente por buzón tributario.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?
Trámite conclusivo.

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?
No aplica.

Resolución del Trámite o Servicio
Acuse de recibo de la declaración.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio
Trámite conclusivo.

Plazo máximo para que el SAT solicite
información adicional
No aplica

No aplica
¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
Acuse de recibo de la declaración.

Plazo máximo para cumplir con
la información solicitada

Un año
CANALES DE ATENCIÓN

Consultas y dudas

Quejas y denuncias



MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.



Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.




Correo electrónico: [email protected]



En el Portal del SAT:

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios



En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos SARE,
el horario de atención se adapta, por lo que puede ser de
8:30 h hasta las 14:30 h.



Vía Chat: http://chatsat.mx/

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia



Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

Información adicional


Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información
disponible en el buzón tributario, el mismo deberá presentarse ante la Administración Central de Declaraciones y Pagos, de
conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF



Descargue el programa validador del ejercicio a informar y deberás abrirlo con la contraseña vigente.



La entrega de la información del año anterior, se debe realizar a más tardar el 15 de febrero de cada año y con
posterioridad estará disponible la recepción de información extemporánea durante todo el año.
Fundamento jurídico

Arts. 18, 19, 32-B, fracción VIII CFF; Reglas 1.6., 2.2.6., 2.1.29. RMF.

32

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

5/CFF Solicitud para la entrega del monto pagado por la adquisición de bienes que no pueden entregarse al postor.
Trámite
Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Solicitar a la autoridad fiscal la entrega del monto pagado por la adquisición de
Gratuito
bienes rematados que no le pueden ser entregados por existir impedimento
Pago de derechos
jurídico para ello.
Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

Personas que participaron como postores en una subasta de Dentro de los seis meses siguientes, a partir de la fecha en que
bienes del SAT y resultaron ganadores durante el remate, el SAT informe sobre la imposibilidad de la entrega de los
pero no fue posible entregarles los bienes adquiridos.
bienes.


¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través del buzón tributario:
https://www.sat.gob.mx
En las oficinas del SAT, previa cita generada:
• En el Portal del SAT:
https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx
• En la aplicación para celular: SAT Móvil.
• Portal gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
Portal del SAT:
1. Ingresa a la sección Trámites, captura tu RFC y Contraseña en "Mi Portal", seguido de Iniciar Sesión.
2. Selecciona sucesivamente las opciones: Servicios por Internet / Servicio o solicitudes / Solicitud.
3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aviso, indicando el trámite a realizar.
4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneados.
5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
Presencial:
1. Agenda una cita en la Oficina del SAT de tu preferencia.
2. Acude el día y la hora elegidas, con la documentación del trámite.
2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
3. Recibe y conserva el escrito libre sellado, como acuse de recibo.
¿Qué requisitos debo cumplir?








Escrito de solicitud de pago en el que se señale:
• Nombre, denominación o razón social del postor.
• Clave del RFC a 13 posiciones para persona física, o 12 posiciones las personas morales, si se trata de
contribuyentes.
• El número de la subasta.
• El número de cuenta bancaria para el pago.
• El nombre de la Institución de crédito.
• Fecha.
• Domicilio fiscal.
• Clave interbancaria (CLABE).
• Importe solicitado.
En caso de ser representante legal, deberá manifestar bajo protesta de decir verdad que no le han sido revocadas dichas
facultades.
Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo. (En caso de
trámite presencial, copia simple y original para cotejo).
Poder notarial. Para trámite presencial, presentar copia simple y original o copia certificada para cotejo.
Carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario u otro Fedatario
Público. En caso de realizar el trámite de manera presencial, presentar copia simple y original para cotejo.
Estado de cuenta bancario del postor ganador, con antigüedad no mayor a tres meses, y de no contar con él, carta
membretada de la institución de crédito que contenga la siguiente información:
• Nombre de la institución de crédito.
• Número de sucursal.
• Clave Interbancaria (CLABE).







Clave del RFC a 13 posiciones para persona física o 12 posiciones las personas morales, si se trata de
contribuyentes. En caso de no contribuyentes, el RFC deberá cubrir las 13 posiciones, por ello es necesario solicitar
a la institución de crédito agregar tres ceros al final de dicho campo.
Nombre, denominación o razón social del titular de la cuenta.
Domicilio del titular de la cuenta, donde se aprecie calle, número, (interior y/o exterior), colonia, municipio, entidad
federativa y código postal.
Número de Plaza (cuatro dígitos).
Número de cuenta bancaria.

Sábado 28 de diciembre de 2019


DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

33

Contrato de apertura de la cuenta bancaria, de no contar con él, carta membretada de la institución de crédito en la que
se solicita el depósito que contenga y la información que se muestra a continuación.
• Fecha de apertura.
• Clave Interbancaria (CLABE).
• Nombre de la institución de crédito.
• Número de sucursal.
• Nombre, denominación o razón social del titular de la cuenta.
• Domicilio del titular de la cuenta, donde se aprecie calle, número (interior y/o exterior), colonia, municipio, entidad
federativa y código postal.
• Número de Plaza (cuatro dígitos).
• Número de cuenta bancaria.
• Clave del RFC a 13 posiciones para persona física o 12 para personas morales, si se trata de contribuyentes.
En caso de trámite presencial, llevar copia simple y original para cotejo).
Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México.
• Documento migratorio vigente que corresponda.
Certificado de Matricula Consular, expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o por la Oficina Consular de la
circunscripción donde se encuentre el connacional.




¿Con qué condiciones debo cumplir?




Contar con CURP, en caso de personas físicas.
Contar con Contraseña.
Contar con e.firma, en caso de que el trámite se presente por buzón tributario.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?



¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

Presencial: Mediante solicitud ante la autoridad que No.
presentó el trámite.
En línea: Será a través de Mi portal, con el número de
folio de la solicitud.
Resolución del Trámite o Servicio

Acuse de recibo.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite
información adicional

2 meses contados a partir de que cumplió con la 2 meses
totalidad de los requisitos.

Plazo máximo para cumplir
con la información solicitada
10 días

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.
CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas

Quejas y denuncias



MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.



Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.




Correo electrónico: [email protected]



En el Portal del SAT:

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios



En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos SARE,
el horario de atención se adapta, por lo que puede ser de
8:30 h hasta las 14:30 h.



Vía Chat: http://chatsat.mx/



SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.

Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

Información adicional
Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponible en
el buzón tributario, deberá presentarse en el Portal del SAT o de forma presencial, de conformidad con lo establecido en la regla
1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.
Fundamento jurídico
Art. 188-Bis CFF; Reglas 1.6., 2.2.6., 2.16.7. RMF.

34

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

6/CFF Solicitud de constancia de residencia para efectos fiscales.
Trámite
Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Solicitar oficio en el que la autoridad fiscal haga constar que el contribuyente es
residente fiscal en México para efectos de los Acuerdos, Convenios y/o Tratados
vigentes para evitar la doble imposición y la evasión fiscal suscritos por los Estados
Unidos Mexicanos, por un ejercicio o periodo determinado.

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?
Personas físicas y morales.

Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Cuándo se presenta?
Cuando el contribuyente requiera acreditar su residencia fiscal
en otro país con el que México tenga celebrado un Acuerdo,
Convenio y/o Tratado vigente para evitar la doble tributación.

¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT, a través de Mi portal:
https://portalsat.plataforma.sat.gob.mx/SATAuthenticator/AuthLo
gin/showLogin.action

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
1. Ingrese a la aplicación Mi portal, con su RFC y Contraseña, seguido de iniciar sesión.
2. Seleccione los apartados de: Servicios por Internet / Aclaraciones/ Solicitud.
3. Llene los datos solicitados por el formulario electrónico servicio de aclaración, eligiendo el trámite.
4. En su caso, adjunte los archivos correspondientes con los documentos del trámite.
5. Envíe el trámite al SAT e imprima y conserve el acuse de recibo electrónico.
6. Espere respuesta por parte de la autoridad.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Al presentar su solicitud en el Portal del SAT:


Manifestar bajo protesta de decir verdad que el contribuyente no cuenta con residencia para efectos fiscales en otro país.



Señalar el periodo por el cual se requiere la Constancia de Residencia para Efectos Fiscales de acuerdo con lo siguiente:
a) Por el ejercicio fiscal inmediato anterior.
b) Hasta por 5 ejercicios fiscales inmediatos anteriores a la fecha de la solicitud.
En el supuesto de los contribuyentes que hubiesen estado obligados conforme al régimen establecido en la Ley del
ISR, deberán tener presentada la declaración anual del ejercicio que se trate.
c)

Cuando se trate de un ejercicio fiscal que no ha concluido, solamente se emitirá por el periodo que solicita el
contribuyente hasta la fecha de presentación de la solicitud de la constancia y, en caso de estar obligado, deberán
tener presentadas las declaraciones de pagos provisionales a cuenta del ISR del ejercicio en el que se requiere la
constancia.

d) Tratándose de contribuyentes que inicien actividades se expedirá hasta la fecha de presentación de la solicitud de la
constancia.


Anexar la Constancia de Percepciones y/o Retenciones las personas físicas que presten servicios personales subordinados
cuando aplique.
¿Con qué condiciones debo cumplir?



Que el contribuyente se encuentre con estatus de activo en el RFC.



Contar con opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva.



Que el contribuyente no se encuentre registrado sin obligaciones fiscales.



Que el estado del domicilio fiscal y del contribuyente sea distinto a no localizado.



No ubicarse en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF.



Contar con Contraseña.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO

¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

Con el número de folio de su aclaración, a través de Mi
portal, en el apartado de Consulta.

No aplica.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

35

Resolución del Trámite o Servicio
En caso de que la solicitud sea procedente: oficio de Constancia de Residencia para Efectos Fiscales.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el Trámite o
Servicio

Plazo máximo para que el
SAT solicite información
adicional

8 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en No aplica.
que se presente la solicitud
¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?




Plazo máximo para cumplir con
la información solicitada
No aplica.

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Acuse de recibo.
Dependerá del ejercicio o periodo por el que el contribuyente
solicitó la constancia de residencia para efectos fiscales.
Acuse de respuesta.
En caso de que la solicitud sea procedente: oficio de
Constancia de Residencia para Efectos Fiscales.
CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas







Quejas y denuncias

MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para •
Estados Unidos y Canadá.
Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en •
diversas ciudades del país, en un horario de atención de •
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios

En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos SARE,
el horario de atención se adapta, por lo que puede ser de
8:30 h hasta las 14:30 h.
Vía Chat: http://chatsat.mx/

Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.
Correo electrónico: [email protected]
SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.
En el Portal del SAT:
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-quejao-denuncia
Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

Información adicional






Para el caso de personas físicas que presten servicios personales subordinados, se revisarán los Comprobantes Fiscales
correspondientes, a fin de verificar que no se encuentren cancelados.
En caso de contribuyentes que obtengan ingresos provenientes del extranjero por servicios personales subordinados, se
revisará que tengan presentadas las declaraciones provisionales correspondientes, conforme a lo dispuesto por el artículo
96, último párrafo de la Ley del ISR.
El oficio de Constancia de Residencia para Efectos Fiscales es emitido con la firma electrónica del funcionario emisor, por lo
que, en caso de necesitar el trámite de apostilla, deberá solicitarse copia certificada de dicho oficio.
Los archivos digitalizados deberán comprimirse en formato de almacenamiento .zip y anexarlos al caso de aclaración.
Fundamento jurídico

Arts. 9 CFF; 96 Ley del ISR; Regla 2.1.3. RMF.
7/CFF Solicitud de generación y actualización de la Contraseña.
Trámite
Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Te permite generar y actualizar la Contraseña para ingresar a los servicios
electrónicos del SAT.

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?
Personas físicas y morales.
¿Dónde puedo presentarlo?

Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Cuándo se presenta?
Cuando lo requiera.







A través del Portal del SAT:
Personas
físicas:
https://www.sat.gob.mx/tramites/38517/generacion-yactualizacion-de-contrasena-para-persona-fisica
Personas
Morales:
https://www.sat.gob.mx/tramites/38429/generacion-decontrasena-con-e.firma-para-pm
Las personas físicas también podrán solicitarla en las oficinas del SAT, en los
Módulos de Servicios Tributarios, sin previa cita o a través de la aplicación para
celular: SAT Móvil.
Los residentes en el extranjero que realicen operaciones de maquila a través de
una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue, deberán
solicitarla en cualquier Oficina del SAT o en los Módulos de Servicios Tributarios.

36

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
En linea Personas Fisicas:


Ingrese al Portal del SAT https://www.sat.gob.mx



Dentro del apartado Personas seleccione las opciones: Otros trámites y servicios / Identificación y firmado electrónico.



Elija la opción Genera y Actualiza tu contraseña.



De clic en el botón Iniciar.



Seleccione la opción de acuerdo a tu situación, si cuenta o no con e.firma.



Ingrese su RFC.



Capture el código captcha.



Elija el correo electrónico que tiene dado de alta en el SAT al que le llegará una ruta para que continúe con la
presentación del trámite.



Ingrese a la ruta enviada a su correo electrónico.



Llene el formulario electrónico.



Imprima y conserve su comprobante de Generación o Actulización de Contraseña.

En linea Personas Morales:


Ingrese al Portal del SAT https://www.sat.gob.mx



Dentro del apartado Empresas, seleccione las opciones: Otros trámites y servicios / Identificación y firmado electrónico.



Seleccione la opción Genera y Actualiza tu contraseña.



De clic en el botón Iniciar.



Capture y confirme su RFC.



Ingrese los datos de su e.firma.



Cree su Contraseña.



Imprima y conserve su comprobante de Generación o Actulización de Contraseña.

Presencial para Personas Fisicas y residentes en el extranjero que realicen operaciones de maquila a través de una empresa
con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue


Acuda a la Oficina del SAT de su preferencia o Módulo de Servicios Tributarios, para este servicio no se requiere cita
previa.



Presente la documentación e información señalada en el apartado requisitos.



Reciba y conserve el acuse de Generación o Actualización de Contraseña.
¿Qué requisitos debo cumplir?

1.

Personas físicas:
El representante legal deberá contar previamente con Certificado de e.firma y presentar alguna identificación oficial vigente
de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo.
Si cuenta con e.firma y en las Oficinas del SAT o en los Módulos de Servicios Tributarios está disponible el servicio de
validación de huella dactilar, se podrá omitir la presentación de la identificación.
Únicamente en los siguientes supuestos se podrá designar a una persona física como representante legal para realizar el
trámite:
a) Menores de edad:
La persona física que ejerza la patria potestad o tutela del menor, deberán presentar:


Copia certificada del acta de nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil u obtenida en el Portal
www.gob.mx/actas (Formato Único), Cédula de Identidad Personal, expedida por la Secretaría de Gobernación a
través del Registro Nacional de Población o resolución judicial o, en su caso, original del documento emitido por
fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela.



Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de este Anexo, de la
persona física que funja(n) como representante(s) del menor.



Manifestación por escrito de conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor,
acompañado de la copia simple de una identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de
Definiciones de este Anexo, del padre que no actuará como representante legal. En los casos en que, el acta de
nacimiento, la resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad se
encuentre señalado solamente un padre, no será necesario presentar este requisito.

b) Personas físicas con incapacidad legal judicialmente declarada:


Original o copia certificada y copia simple de la resolución judicial definitiva, en la que se declare la incapacidad de la
o el contribuyente, e incluya la designación de la tutora o tutor.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

37

c) Contribuyentes en apertura de sucesión:


Original o copia certificada del documento en el cual conste el nombramiento y aceptación del cargo de albacea
otorgado mediante resolución judicial o en documento notarial, conforme a la legislación de la materia.

d) Contribuyentes declarados ausentes:


Original de la resolución judicial en la que conste la designación como representante legal y se manifieste la
declaratoria especial de ausencia de la o el contribuyente.



Manifiesto bajo protesta de decir verdad, en el cual se indique que la situación de ausencia de la o el contribuyente no
se ha modificado a la fecha.

e) Contribuyentes privados de su libertad:


Original o copia certificada del acuerdo, auto o resolución que acredite la privación de la libertad de la o el
contribuyente y/o la orden de arraigo firmada por Jueza o Juez.



La o el representante legal deberá acreditar su calidad con un poder general para actos de dominio o de
administración otorgado ante fedatario público.

f) Contribuyentes clínicamente dictaminados en etapa terminal:

2.



Dictamen médico emitido por institución médica pública o privada con enfermedad en etapa terminal, en el que se
señale expresamente tal circunstancia, nombre y cédula profesional del médico o médica, así como la designación de
la o el representante legal.



El representante legal deberá acreditar su calidad con un poder general para actos de dominio o de administración
otorgado ante fedatario público.

Personas residentes en el extranjero que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa
IMMEX bajo la modalidad de albergue:


Copia certificada del contrato suscrito con la empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue en lugar
del acta o documento constitutivo. Si el contrato está escrito en un idioma distinto del español, deberá presentar una
traducción al español realizada por un personal perito autorizado.



Copia certificada del poder general para actos de administración y/o dominio. Si el poder fue otorgado en el extranjero
debe estar apostillado, legalizado y formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con la
traducción al español realizada por personal perito autorizado.
¿Con qué condiciones debo cumplir?

Si el trámite lo realiza a través del Portal del SAT:
• Las personas morales deberán contar con e.firma
• Las personas físicas deberán contar con correo electrónico personal registrado previamente en el SAT o, en su caso,
contar con e.firma.
• No contar con Contraseña bloqueada por inactividad mayor a cinco años.
Si el trámite se realiza por medio de la aplicación SAT Móvil:
• Contar con un correo personal previamente registrado ante el SAT, que no haya sido proporcionado por otro
contribuyente, al cual le llegará el enlace para su generación o restablecimiento.
Si el trámite se llevó a cabo en las oficinas del SAT o Módulos de Servicios Tributarios:
• Contar con un correo personal al que tenga acceso, y que éste no haya sido proporcionado por otro contribuyente.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

Trámite conclusivo.
En caso de que se requiera aclarar la situación fiscal del
contribuyente, representante legal, socios, accionistas o
integrantes, una vez presentada la aclaración el
contribuyente deberá acudir a la Oficina del SAT o Modulo
de Servicios Tributarios en la que inició su trámite.

Previo a la Generación o Actualización de la Contraseña, se
verificará la situación fiscal de la o el contribuyente, representante
legal, socios, accionistas o integrantes, y en caso de que el
contribuyente, representante legal, socios, accionistas o
integrantes presente alguna inconsistencia se le emitirá el “Acuse
de requerimiento de información adicional, relacionada con su
situación fiscal”.

Resolución del Trámite o Servicio
Acuse de generación o actualización de la Contraseña.
Plazo máximo para que el SAT resuelva el Plazo máximo para que el SAT solicite
Trámite o Servicio
información adicional

Plazo máximo para cumplir con
la información solicitada

Trámite conclusivo.

No aplica.

No aplica.

¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
Acuse de generación o actualización de la Contraseña.

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?
La Contraseña será vigente hasta que el contribuyente realice una
Actualización de Contraseña

38

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas

Quejas y denuncias



MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.



Atención personal en las Oficinas de Servicios al
Contribuyente ubicadas en diversas ciudades del país,
en un horario de atención de lunes a jueves de 8:30 h a
16:00 h, y viernes de 8:30 h a 15:00 h.




Correo electrónico: [email protected]



En el Portal del SAT:

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:

https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia

https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios



En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos
SARE, el horario de atención se adapta, por lo que
puede ser de 8:30 h hasta las 14:30 h.



Vía Chat: http://chatsat.mx/

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.



Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

Información adicional


Las personas morales únicamente podrán generar o actualizar la Contraseña a través del Portal del SAT.



Cuando reciba el “Acuse de requerimiento de información adicional, relacionada con su situación fiscal”, deberá presentar
información que desvirtúe la irregularidad identificada en su situación fiscal, de su representante legal o en su caso, de
socios, accionistas o integrantes, de acuerdo a lo establecido en la ficha de trámite 197/CFF “Aclaración en las
solicitudes de trámites de Contraseña o Certificado de e.firma”.
Fundamento jurídico

Arts. 18, 18-A CFF; Reglas 2.2.1., 2.4.6., 2.8.3.1. RMF.

8/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor, Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
Trámite
Servicio

Descripción del Trámite o Servicio

Monto

Procedimiento para solicitar la devolución de saldos a favor.

Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?

Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya
Personas físicas y morales, residentes en el extranjero,
determinado el saldo a favor, considerando la fecha de
Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales.
presentación de la obligación correspondiente.
¿Dónde puedo presentarlo?

En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
1. Ingrese al Portal del SAT, elija “Personas” para personas físicas o “Empresas” para personas morales, según sea el caso.
2. Seleccione las opciones: Devoluciones y compensaciones / Devolución / Solicita tu devolución, en el caso de encontrarse
amparado en contra de buzón tributario elija la opción “Solicita tu devolución (Amparados)”.
3. Capture su RFC y Contraseña o e.firma, seguido de Enviar.
4. Llene los datos solicitados en el formulario electrónico.
5. Adjunte escaneados los requisitos solicitados del trámite.
6. Firme y envíe su solicitud de devolución con apoyo de su e.firma.
7. Obtenga y conserve su acuse de recibo electrónico.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los requisitos se especifican en la tabla correspondiente:


Solicitud de devoluciones a saldos a favor del ISR (Declaración del ejercicio) para
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.1.



Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para solicitudes de
devolución a saldos a favor del ISR (Declaración del ejercicio) para Grandes
Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.2.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)



Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA para Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.

Ver tabla 8.3



Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para solicitudes de
devolución de saldos a favor del IVA para Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.4.



Solicitud de devolución de pago de lo indebido para Grandes Contribuyentes o
Hidrocarburos.

Ver tabla 8.5.



Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para solicitudes de
devolución de pago de lo indebido para Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.6.



Solicitud de devolución de pago de lo indebido para Grandes Contribuyentes
(Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales).

Ver tabla 8.7.



Solicitud de devolución del IETU para Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.8.



Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para solicitudes de
devolución del IETU para Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.9.



Solicitud de devolución del IDE para Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.10.



Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para solicitudes de
devolución del IDE para Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos.

Ver tabla 8.11.

39

¿Con qué condiciones debo cumplir?
Contar con e.firma y Contraseña.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?
Realizando la consulta del trámite de devolución a través
del Portal del SAT:
https://www.consulta.sat.gob.mx/DevMan/.

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?
No aplica.

Resolución del Trámite o Servicio
Cuando de ser procedente se autorice la solicitud de devolución.

Plazo máximo para que el SAT resuelva el
Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT
solicite información adicional

Plazo máximo para cumplir con la
información solicitada

40 días siguientes a la fecha en que se 20 días posteriores a la presentación 20 días.
presentó la solicitud.
de la solicitud de devolución.
¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?
FED.

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?
Indefinida.

Forma oficial 32 sellada como acuse de recibo.
CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas

Quejas y denuncias



MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.



Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.



Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h
a 15:00 h.




Correo electrónico: [email protected]



En el Portal del SAT:

Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios



En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos
SARE, el horario de atención se adapta, por lo que
puede ser de 8:30 h hasta las 14:30 h.



Vía Chat: http://chatsat.mx/

SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia



Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

40

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

Información adicional
Las solicitudes de devolución de “Resolución o Sentencia”, “Misiones Diplomáticas”, “Organismos Internacionales” y
“Extranjeros sin Establecimiento Permanente” que no cuenten con clave del RFC, presentarán el trámite de manera presencial.
En su caso:


Si es usted contribuyente competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes, acudir a Avenida
Hidalgo No. 77, módulo III, planta baja, colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, con los
documentos requeridos. De lunes a viernes en un horario de 8:00 a 14:30 horas.



Si es usted contribuyente competencia de la Administración General de Hidrocarburos, acudir a Valerio Trujano No. 15,
módulo VIII, planta baja, colonia Guerrero, alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México, con los documentos
requeridos. De lunes a jueves de 8:00 a 14:30 horas y de 15:30 a 16:30 horas, y los días viernes de 8:00 a 14:30 horas.
Fundamento jurídico

Arts. 17-D, 22, 22-A CFF; Reglas 2.3.9. 2.3.16. RMF.
TABLAS
Tabla 8.1. Solicitud de devoluciones a favor del ISR (Declaración del ejercicio)
Grandes contribuyentes o Hidrocarburos
No.

Documentación

Empresa de
Grupo

Demás
contribuyentes

1

FED, formato electrónico F3241 y sus anexos correspondientes.

X

X

2

Tratándose de la primera solicitud de devolución o, en caso, de
promover ante una Administración General distinta a aquélla ante la
cual haya presentado solicitudes con anterioridad; documento
(escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la personalidad de
el/la representante legal que promueve.

X

X

3

Cuando se sustituya o designe otro/otra representante legal, deberá
adjuntar original o copia certificada del acta de asamblea protocolizada
o del poder notarial que acredite la personalidad de el/la firmante de la
promoción.

X

X

4

Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del
apartado de Definiciones de este Anexo, de el/la contribuyente o
representante legal.

X

X

5

Declaración normal y complementaria(s) del ejercicio de que se trate,
donde manifieste el saldo a favor; así como los pagos provisionales
normales y complementarios acreditados.

X

X

6

Declaración normal y complementaria(s) de todas las controladas, o
bien, integradas, correspondientes al ejercicio en que manifestó el
saldo a favor la sociedad controladora o integradora, según
corresponda.

X

7

Tratándose de los/las contribuyentes que no se encuentren relevados
de presentar el aviso de compensación, el número de folio
correspondiente a dicho aviso, cuando el impuesto se haya cubierto a
través de la figura de compensación.

X

X

8

Constancias de retenciones, comprobantes fiscales de impuesto
acreditable retenido o pagado, comprobantes de pago, etc., de las
sociedades controladas y controladora; cuando se trate de ISR
acreditado.

X

X

9

Si es empresa controladora o integradora y es la primera vez que
solicita devolución o lo haga ante una Unidad Administrativa diferente
a la que venía presentando, el aviso presentado ante la autoridad
competente o el oficio de autorización para tributar en el régimen de
que se trate.

X

10

Relación de las empresas que integran el grupo que consolida
fiscalmente o, en su caso, que tributan a través del régimen opcional
para grupos de sociedades, cuando la devolución corresponda a un
impuesto consolidado.

X

11

Tratándose de ISR consolidado, papeles de trabajo pormenorizados
de la determinación del resultado fiscal consolidado.

X

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

12

Cuando se trate de ISR consolidado, papeles de trabajo de la
integración del impuesto retenido en forma mensual por cada
controlada y la controladora, y el monto acreditado en la consolidación,
anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en
su caso. En inversiones en moneda extranjera deberá indicar el tipo de
cambio aplicable.

X

13

Tratándose de ISR consolidado, papeles de trabajo de la integración
de los pagos provisionales efectuados en forma mensual por cada
controlada y la controladora, y el monto acreditado a la consolidación,
anotando el porcentaje de participación accionaria y consolidable, en
su caso.

X

14

En caso de aplicación de algún estímulo, reducción o acreditamiento,
aportar papeles de trabajo pormenorizada de su determinación,
actualización y aplicación, debiendo indicar las disposiciones jurídicas
aplicables.

X

15

Tratándose de ISR consolidado, deberá aportar en caso de haber
aplicado lo establecido en la fracción VIII, inciso g) del Artículo Quinto
Transitorio de la Ley del ISR vigente en 1999 o el Artículo Segundo
Transitorio, fracción XXXI de la Ley del ISR vigente en 2002, hoja de
trabajo en la que indique el importe y el año de donde proviene la
pérdida fiscal aplicada.

X

16

Tratándose de la solicitud de un remanente después de
compensaciones o de devoluciones, deberá acompañar papeles de
trabajo, con el cálculo pormenorizado de su determinación,
actualización y aplicación, indicando, en su caso, el número de folio
del aviso de compensación de estar obligado, la declaración, o bien
número de oficio de las resoluciones a través de las que se autorizó la
devolución parcial, según sea el caso, adjuntando el documento
correspondiente.

X

X

17

Escrito libre firmado por el/la contribuyente o el/la representante legal,
mediante el cual exponga claramente motivo o circunstancias por las
cuales se originó el saldo a favor solicitado.

X

X

18

Encabezado del estado de cuenta que expida la institución financiera,
o bien, el contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el
nombre del contribuyente, así como el número de cuenta bancaria
(CLABE), cuando se encuentre obligado.

X

X

19

Tratándose de los/las contribuyentes que tengan la calidad de
contratistas conforme a la Ley de Hidrocarburos y que se hayan
agrupado en consorcio, Declaración Informativa de Operaciones
realizadas por cuenta de los Integrantes del Consorcio Petrolero.
Tratándose de trámites que previamente la autoridad fiscal tuvo por
desistidos, deberá adicionarse al nuevo trámite en forma digitalizada
(archivo con formato *.zip), la siguiente documentación:

20



El oficio de desistimiento correspondiente.



La documentación
desistimiento.

y/o

información

omitida,

motivo

41

X

X

X

X

del

*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

Tabla 8.2 ISR (Declaración del ejercicio)
Documentación que podrá ser requerida por la autoridad
No.

Documentación

Empresa de
Grupo

Demás
contribuyentes

1

Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o la solicitud
de devolución se haya presentado con errores u omisiones.

X

X

2

Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos
necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por la
autoridad, y/o para verificar la procedencia del saldo.

X

X

42

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

3

Tratándose de los/las contribuyentes que tengan la calidad de
contratistas conforme a la Ley de Hidrocarburos y que sean
operadores del consorcio, adjuntar papeles de trabajo con la
integración de las cantidades que recibió de cada uno de los
integrantes del consorcio, a efecto de realizar operaciones a
nombre y por cuenta de éstos.

X

4

Tratándose de los/las contribuyentes que tengan la calidad de
contratistas conforme a la Ley de Hidrocarburos y que sean
integrantes del consorcio, adjuntar papeles de trabajo con la
integración de las cantidades que le fueron entregadas al
operador del consorcio, a efecto de que éste realizara
operaciones a su nombre y cuenta.

X

*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

Tabla 8.3 Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos

No.

Documentación

Convencional

Empresa que
cuenten con una
certificación A, AA y
AAA.

1

FED.

X

X

2

Tratándose de la primera solicitud de devolución o, en caso, de
promover ante una Administración General distinta a aquélla
ante la cual haya presentado solicitudes con anterioridad; la
escritura constitutiva o poder notarial que acredite la
personalidad del representante legal que promueve.

X

X

3

Cuando se sustituya o designe otro representante legal,
deberá adjuntar original o copia certificada del poder notarial
que acredite la personalidad del firmante de la promoción.

X

X

4

Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del
apartado de Definiciones de este Anexo, del contribuyente o
del representante legal.

X

X

5

Papel de trabajo de la integración del IVA retenido indicando el
número de folio fiscal de CFDI respectivo.

X

X

6

Declaración normal y complementaria(s) del período de que se
trate, en la que se manifieste el saldo a favor solicitado.

X

X

7

Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5 años
de
antigüedad,
deberá
adjuntar
las
declaraciones
correspondientes.

X

X

8

Papeles de trabajo en los cuales demuestre cómo determinó el
importe del IVA a reintegrar o incrementar derivado del ajuste,
cuando haya elegido la mecánica establecida en el artículo 5-A
de la Ley del IVA.

X

X

9

Escrito libre firmado por el contribuyente o representante legal
mediante el cual exponga los motivos o circunstancias por las
cuales se originó el saldo a favor solicitado.

X

X

10

Encabezado del estado de cuenta que expida la institución
financiera, o bien, del contrato de apertura de la cuenta, en los
que aparezca el nombre del contribuyente, así como el número
de cuenta bancaria (CLABE), cuando se encuentre obligado.

X

X

11

Resolución que contenga la autorización en el esquema de
certificación de empresas modalidad IVA e IEPS.

12

Acuse de la Declaración Informativa de Operaciones con
Terceros.

13

Tratándose de trámites que previamente la autoridad fiscal
tuvo por desistidos, deberá adicionarse al nuevo trámite en
forma digitalizada (archivo con formato *.zip), la siguiente
documentación:


El oficio de desistimiento correspondiente.



La documentación y/o información omitida, motivo del
desistimiento.

X
X

X

X

X

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

14

Tratándose de los/las contribuyentes que tengan la calidad de
contratistas conforme a la Ley de Hidrocarburos y que sean
operadores del consorcio, adjuntar papeles de trabajo de la
integración de las operaciones celebradas a nombre y por
cuenta de los integrantes del consorcio, indicando el
porcentaje de participación de cada uno de los referidos
integrantes, relacionando dichas operaciones por cada
contrato para la exploración y extracción de hidrocarburos
celebrado con la Comisión Nacional de Hidrocarburos, en el
que se identifique el porcentaje de participación del operador y
de cada uno de los integrantes del consorcio.

X

X

15

Tratándose de los/las contribuyentes que tengan la calidad de
contratistas conforme a la Ley de Hidrocarburos y que sean
integrantes del consorcio, adjuntar papeles de trabajo de la
integración de las operaciones celebradas por el operador a
nombre y cuenta de los integrantes del consorcio, el porcentaje
de participación del integrante que presenta la solicitud de
devolución, relacionando dichas operaciones por cada contrato
para la exploración y extracción de hidrocarburos celebrado
con la Comisión Nacional de Hidrocarburos.

X

X

16

Relación que entregó el operador a los integrantes del
consorcio, en términos del artículo 32, apartado B, fracción II
de la LISH.

X

X

17

Tratándose de los/las contribuyentes que tengan la calidad de
contratistas conforme a la Ley de Hidrocarburos, y que sean
operadores del consorcio, adjuntar papeles de trabajo con la
integración de las cantidades que recibió de cada uno de los
integrantes del consorcio, a efecto de realizar operaciones a
nombre y por cuenta de éstos.

X

X

18

Tratándose de los/las contribuyentes que tengan la calidad de
contratistas conforme a la Ley de Hidrocarburos y que sean
integrantes del consorcio, adjuntar papeles de trabajo con la
integración de las cantidades que le fueron entregadas al
operador del consorcio, a efecto de que éste realizara
operaciones a su nombre y cuenta.

X

X

43

* Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

Tabla 8.4 Documentación que podrá ser requerida por la autoridad
Solicitud de devolución de saldos a favor del IVA
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos

No.

Documentación

Convencional

Empresa que
cuenten con una
certificación A, AA y
AAA.

1

Documentos que deban presentarse conjuntamente con la
solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o la
solicitud de devolución o sus anexos, se hayan presentado
con errores u omisiones.

X

X

2

Los datos, informes, papeles de trabajos o documentos
necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por
la autoridad y/o para verificar la procedencia del saldo.

X

X

3

Tratándose de proveedores, arrendadores y prestadores de
servicios con inconsistencias, escrito mediante el cual
aclare dichas inconsistencias, acompañado de la
documentación correspondiente.

X

X

4

En caso de que la actividad preponderante no se lleve a
cabo en el domicilio fiscal señalado en el RFC, escrito libre
firmado por el/la contribuyente o representante legal en el
que indique “bajo protesta de decir verdad” el domicilio en
el que realiza la actividad y, en su caso, acuse del aviso de
apertura de establecimiento.

X

X

44

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

5

Los datos, informes o documentos necesarios para aclarar
su situación fiscal ante el RFC.

X

X

6

Tratándose de líneas aéreas y navieras extranjeras,
además escrito libre firmado por el/la contribuyente o
representante legal en el que indique detalladamente el
tratamiento fiscal aplicado y forma de operación, papeles
de trabajo de la integración conceptual de ingreso con
tasas de causación; papeles de trabajo de la integración
del impuesto acreditado, identificando el que corresponda a
vuelos regulares, no regulares, carga u otro. En el caso de
navieras, las facturas más significativas que amparen cada
modalidad de los servicios prestados.

X

X

*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

Tabla 8.5 Solicitud de devolución de pago de lo indebido
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No.

Documentación

Resolución
administrativa o
Sentencia Judicial

Otros

1

Forma oficial 32 y sus anexos correspondientes o FED,
según corresponda.

X

X

2

Tratándose de la primera solicitud de devolución o, en caso,
de promover ante una Administración General distinta a
aquélla ante la cual haya presentado solicitudes con
anterioridad; deberá adjuntar original o copia certificada
(escritura constitutiva o poder notarial) que acredite la
personalidad de el/la representante legal que promueve.

X

X

3

Cuando se sustituya o designe otro/otra representante legal,
deberá adjuntar original o copia certificada del acta de
asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la
personalidad del firmante de la promoción.

X

X

4

Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A)
del apartado de Definiciones de este Anexo de el/la
contribuyente o de el/la representante legal.

X

X

5

Declaración(es)
(provisionales
o
del
ejercicio)
correspondientes, en donde se observe el pago de lo
indebido y de la(s) declaración(es) complementaria(s) que
se presente como consecuencia de la corrección para
considerar el pago de lo indebido.

X

X

6

Tratándose de declaraciones presentadas con más de 5
años de antigüedad, adicionalmente formato con el sello
original de la institución bancaria receptora.

X

X

7

Escrito libre firmado por el/la contribuyente o el/la
representante legal, en el que exponga claramente el motivo
de su solicitud señalando las disposiciones jurídicas
aplicables en las que basa su petición y papeles de trabajo
donde se muestre el origen del importe que solicita en
devolución.

X

X

8

Tratándose de derechos, aprovechamientos o productos,
oficio expedido por la Dependencia correspondiente, de que
el uso o aprovechamiento no se realizó o el servicio no fue
proporcionado o se proporcionó parcialmente.

9

En caso de liberación de créditos: original de la resolución
administrativa o judicial.

X

10

En caso de sentencias, original de la resolución
administrativa o judicial que se encuentre firme, de la que se
desprenda el derecho a devolver.

X

X

X

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

11

En caso de haber cubierto el impuesto del que deriva el
pago indebido a través de la figura de compensación de
saldos a favor deberá aportar el aviso de compensación, o
en su caso, la declaración en la cual se haya aplicado la
compensación (normal o complementaria).

12

En caso de solicitudes de devolución del impuesto al valor
agregado en enajenación de artículos puestos a bordo de
aerolíneas con beneficios de Convenio deberá proporcionar
los permisos con las rutas que operan las líneas aéreas
designadas del Estado extranjero y sean usados en
servicios internacionales.

13

Encabezado del estado de cuenta que expida la institución
financiera, contrato de apertura de la cuenta, en los que
aparezca el nombre del contribuyente, así como el número
de cuenta bancaria (CLABE), cuando se encuentre obligado.

X

45

X

X

X

X

* Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

Tabla 8.6 Documentación que podrá ser requerida por la autoridad
Solicitud de devolución de pago de lo indebido
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No.

Documentación

1

Documentos,
declaraciones
y/o
formularios
de
contribuciones que deban presentarse conjuntamente
con la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos o
la solicitud de devolución, se hayan presentado con
errores u omisiones.

Resolución
Administrativa o
Sentencia Judicial

Otros

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos
2

necesarios para aclarar inconsistencias determinadas por
la autoridad y/o para verificar la procedencia del saldo.
Escrito libre en el que manifieste “bajo protesta de decir

3

verdad”, aclarando respecto a las compensaciones
aplicadas por el contribuyente, por existir diferencias
contra lo determinado por la autoridad.

4

Los datos, informes o documentos necesarios para
aclarar su situación fiscal ante el RFC.
Los datos, informes o documentos en los que se hayan

5

detectado inconsistencias, que se relacionen con el
requerimiento

de

la

documentación

señalada

con

anterioridad.
Escrito libre firmado por el/la representante legal en el
que manifieste, “bajo protesta de decir verdad”, si ha
promovido u obtenido alguna confirmación de criterio o
6

autorización emitida por autoridad competente en la que
base su petición de pago de lo indebido o bien si

X

habiéndola interpuesto y el resultado no fue favorable a
sus intereses, haya interpuesto algún medio de defensa
en contra de la misma.
* Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

46

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

Tabla 8.7 Solicitud de devolución de pago de lo indebido
Grandes Contribuyentes (Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales)
No.

Documentación

Misiones
Diplomáticas

Organismos
Internacionales

1

Forma oficial “Solicitud de Devolución” (por duplicado).

X

X

2

Anexo “Impuesto al Valor Agregado” o “Retenciones
Indebidas” impreso en un tanto, y en archivo Excel en
disco compacto.

X

X

3

Comprobantes fiscales originales.

X

X

4

Oficio de Confirmación de Reciprocidad emitido por la
Secretaría de Relaciones Exteriores.

X

5

Oficio de autorización de procedencia de la devolución
emitido por la ACAJNI de la AGGC.

6

Tratándose de adquisición de automóvil para Misiones
Diplomáticas, deberá acompañar copia de la tarjeta de
circulación con placa diplomática y carnet diplomático, en
su caso.

7

En caso de adquisición de automóvil para Organismos
Internacionales, deberá acompañar copia de la tarjeta de
circulación con placa diplomática; cuando el beneficiario
sea un funcionario del Organismo, además será
necesario presentar oficio expreso emitido por la ACAJNI
de la AGGC, en el que establezca la autorización.

8

Tratándose de retenciones indebidas para Misiones
Diplomáticas, deberá acompañar Constancia de
Retenciones, copia de la comunicación emitida por la
Secretaría de Relaciones Exteriores y declaración jurada
en los casos del personal diplomático.

9

En caso de retenciones indebidas para Organismos
Internacionales, deberá presentar Constancia de
Retenciones y oficio de autorización emitido por la
ACAJNI de la AGGC.

X

X

X

X

X

* Tratándose de solicitudes de devolución ingresadas a través de ventanilla deberán ser aportadas en original o copia certificada
(para cotejo) y copia simple, según sea el caso. Tratándose de escritos libres, estos deberán contener la firma del contribuyente
o del representante legal.

Tabla 8.8. Solicitud de devolución del IETU
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No

Documentación

IETU

1

FED, Formato Electrónico F3241 y sus anexos correspondientes.

X

2

Tratándose de la primera solicitud de devolución o, en caso, de promover ante
una Administración General distinta a aquélla ante la cual haya presentado
solicitudes con anterioridad; documento (escritura constitutiva o poder notarial)
que acredite la personalidad de el/la representante legal que promueve.

X

3

Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá adjuntar el
original o copia certificada del poder notarial que acredite la personalidad del
firmante de la promoción.

X

4

Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de
Definiciones de este Anexo, de el/la contribuyente o de el/la representante legal.

X

5

Declaración normal y complementaria(s) del ejercicio de que se trate en las que
manifieste el saldo a favor, así como de los pagos provisionales normales y
complementarios acreditados.

X

6

Tratándose de contribuyentes que no se encuentren relevados de presentar el
aviso de compensación, deberán indicar el número de folio correspondiente a
dicho aviso en caso de haber cubierto el impuesto a través de la figura de
compensación.

X

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

7

Tratándose de impuestos acreditados, retenidos o pagados, deberá aportar las
constancias de retenciones, así como los comprobantes fiscales
correspondientes.

X

8

Tratándose de la solicitud de un remanente después de compensaciones o de
devoluciones, deberá acompañar papeles de trabajo, con el cálculo
pormenorizado de su determinación, actualización y aplicación, indicando, en su
caso, el número de folio del aviso de compensación, o bien número de oficio de
las resoluciones a través de las que se autorizó la devolución parcial, según sea
el caso.

X

9

Escrito libre firmado por el/la contribuyente o su representante legal, mediante el
cual exponga los motivos o circunstancias por las cuales se originó el saldo a
favor solicitado.

X

10

Encabezado del estado de cuenta que expida la institución financiera, o bien, del
contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del
contribuyente, así como el número de cuenta bancaria (CLABE), cuando se
encuentre obligado.

*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).
Tabla 8.9. Documentación que podrá ser requerida por la autoridad
Solicitud de devolución del IETU
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No

Documentación

IETU

1

Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de
devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución y sus anexos,
se hayan presentado con errores u omisiones.

X

2

Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar
inconsistencias determinadas por la autoridad y/o para verificar la procedencia
del saldo.

X

3

Escrito libre firmado por el/la contribuyente o su representante legal en el que
aclare respecto a las compensaciones aplicadas por el contribuyente, por existir
diferencias contra lo determinado por la autoridad.

X

4

Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado
inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación
señalada con anterioridad.

X

*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).
Tabla 8.10. Solicitud de devolución del IDE
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No

Documentación

IDE

1

FED, Formato Electrónico F3241 y sus anexos correspondientes.

X

2

Tratándose de la primera solicitud de devolución o, en caso, de promover ante
una Administración General distinta a aquélla ante la cual haya presentado
solicitudes con anterioridad; documento (escritura constitutiva o poder notarial)
que acredite la personalidad de el/la representante legal que promueve.

X

3

Cuando se sustituya o designe otro/otra representante legal, deberá adjuntar el
poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción.

X

4

Identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de
Definiciones de este Anexo, de el/la contribuyente o de el/la representante legal.

X

5

Recibos o constancias donde se demuestre el entero del impuesto, expedido por
la Institución Bancaria que recaudó el impuesto.

X

6

Tratándose de personas no obligadas a dictaminar estados financieros,
presentarán Dictamen de contador público inscrito del saldo a favor que solicitan
en el mes.

X

7

Encabezado del estado de cuenta que expida la institución financiera, o bien, el
contrato de apertura de la cuenta, en los que aparezca el nombre del
contribuyente, así como el número de cuenta bancaria (CLABE), cuando se
encuentre obligado.

X

*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

47

48

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

Tabla 8.11 Documentación que podrá ser requerida por la autoridad
Solicitud de devolución del IDE
Grandes Contribuyentes o Hidrocarburos
No

Documentación

IDE

1

Documentos que deban presentarse conjuntamente con la solicitud de
devolución y que hayan sido omitidos o la solicitud de devolución y sus anexos,
se hayan presentado con errores u omisiones.

X

2

Los datos, informes, papeles de trabajo o documentos necesarios para aclarar
inconsistencias determinadas por la autoridad y/o para verificar la procedencia
del saldo.

X

3

Escrito libre en el que aclare respecto a las compensaciones aplicadas por el
contribuyente, por existir diferencias contra lo determinado por la autoridad.

X

4

Los datos, informes o documentos en los que se hayan detectado
inconsistencias, que se relacionen con el requerimiento de la documentación
señalada con anterioridad.

X

*Tratándose de solicitudes de devolución presentadas a través del Portal del SAT, todas las documentales deberán ser
aportadas en forma digitalizada (archivo con formato zip).

9/CFF Solicitud de Devolución de saldos a favor del ISR
Trámite

Descripción del Trámite o Servicio

Servicio

Devolución de cantidades a favor que procedan conforme a la
determinación del Impuesto Sobre la Renta.

Monto
Gratuito
Pago de derechos
Costo: $

¿Quién puede solicitar el Trámite o Servicio?

¿Cuándo se presenta?
Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se haya
determinado el saldo a favor.

Personas físicas y morales.
¿Dónde puedo presentarlo?



En el Portal del SAT: https://www.sat.gob.mx



En las Oficinas del SAT, previa cita generada en:
https://citas.sat.gob.mx/citasat/home.aspx

INFORMACIÓN PARA REALIZAR EL TRÁMITE O SERVICIO
¿Qué tengo que hacer para realizar el Trámite o Servicio?
En línea:
1. Ingrese al Portal del SAT, elija “Personas” para personas físicas o “Empresas” para personas morales, según sea el caso.
2. Seleccione las opciones: Devoluciones y compensaciones / Devolución / Solicita tu devolución, en el caso de encontrarse
amparado en contra de buzón tributario elija la opción “Solicita tu devolución (Amparados)”.
3. Capture su RFC y Contraseña o e.firma, seguido de Enviar.
4. Llene los datos solicitados en el formulario electrónico.
5. Adjunte escaneados los requisitos solicitados del trámite.
6. Firme y envíe su solicitud de devolución con apoyo de su e.firma.
7. Obtenga y conserve su acuse de recibo electrónico.
Presencial:
1. Agende una cita y acuda con la documentación del trámite a la Oficina del SAT, que te corresponda.
2. Entregue la documentación a la autoridad fiscal que atenderá su trámite.
3. Reciba y conserve la forma oficial sellada como acuse de recibo.
¿Qué requisitos debo cumplir?
Los requisitos se especifican en la tabla correspondiente:


Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta.

Ver tabla 9.1.



Documentación que podrá ser requerida por la autoridad para solicitudes de Devolución de
saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta.

Ver tabla 9.2.

Sábado 28 de diciembre de 2019

DIARIO OFICIAL

(Tercera Sección)

49

¿Con qué condiciones debo cumplir?
Contar con e.firma y Contraseña, a efecto de ingresar a la aplicación de Solicitud de devolución.
SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO
¿Cómo puedo dar seguimiento al Trámite o Servicio?

¿El SAT llevará a cabo alguna inspección o verificación para
emitir la resolución de este Trámite o Servicio?

Ingrese al Portal del SAT, en el apartado de Devoluciones y Para verificar la procedencia de la devolución, la autoridad fiscal
compensaciones / Devolución / Seguimiento de trámites y podrá:
requerimientos.
• Requerir al contribuyente, aclaraciones, datos, informes o
En caso de estar amparado en contra de buzón tributario
documentos adicionales que considere necesarios y que
elija “Seguimiento de trámites y requerimientos
estén relacionados con la misma.
Contribuyente Amparado”.
• Iniciar facultades de comprobación, mediante la práctica de
Una vez autenticado señale el tipo de solicitud y el ejercicio
visitas a las y los contribuyentes o requerimiento de la
a consultar.
contabilidad y otros documentos e informes para que se
exhiban en las oficinas de la propia autoridad.
Resolución del Trámite o Servicio



Resolución que sustenta la devolución de una cantidad menor o la negativa total, así como el desistimiento, mismas
que serán notificadas de forma personal o vía buzón tributario.
En caso de autorización total, el estado de cuenta que expida las Instituciones financieras serán considerados como
comprobante de pago de la devolución respectiva.

Plazo máximo para que el SAT
resuelva el Trámite o Servicio

Plazo máximo para que el SAT solicite
información adicional

Plazo máximo para cumplir con la
información solicitada

40 días siguientes a la fecha en • Dentro de los 40 días cuando existan •
que se presentó la solicitud.
errores en los datos de la solicitud;
• En un plazo no mayor a 20 días •
posteriores a la presentación de la
solicitud; y
• En un plazo no mayor a 10 días
siguientes a la fecha en la que se haya
cumplido el primer requerimiento de •
información y documentación.
¿Qué documento obtengo al finalizar el Trámite o
Servicio?

En un plazo de 10 días, cuando aclare
datos contenidos en la solicitud;
Máximo en 20 días, contados a partir
del día siguiente al que surta efectos la
notificación, tratándose del primer
requerimiento
de
información
y
documentación; y
Máximo en 10 días, contados a partir
del día siguiente al que surta efectos la
notificación del segundo requerimiento.

¿Cuál es la vigencia del Trámite o Servicio?

Acuse de recibo.

Indefinida.
CANALES DE ATENCIÓN
Consultas y dudas







Quejas y denuncias

MarcaSAT: 55-62-72-27-28 y 01-87-74-48-87-28 para
Estados Unidos y Canadá.
Atención personal en las Oficinas del SAT ubicadas en
diversas ciudades del país, en un horario de atención de
lunes a jueves de 8:30 h a 16:00 h, y viernes de 8:30 h a
15:00 h.
Las direcciones de las oficinas están disponibles en:
https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-demodulos-de-servicios-tributarios
En los Módulos de Servicios Tributarios y Módulos
SARE, el horario de atención se adapta, por lo que
puede ser de 8:30 h hasta las 14:30 h.
Vía Chat: http://chatsat.mx/







Quejas y Denuncias SAT: 55-88-52-22-22 y 84-42-87-38-03
para otros países.
Correo electrónico: [email protected]
SAT Móvil – Aplicación para celular, apartado Quejas y
Denuncias.
En el Portal del SAT:
https://www.sat.gob.mx/aplicacion/50409/presenta-tu-queja-odenuncia
Teléfonos rojos ubicados en las Aduanas y las oficinas del
SAT.

Información adicional






En el caso, de presentar documentación adicional, no señalada o enunciada en los requisitos, ésta deberá adicionarse a
su trámite en forma digitalizada (archivo con formato *.zip).
Los documentos originales se digitalizarán para su envío.
Tratándose de remanentes de los saldos a favor de ISR no compensados por los patrones, se estará a lo dispuesto por la
ficha de trámite 13/CFF Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones.
Tratándose de Personas Físicas que soliciten la devolución del saldo a favor del ISR en la declaración del ejercicio de
conformidad con lo dispuesto en la regla 2.3.2., se estará a los términos de la misma.
Tratándose de escritos libres, éstos deberán contener la firma de la o el contribuyente o de la el representante legal, en su
caso.
Fundamento jurídico

Arts. 17-D, 22, 22-D, 37, 134, fracción I CFF; Título II y IV Ley del ISR; Reglas 2.2.1., 2.2.2., 2.3.2., 2.3.9. RMF.

50

(Tercera Sección)

DIARIO OFICIAL

Sábado 28 de diciembre de 2019

TABLAS
Tabla 9.1. Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta
Personas Físicas
No

Personas

Documentación

Morales

Asalariados

Servicios
profesionales

Actividad

Enajenación

Otros

empresarial

de bienes

ingresos

X

X

X

X

X

X

X

X

Arrendador

Deberá adjuntar en archivo con formato *.zip de forma
digitalizada las constancias de retenciones con firma, y
1

sello del emisor en los que consten las retenciones de
ISR

(ejercicio

2016

y

anteriores);

documentación

X

X

X

comprobatoria de impuesto pagado en el extranjero; entre
otros.
Escrito en el que se manifieste la proporción de su
participación
2

en

la

copropiedad

y

nombre

del

representante común, así como la hoja de trabajo que
muestre el cálculo realizado para autodeterminarse la
parte

que

le

corresponde

de

los

ingresos

por

copropiedad.
Tratándose de ingresos provenientes por fideicomisos,
3

contrato de fideicomiso, con firma del fideicomitente,
fideicomisarios o de sus representantes legales, así como

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

del representante legal de la institución financiera.
En su caso, papel de trabajo o escrito en el que se
4

manifieste el acreditamiento de IDE en los pagos
efectuados.
En su caso comprobantes fiscales y estados de cuenta
que comprueben la aplicación del Decreto por Servicios

5

Educativos y los comprobantes que amparen el 80% de
las

deducciones

personales

manifestadas

en

su

declaración.
Papel de trabajo en el que se desglose la determinación y
6

entero de los pagos provisionales manifestados en la

X

declaración anual.
Estado de cuenta expedido por la Institución Financiera
7

que no exceda de 2 meses de antigüedad, que contenga
la clave en el RFC del contribuyente que lleva a cabo la

X

X

solicitud y el número de cuenta bancaria activa (CLABE).

Tabla 9.2. Documentación que podrá ser requerida por la autoridad Solicitud de Devolución de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta
Personas Físicas
No

Documentación

Personas
Morales

Asalariados

Servicios
profesionales

Arrendador

Actividad

Enajenación

Otros

empresarial

de bienes

ingresos

Documentos que deban presentarse conjuntamente con
la solicitud de devolución y que hayan sido omitidos, o
1

ésta y/o sus anexos, se hayan presentado con errores u

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

omisiones.
Los datos, informes o documentos necesarios para
2

aclarar inconsistencias determinadas por la autoridad.
Tratándose de residentes en el extranjero que tengan un
establecimiento permanente en el país, la certificación de

3

residencia fiscal, o bien, la certificación de la presentación
de la declaración del último ejercicio del ISR y en su caso,
escrito de aclaración cuando apliquen beneficios de los
tratados en materia fiscal que México tenga en vigor.
Escrito en el que aclare la diferencia del saldo a favor

4

manifestado en la declaración y el determinado por la
autoridad.


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