0. Medidas cautelares .pdf
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Autor: JURIDICA
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Sede Administrativa
Carrera 65 # 16 -176 San Pablo
Medellín • Antioquia
Teléfono 3116276147
Nit 901.527.241-1
[email protected]
SEÑOR
JUEZ CIVIL PROMISCUO MUNICIPAL DE EL SANTUARIO (REPARTO)
[email protected]
E.S.D.
Referencia:
Demandante
Demandados
Asunto
Demanda ejecutiva por suma dineraria de mínima cuantía con
base en Pagaré
Jenaro Alberto Sánchez Álzate
CC. 15.436.232
Darwin Sebastián Salazar Zuluaga
CC. 1.045.022.088
Solicitud de medidas cautelares
Jeyson Andrés Cuartas Sierra, mayor de edad, identificado con cédula de
ciudadanía No. 1.128.278.886, abogado en ejercicio, portador de la tarjeta profesional
No. 303.267 del Consejo Superior de la Judicatura, actuando en calidad de apoderado
especial del señor Jenaro Alberto Sánchez Álzate, mayor de edad, identificado con
cédula de ciudadanía No.15.436.232 de Rionegro, dentro del PROCESO EJECUTIVO
POR SUMA DINERARIA DE MÍNIMA CUANTÍA CON BASE EN PAGARÉ en contra
de del señor Darwin Sebastián Salazar Zuluaga, mayor de edad e identificado con
cédula de ciudadanía No. 1.045.022.088 domiciliado en el municipio de El Santuario
(Antioquia); respetuosamente solicito al despacho decretar las siguientes medidas
cautelares sobre los bienes que a continuación denunciamos como de propiedad
del demandado, denuncia que hago bajo la gravedad de juramento, el cual se
entiende prestado con la presentación de este escrito.
PRIMERA: Decrete Señoría, El embargo y la retención de dineros producto del salario
u honorarios que devengue el señor Darwin Sebastián Salazar Zuluaga en una
proporción del 20% sobre lo que exceda el salario mínimo en su ingreso como
empleado o contratista de CORPORACIÓN PARA EL MANEJO SOSTENIBLE DE
LOS BOSQUE MAS BOSQUES, entidad sin ánimo de lucro (ESAL), con domicilio
principal en la CARRERA 55BA 16 B 54 60 66 URB SAN BARTOLO en el barrio San
Antonio de Pereira del Municipio de Rionegro que se identifica con el Nit 811.043.4769 representada legalmente por el señor Jaime Andrés García Urrea con cédula
15.443.606.
Para tal efecto, solicito oficie al cajero pagador del demandado, para que retenga a
órdenes del despacho judicial el porcentaje solicitado sobre el ingreso laboral o de
servicios del demandado.
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Carrera 65 # 16 -176 San Pablo
Medellín • Antioquia
Teléfono 3116276147
Nit 901.527.241-1
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SEGUNDA: El embargo y su posterior secuestro del inmueble distinguido con el
número de matrícula inmobiliaria 018 - 155557 de la Oficina de Instrumentos Públicos
de Marinilla situado en la CALLE 49 N° 52 – 21 SEMISOTANO – CUARTO UTIL #1
EDIFICIO LA CAPILLA P.H del municipio de El Santuario.
Para tal efecto ruego oficiar al señor Registrador de Instrumentos Públicos de Marinilla
SEGUNDA: El embargo y su posterior secuestro del inmueble distinguido con el
número de matrícula inmobiliaria 018 - 155552 de la Oficina de Instrumentos Públicos
de Marinilla situado en la CALLE 49 N° 52 – 21 SEMISOTANO – PARQUEADERO #16
EDIFICIO LA CAPILLA P.H del municipio de El Santuario.
Para tal efecto ruego oficiar al señor Registrador de Instrumentos Públicos de Marinilla
TERCERA: El embargo y su posterior secuestro del inmueble distinguido con el número
de matrícula inmobiliaria 018 - 155560 de la Oficina de Instrumentos Públicos de
Marinilla situado en la CALLE 49 N° 52 – 21 SEMISOTANO – CUARTO UTIL #4
EDIFICIO LA CAPILLA P.H del municipio de El Santuario.
Para tal efecto ruego oficiar al señor Registrador de Instrumentos Públicos de Marinilla
Soporte de la solicitud
Me permito adjuntar consulta de índice de propietarios expedido por la
Superintendencia de Notariado y Registro.
La anterior solicitud de medidas cautelares la fundo en lo preceptuado por los artículos
599 y siguientes del Código General del Proceso.
Del Señor Juez,
Cordialmente,
________________________________
Jeyson Andrés Cuartas Sierra
C.C. N° 1.128.278.886 de Medellín.
T.P. 303267 del C.S de la Judicatura
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